PRINCIPIOS, DEBERES Y PROHIBICIONES ÉTICAS

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PRINCIPIOS, DEBERES Y PROHIBICIONES ÉTICAS por Mind Map: PRINCIPIOS, DEBERES Y PROHIBICIONES ÉTICAS

1. Prohibiciones Éticas

1.1. Según el art. 6 de la Ley de Ética Gubernamental nos dice: Son prohibiciones éticas para las personas sujetas a esta Ley:

1.1.1. a) Solicitar o aceptar, directamente o por interpósita persona, bien o servicio de valor económico o beneficio adicional a los que percibe por el desempeño de sus labores, por hacer, apresurar, retardar o dejar de hacer tareas o trámites relativos a sus funciones.

1.1.1.1. Explicación

1.1.1.1.1. No aceptar de ninguna manera cualquier tipo de soborno para no realizar las funciones correctamente.

1.1.2. b) Solicitar o aceptar, directamente o por interpósita persona, bien o servicio de valor económico o beneficio adicional a los que percibe por el desempeño de sus labores, para hacer más valer su influencia en la razón del cargo que ocupa ante otra persona sujeta a la aplicación de esta ley, con fines de hacer clic, apresurar , retardar o dejar de hacer tareas o trámites relativos a sus funciones.

1.1.2.1. Explicación

1.1.2.1.1. No aceptar de ninguna otra manera cualquier tipo de soborno, por las influencias que tenga otra persona, para que se realicen las funciones correctamente

1.1.3. c) Percibir más de una remuneración proveniente del presupuesto del Estado, cuando las labores deban ejercerse en el mismo horario, excepto las que expresamente permita el ordenamiento jurídico.

1.1.3.1. Explicación

1.1.3.1.1. Esta prohibido recibir dineros por funciones en los que se realizan en los mismos horarios, ya que se puede descuidar de uno de ellos.

1.1.4. d) Desempeñar simultáneamente dos o más cargos o empleos en el sector público que fueren incompatibles entre sí por la transmisión aplicable de la norma aplicable , por coincidir en las horas de trabajo o porque ir en contra de los intereses institucionales.

1.1.4.1. Explicación

1.1.4.1.1. Esta prohibido tener mas de un empleo en el mismo horario, que se puede descuidar de uno de ellos.

1.1.5. e) Realiza actividades privadas durante la jornada ordinaria de trabajo, salvo las permitidas por la ley.

1.1.5.1. Explicación

1.1.5.1.1. Esta prohibido la realización de actividades que no sean parte de la jornada del trabajo que se esta realizando salvo las que la ley permite.

1.1.6. f) Exigir o solicitar a los subordinados que empleen el tiempo ordinario de trabajos para que realicen actividades que no sean las que se requieren para cumplir con los fines institucionales.

1.1.6.1. Explicación

1.1.6.1.1. Exigir o solicitarles a que los empleados realicen otras actividades a las que no estén establecidas a sus funciones.

1.1.7. g) Aceptar o mantener un empleo, relaciones contractuales o responsabilidades en el sector privado, que menoscaben la imparcialidad o provocar un conflicto de interés en el desempeño de su función pública.

1.1.7.1. Explicación

1.1.7.1.1. Es prohibido tener un empleo ya se ha en el ámbito privados, el cual ocasione conflictos en el desempeños de una función pública.

1.1.8. h) Nombrar, contratar, promover o ascender en la entidad pública que preside o donde ejercer autoridad, a su cónyuge, conviviente, parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad o socio, excepto los casos permitidos por la ley.

1.1.8.1. Explicación

1.1.8.1.1. Esta prohibido nombrar, contratar, promover o ascender parientes dentro de una institución pública, excepto los cosas que permitiera la ley.

1.1.9. i) Retardar sin motivo legal la prestación de los servicios, trámites o procedimientos administrativos que la corresponda según sus funciones. Se entiende por retardo cuando una persona sujeta a la aplicación de esta Ley difiere, detiene, entorpece o dilata la prestación de los servicios, trámites y procedimientos administrativos no acatando lo regulado en la ley, en los parámetros ordinarios establecidos en la institución pública o, en su defecto, no lo haga en un tiempo razonable.

1.1.9.1. Explicación

1.1.9.1.1. Se prohíbe que las prestaciones de los servicios se han detenidas sin ningún motivo legal.

1.1.10. j) Denegar a una persona la prestación de un servicio público a que tenga derecho, en razón de la nacionalidad, raza, sexo, religión, opinión política, condición social o económica, discapacidad o cualquiera otra razón injustificada.

