1. Deberes
1.1. Art. 5.- Todo servidor público en ejercicio debe cumplir los siguientes deberes:
1.1.1. *Deber de conocer las normas que le son aplicables en razón del cargo:* Conocer las disposiciones legales y reglamentarias, permisivas o prohibitivas referentes a incompatibilidad, acumulación de cargos, prohibiciones por razón de parentesco y cualquier otro régimen especial que le sea aplicable.
1.1.2. *Deber de cumplimiento:* Cumplir con responsabilidad y buena fe los deberes y obligaciones, como ciudadano y como servidor público.
1.1.3. *Deber de no discriminación:* Desempeñar el cargo sin discriminar, en su actuación, a ninguna persona por razón de raza, color, género, religión, situación económica, ideología, afiliación política.
1.1.4. *Deber de eficiencia:* Utilizar adecuadamente los recursos para cumplir las funciones que le correspondan.
1.1.5. *Deber de veracidad:* Emitir juicios y opiniones en forma oral o escrita apegados a la verdad.
1.1.6. *Deber de confidencialidad:* Guardar la discreción debida, respecto de los hechos e informaciones en el ejercicio de sus funciones, siempre que no afecte el interés público.
1.1.7. *Deber de excusarse de participar en asuntos sobre los que tiene conflicto de interés:* Abstenerse de participar en la toma de decisiones en donde exista conflicto de interés para el o para sus familiares hasta en el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad. La abstención la deberá comunicar a su superior, quien resolverá sobre el punto y en su caso designará un sustituto.
1.1.8. *Deber de denuncia:* Denunciar, a la autoridad competente, cualquier acto de corrupción, fraude, abuso de poder, despilfarro o violación de las disposiciones de esta ley.
1.1.9. *Deber de presentar la declaración jurada de patrimonio:* Presentar cuando sea el caso, ante la sección de probidad de la Corte Suprema de Justicia el estado de patrimonio en el tiempo estipulado en la Ley.
2. Prohibiciones
2.1. Art. 6.- Son prohibiciones éticas para los servidores públicos:
2.1.1. Solicitar o aceptar, directamente o por interpósita persona, dádivas, regalos, pagos, honorarios o cualquier otro tipo de regalías, por acciones relacionadas con las funciones del cargo público.
2.1.2. Desempeñar simultáneamente dos o más empleos en el sector público, salvo los casos permitidos en la ley.
2.1.3. Alterar documentos oficiales
3. Principios
3.1. Art. 4.- La actuación de los servidores públicos deberá regirse por los siguientes principios de la ética
3.1.1. *Supremacía del Interés Público.* Actuar tomando en consideración que el interés público está siempre sobre el interés privado.
3.1.2. *Probidad.* Actuar con honradez, integridad, rectitud, respeto y sobriedad.
3.1.3. *No Discriminación.* Atender a las personas que demandan o solicitan servicios públicos, sin discriminación por motivos de nacionalidad, raza, sexo, religión, ideología, opinión política, condición social o económica.
3.1.4. *Imparcialidad.* Actuar con objetividad y sin designio anticipado en favor o en contra de alguien, que permite juzgar o proceder con rectitud.
3.1.5. *Justicia.* Cumplir las funciones del cargo, otorgando al público, a los superiores, a los subordinados y al Estado lo que les es debido, según derecho o razón.
3.1.6. *Transparencia.* Actuar de manera accesible para que toda persona natural o jurídica, que tenga interés legítimo, pueda conocer si las actuaciones del servidor público son apegadas a la ley, a la eficiencia, a la eficacia y a la responsabilidad.
3.1.7. *Confidencialidad.* Guardar reserva sobre hechos o información lícita, de los que conozca con motivo o en ocasión del ejercicio de sus funciones y no utilizarla para fines privados.
4. Ejemplo
4.1. Principios
4.1.1. Los valores que poseo como persona
4.2. Deberes
4.2.1. Botar la busura en su lugar
4.3. Prohibiciones
4.3.1. No puedo fumar dentro de la UGB