Marco Regulatorio en las Telecomunicaciones.

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Marco Regulatorio en las Telecomunicaciones. por Mind Map: Marco Regulatorio en las Telecomunicaciones.

1. Tarifas de interconexión

1.1. Cuando el IFT determine que haya una empresa preponderante en algún sector, podrá imponerle medidas para restringir su control del mercado y evitar que incurra en prácticas monopólicas.

1.2. Esta nueva ley contempla que el instituto prohíba al preponderante cobrar a los otros concesionarios por las llamadas fijas o móviles que terminen en su red, mientras las otras compañías sí podrán cobrarle por terminaciones en sus redes.

2. Preponderancía

2.1. La legislación considera que el IFT declarara la preponderancia de una empresa por sector y no por servicios.

2.1.1. Sector

2.1.1.1. Radiodifusión y telecomunicaciones

2.1.2. Servicios

2.1.2.1. Radio, televisión abierta, telefonía fija y móvil, Internet y televisión restringida.

3. Portabilidad

3.1. Obliga a que las empresas de telefonía garanticen la portabilidad de números telefónicos de forma gratuita, es decir, que un usuario pueda conservar su número independientemente de la compañía con la cual contrate el servicio

4. Cobros por larga distancia

4.1. las empresas de telefonía no podrán cobrar cuotas especiales en llamadas de larga distancia nacional, fija o móvil, a partir del 1 de enero de 2015

5. Intervención y geolocalización

5.1. Las comunicaciones privadas puedan ser intervenidas por razones de seguridad y justicia, siempre y cuando sea por orden de un juez

5.2. La autoridad pueda pedir a un concesionario que localice en tiempo real un teléfono celular, incluso sin mandato judicial siempre y cuando este vinculado a delitos contra la salud, secuestros o extorsiones y corra peligro la vida de la victima.

6. Bibliografia:

6.1. Mauricio Torres. (9 Julio - 2014). 20 PUNTOS CLAVE EN LAS NUEVAS LEYES SOBRE TELECOMUNICACIONES. Nov - 2017, de CNN México Sitio web: 20 puntos clave en las nuevas leyes sobre telecomunicaciones

7. Nuevas cadenas de TV

7.1. Durante su creación, esas nuevas cadenas podrán tener acceso a la infraestructura del preponderante en radiodifusión para poder transmitir.

8. Faltas y sanciones

8.1. Responsabilidad de PROFECO

8.1.1. Si son violaciones a los derechos de los usuarios

8.2. Responsabilidad de SEGOB

8.2.1. Si son violaciones en materia de contenidos audiovisuales o transmisiones en tiempos del Estado

8.3. Responsabilidad del IFT

8.3.1. Si son violaciones a normas de competencia

9. Instituto Federal de Telecomunicaciones

9.1. Será el regulador de todo el sector y entre sus principales responsabilidades estarán el otorgamiento de concesiones y la declaratoria de preponderancia

9.2. Tendrá facultades para supervisar contenidos audiovisuales

10. Televisión Digital

10.1. Establece que la fecha límite para que concluya la transición de televisión analógica a digital es el 31 de diciembre de 2015

10.2. La iniciativa presidencial había generado controversia, pues planteaba que algunas emisoras tuvieran de plazo hasta 2017.

11. Derechos de personas con discapacidad

11.1. Se logro que se estableciera que en al menos en uno de los noticiarios con mayor audiencia a nivel nacional tenga subtítulos y traducción en lengua a señas

11.2. Todos los concesionarios con cobertura mayor a 50% del país tendrán que incluir subtítulos o traducción en lengua a señas en toda su programación transmitida de las 6:00 a las 00:00 horas.

12. Censura en la red y bloqueo de señales.

12.1. La censura de la red o neutralidad de la red era bloquear contenidos de internet, pero en base al desacuerdo esta propuesta fue retirada.

12.2. El bloqueo de señales se limitara a los centros penitenciarios y sus entornos

13. Registro de comunicaciones

13.1. Obliga a los concesionarios de telefonía a llevar un registro de las comunicaciones de sus usuarios, de acuerdo a la ley ese registro debe de contener los siguientes puntos, los cuales obligatoriamente serán resguardados por las empresa durante dos años.

13.1.1. Nombre y domicilio del suscriptor

13.1.2. Tipo de comunicación, como lo son Voz. conferencia o datos.

13.1.3. Numero de destino, fecha, hora y duración de la comunicación, así como las características del equipo usado.

13.2. El Ejército podrá exigirle a nuestro proveedor de acceso a internet el registro de nuestras comunicaciones. Además, se tendrá una plataforma que monitoree en tiempo real cada paso que damos, dónde estamos, con quién nos reunimos y cualquier huella digital que generemos