CLASIFICACIÓN DE JORNADAS DE TRABAJO

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CLASIFICACIÓN DE JORNADAS DE TRABAJO por Mind Map: CLASIFICACIÓN DE JORNADAS DE TRABAJO

1. JORNADA DIURNA: En ella el trabajador presta sus servicios en cualquier momento entre las 6:00 am y 7 :00 pm

1.1. segun el articulo 161 del CT las horas diurnas estas comprendidas entre las seis goras y las diecinueve horas del mismo di y las nocturnas entre las las diecinueve horas de un dia y las seis horas del dia siguiente

1.1.1. En caso de los trabajos nocturnos segun el articulo 168 CT las horas nocturnas se pagaran por lo menos con un veinticinco por ciento de recargo sobre el salario establecido

2. JORNADA FRACIONADA: Es en donde el trabajador tiene la oportunidad de tomar un descanso de mas de media hora, de manera que puede retirarse de su trabajo y disponer de ese tiempo,

2.1. En casos especiales la jornada debera fracionarse segun el art 164 podra dividirse hasta en tres partes

3. JORNADA ORDINARIA: Es la cantidad de horas que se realiza el trabajo, sin exceder limites.

3.1. Segun el articulo 38 CN inc 2 la jornada de trabajo ordinario diurno no excedera de 8 horas y la semana laboral de 44 horas

3.2. Según el art 169 CT todo trabajo verificado en exceso de la jornada ordinaria sera remunerado con un recargo consistente en el ciento por ciento del salario básico por hora hasta el limite legal

4. DEFINICION: La jorna es el tiempo que una persona trabaja en una relacion laboral de 24 horas de cada dia en el transcurso de la semana

5. JORNADA CONTINUA: Esta es la jornada que no tiene pausa para tomar alimentos o descanso

5.1. Segun el articulo 166 del CT, Si la jornada no fuese dividida asi como en este caso, el patrono debera conceder permiso a los trabajadores para tomar sus alimentos, sin alterar la marcha normal de sus labores.

6. Art 38, 10° Cn habla sobre trabajos a menores de 14 años no podran ser sometidos a ningun trabajo

6.1. sin embargo podra autorizarse su ocupacion cuando se considera indispensable para su subsistencia, menores de 17 años de edad el trabajo no podra ser mayor a seis horas diarias