1.1.10.1. Explicación

1.1.10.1.1. Esta prohibido negar la prestación de un servicio, el cual la persona tiene derecho a recibirlo.

1.1.11. k) Utilizar indebidamente los bienes muebles o inmuebles de la institución para hacer actos de proselitismo político partidario.

1.1.11.1. Explicación

1.1.11.1.1. No se pueden utilizar los muebles o inmuebles de una institucional publica para beneficiar un partidario.

1.1.12. l) Prevalerse del cargo para hacer política partidista.

1.1.12.1. Explicación

1.1.12.1.1. No aprovecharse del cargo para realizar actos partidistas.

2. Principios Éticos

2.1. Según el art. 4 de la Ley de Ética Gubernamental nos dice: La actuación de las personas sujetas a esta Ley debe regirse por la siguiente :

2.1.1. Supremacía del Interés Público

2.1.1.1. El interés público siempre debe de ser primero, antes que el interés privado.

2.1.2. Probidad

2.1.2.1. En nuestra vida cotidiana debemos de ser íntegros, honrados y actuar con rectitud.

2.1.3. No Discriminación

2.1.3.1. Se debe de atender alas personas que soliciten algún servicio público sin discriminarlos por ningún motivo.

2.1.3.1.1. Ejemplo

2.1.4. Igualdad

2.1.4.1. Atender por igualdad en condiciones similares a todas las personas.

2.1.5. Imparcialidad

2.1.5.1. La ausencia de inclinación en favor o encontrar a la hora de juzgar un asunto.

2.1.6. Justicia

2.1.6.1. Cumplir y juzgar respetando la verdad para dar a cada quien lo que le corresponde.

2.1.7. Transparencia

2.1.7.1. Demostrar que todo lo que se realiza esta apegado a la ley, a la eficacia, a la eficiencia y la responsabilidad; dando accesibilidad a todas las personas naturales o jurídicas que estén interesadas.

2.1.8. Responsabilidad

2.1.8.1. Cumplir con todas las obligaciones relacionados con tu cargo o empleo público.

2.1.9. Legalidad

2.1.9.1. Cumplir con lo establecido con la Constitución y las leyes que nos rigen.

2.1.10. Lealtad

2.1.10.1. Actuar con respeto y ser fiel con el Estado, igualmente con la institución donde se labora.

2.1.11. Decoro

2.1.11.1. Actuar con educación, honor y respeto hacia las personas que demanden de algún servicio en el cual nosotros los encargados.

2.1.12. Eficiencia

2.1.12.1. Realizar o cumplir perfectamente los objetivos al menor costo posible.

2.1.13. Eficacia

2.1.13.1. Capacidad de utilizar los recursos del Estado de manera eficiente.

2.1.14. Rendición de Cuentas

2.1.14.1. Dar a todas las personas la información sobre todos los recursos del Estado utilizados.

3. Deberes Éticos

3.1. Según el art. 5 de la Ley de Ética Gubernamental nos dice: Toda persona sujeta a esta Ley debe cumplir los siguientes deberes éticos:

3.1.1. a) Utilizar los bienes, fondos, recursos públicos o servicios contratados para el cumplimiento de los fines institucionales para los cuales están destinados.

3.1.1.1. Explicación

3.1.1.1.1. Los bienes, fondos, recursos públicos o servicios contratados se deben de utilizar con el fin de cumplir con su designación.

3.1.2. b) Denunciar ante el Tribunal de Ética, Gubernamental o ante la Comisión de Ética, el Gobierno respetuoso, las supuestas violaciones a los requisitos o prohibiciones éticas contenidas en esta Ley, de las que tuviere conocimiento en el ejercicio de su función pública.

3.1.2.1. Explicación

3.1.2.1.1. Denunciar a las entidades encargadas, las violaciones a los requisitos o prohibiciones éticas que están declaradas en la ley.

3.1.3. c) Excusarse de intervenir o participar en asuntos en los que se encuentre, su cónyuge, conviviente, parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad o socio, conviértase en conflicto de interés.

3.1.3.1. Explicación

3.1.3.1.1. Evitar de intervenir o participar en asuntos relacionados con la consanguinidad que tengan algún conflicto de interés.