1. Ramas
1.1. Judicial
1.1.1. Legislativo
1.1.1.1. Ejecutivo
1.1.1.1.1. El poder Ejecutivo consiste en dictar y hacer cumplir las leyes que suele aprobar el gobierno o el propio jefe del Estado así como las leyes producidas por el legislativo , por otra parte el ejecutivo se encarga de interpretarlas y normatizarlas.
1.1.1.2. El poder legislativo se deposita en un congreso general que se divide en dos cámaras: una de diputados y otra de senadores, ambas cámaras tienen el mismo poder puesto que representan igualmente al pueblo de México. Se llama cámara de a cada uno de los grupos colegisladores, es decir al conjunto de diputados o de senadores electos por el pueblo para realizar las funciones legislativas que les competen de acuerdo con la constitución las cámaras deben trabajar conjuntamente por tanto toda la ley que no sea votada por ambos organismos carece de validez, es un acto jurídico nula, excepto en los casos en que la constitución les da facultades expresas para actuar separadamente.
1.1.1.2.1. Cámara de Diputados
1.1.2. El Poder Judicial es un poder del Estado que, de conformidad al ordenamiento jurídico, es el encargado de administrar la justicia en la sociedad, mediante la aplicación de las normas jurídicas, en la resolución de conflictos. Por "Poder", en el sentido de poder público, se entiende a la organización, institución o conjunto de órganos del Estado, que en el caso del Poder Judicial son los órganos judiciales o jurisdiccionales: juzgados y tribunales, que ejercen la potestad jurisdiccional, que suele gozar de imparcialidad y autonomía. Al poder judicial le corresponde administrar la justicia y decir el derecho, con lo que realiza la función jurisdiccional y garantizar el respeto al Estado de Derecho al interpretar la ley; Según la teoría clásica de Montesquieu, la división de poderes garantiza la libertad del ciudadano.
1.1.2.1. Tribunal de Justicia
1.1.2.1.1. El tribunal de justicia (juzgado o corte) es un órgano público cuya finalidad principal es ejercer la jurisdicción, es decir, resolver litigios con eficacia de cosa juzgada, sin perjuicio de cumplir otros actos que las leyes que los organizan les puedan atribuir, los cuales forman parte de la jurisdicción voluntaria. No debe confundirse el órgano jurisdiccional (el tribunal), con las personas que en calidad de funcionarios sirven en él (jueces y demás personal auxiliar).
1.1.2.1.2. SCJN
2. Organos
2.1. De control
2.1.1. Organización Electoral
2.1.1.1. Secretarias
2.1.1.1.1. las secretarias son las instituciones donde se apoya el presidente para el buen funcionamiento y control del pais; Las Secretarias de Estado son parte fundamental del desarrollo de las funciones del Poder Ejecutivo Federal. Como titulares de las Secretarias de Estado el Presidente de la República asigna a miembros de su gabinete para su representación, las funciones y atribuciones de cada una de las dependencias son fijadas por la Ley General de la Administración Pública Federal.
2.1.1.2. Instituto Nacional Electoral
2.1.1.2.1. El Instituto Nacional Electoral es el organismo responsable de cumplir con las funciones de las elecciones federales de México, es decir, las elecciones relacionadas con la elección del Presidente de México y de los Diputados Federales y Senadores que integran el Congreso de la Unión. Es la máxima autoridad administrativa en la materia electoral en los estados.
2.1.2. Procuraduria
2.1.2.1. Es el órgano del Poder Ejecutivo Federal en México que se encarga principalmente de investigar y perseguir los delitos del orden federal y cuyo titular es el Procurador General de la República, quien preside al Ministerio Público de la Federación y a sus órganos auxiliares, que son la policía investigadora y los peritos. Es la encargada del despacho de los asuntos que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, su Reglamento y otros ordenamientos le encomiendan al Procurador General de la República y al Ministerio Público de la Federación.
2.1.2.2. Contraloria
2.1.2.2.1. Entidad gubernamental destinada a la vigilancia y control de los gastos de la administración pública. Supervisa, vigila y verifica la correcta aplicación de las políticas públicas y el uso de los recursos y bienes del Estado. Para realizar con eficiencia sus funciones, cuenta con autonomía administrativa, funcional, económica y financiera.