APORTACIONES AL DERECHO CASTELLANO

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APORTACIONES AL DERECHO CASTELLANO por Mind Map: APORTACIONES AL DERECHO CASTELLANO

1. GRIEGOS

1.1. Los viajes comerciales y la migración de los griegos se dejaron sentir en territorio hispano desde tiempos remotos.

1.1.1. Fundaron la importante colonia de Ampurias con dos zonas: la de los colonizadores griegos y la de los pobladores autóctonos.

1.1.1.1. La estrecha relación entre el Derecho griego y el Derecho romano es que algunas de las instituciones desarrolladas por éste último derivan de los griegos, lo que se advierte por el origen helénico de algunos términos.

1.1.1.1.1. Los griegos aportaron mucho al mundo jurídico, político y filosófico de Occidente, cómo es el caso de la democracia, la filosofía y en particular la filosofía jurídico-política.

2. ROMANOS

2.1. Se determinaba su organización administrativa y el grado mayor o menor de autonomía dependiendo de la resistencia que sus habitantes hubieran presentado al ejército invasor.

2.1.1. España fue dividida en dos provincias: la Oriental y la Occidental; en la época de Augusto, España pasó a formar parte de una provincia llamada "Bética", a la que se le dio el rango de senatorial (Administrada por el Senado)

2.1.1.1. Posteriormente el Imperio Romano estaba dividido en 22 provincias, 10 de las cuales eran senatoriales y las otras 12 imperiales.

2.1.1.1.1. Para la época de Diocleciano el Imperio se dividió en cuatro prefecturas, cada una se subdividía en diócesis y éstas en provincias; así, España fue una diócesis de la prefectura de las Galias.

3. VISIGODOS

3.1. Los visigodos tenían un gobierno monárquico.

3.1.1. Posteriormente transformado en un consejo de Estado denominado "Aula Regia", formada por altos nobles y miembros encumbrados de la Iglesia, y que elegía al nuevo rey.

3.1.1.1. Generalmente los nobles adquirían el rango de condes y tenían el más alto nivel; después de ellos estaban los bucelarios, que eran hombres libres sujetos a la jurisdicción de un patrón.

3.1.1.1.1. En un estrato inferior estaban los "liberti" o esclavos manumitidos. Éstos siervos o campesinos podían adquirir tierras, pero sin tener derecho luego a revenderlas. Los siervos comunes (que habían cometido delitos graves o de lesa majestad o también deudores insolventes) estaban marcados por la infamia social.

4. CELTAS E IBEROS

4.1. Se organizaron en varias comunidades y en casos de guerra de confederaban.

4.1.1. Contaban con un Senado o Consejo de ancianos, había nobles y plebeyos.

4.1.1.1. La familia era monogámica. El marido pagaba el "Precio de la Novia" y la mujer se dedicaba al trabajo del campo. La tierra se dividía anualmente; cada quien cultivaba, pero la cosecha era de todos y así se repartía.

4.2. En materia penal se aplicaba la pena capital para casos graves, como el parricidio.

4.2.1. Se permitía la justicia por propia mano mediante el duelo, así como la amigable composición.

4.2.1.1. Para los prisioneros de guerra no había más que esclavitud o ejecución, y en algunos casos se les cortaba la mano derecha para ofrendarla a sus dioses.

4.2.1.1.1. Sin embargo, respetaban a los miembros de una embajada enemiga, y llegaron a celebrar convenios de hospitalidad y comercio con otros pueblos.

5. FENICIOS Y CARTAGINESES

5.1. En las colonias fenicias cada colonia era administrada como un pequeño Estado.

5.1.1. Su gobierno era Aristocrático y estaba integrado por tres magistrados, que eran considerados supremos, con facultades políticas y jurídicas respectivamente, y un tercer magistrado era representante de la hacienda pública.

5.1.1.1. Había una asamblea que actuaba a manera de consejo resolviendo las cuestiones de mayor importancia.

5.1.1.1.1. Los fenicios introdujeron en España sus monedas y el uso del alfabeto griego, desarrolló industrias cómo la del vidrio y la de los tintes de las telas; de ahí su nombre de "Factorías".