2. El contrato unilateral es de acuerdo a voluntad que engendra solo obligaciones para una parte de derechos y de derecho para la otra. El contrato Bilateral es de acuerdo de voluntades que da nacimiento a derechos y obligaciones en ambas partes.
3. ELEMENTOS DEL CONTRATO
4. causa licita
5. objeto lìcito
6. consentimiento
7. capacidad
8. Contratos principales y contratos de garantía o accesorios
9. Los principales son aquellos que existen por sí mismos, en tanto que los accesorios son los que dependen de un contrato principal. Los accesorios siguen la suerte de los principales porque la nulidad o la inexistencia de los primeros originan a su vez, la nulidad o la inexistencia del contrato de accesorios.
10. Contratos Onerosos y Gratuitos
11. Es onerosos el contrato que impone provechos y gravámenes recíprocos. Es gratuito en que los provechos corresponden a una de las partes y los gravámenes a la otra. No es exacto, como afirman algunos autores, que todo contrato bilateral sea oneroso y todo contrato unilateral sea gratuito.
12. CARACTERISTICAS
13. Son aquellos que están legalmente regidos por una rama especial del derecho, el mercantil o comercial, y revestirán el carácter de tales cuando reúnan las características que establezcan las leyes respectivas de cada país.
14. Contratos formales y consensuales
15. El contrato consensual en oposición al formal, es aquel que para su validez no requiere que el consentimiento se manifieste por escrito y, por lo tanto, puede ser verbal, o puede tratarse de un consentimiento tácito, mediante hechos que necesariamente lo supongan, o derivarse del lenguaje mímico, que es otra forma de expresar el consentimiento sin recurrir a la palabra o a la escritura.
16. Contratos reales y consensuales
17. Los contratos reales son aquellos que se constituyen por la entrega de la cosa. Entre tanto no exista dicha entrega, solo hay un ante contrato, llamado también contrato preliminar o promesa de contrato.
18. *representación para contratar
19. *forma del contrato mercantil
20. *clausula compromisoria
21. *omisión fiscal
22. *libertad de contratación
23. La ley mercantil establece que en los contratos mercantiles no se conceden términos de gracia o cortesía y en todos los cómputos de días, meses y años se entenderán los días de 24 horas, los meses según estén designados en el calendario y los años de 365 días.