Principios generales de la deontología jurídica

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Principios generales de la deontología jurídica por Mind Map: Principios generales de la deontología jurídica

1. El jurista trabaja a favor de la justicia, en defensa de la paz que toda sociedad necesita para su armónico desarrollo

1.1. El abogado persigue lo que entiende que es el derecho para el de acuerdo a la postura que defiende y principalmente los intereses de su cliente.

2. SENTIDO Y RAZÓN DE SER DE LAS PROFESIONES JURÍDICAS: EL JURISTA Y LA JUSTICIA

2.1. Lo justo legal y lo justo natural en el pensamiento clásico.

2.1.1. los antiguos griegos, dicen que lo “legal” remite a lo justo legal de acuerdo a la ley o la convención humana.

2.1.2. Aristóteles enunciaba que lo legal es lo justo de acuerdo con el derecho positivo, siendo el “continente” de la justicia natural.

2.1.3. Pero el derecho natural, no depende de las diversas opiniones de los ciudadanos de la polis. Sus principios no se basan en la posibilidad de opción o convención humana, si no en lo justo por naturaleza.

2.1.4. La autora Aparisi Miralles describe como “el derecho natural (lo justo natural) como el derecho positivo, son verdaderos derechos (…) no se trata por tanto de una idea abstracta o de un valor ideal, sino de una clase o tipo particular de justicia”.

2.1.5. Tomas de Aquino que en su “Tratado de Justicia”, define el derecho como lo justo, distinguiendo entre derecho natural y derecho positivo.

2.2. La justicia como virtud del jurista

2.2.1. Los romanos defienden a la justicia como la virtud que nos inclina a obra rectamente o conforme a las normas(a lo Justo)

2.2.2. El jurista está obligado a obrar de forma prudente de acuerdo a un orden normativo previo, ya que no crea lo justo legal o lo justo natural. Es por tanto, que está obligado a actuar de acuerdo a un hábito de voluntad y no de acuerdo a un ideal.

2.2.3. Ulpiano en el Digesto 1, 1,10 estableció que la justicia es la “constante y perpetua voluntad de dar a cada uno su derecho”.

2.2.4. Los juristas son seres humanos no solo conocedores del derecho, sino que convive en una realidad de hechos que le permite realizar un análisis más equitativo, donde la discrecionalidad tiene una fuerte influencia.

3. El acto de atribuir el derecho concreto a cada uno, “el que se deriva de determinadas relaciones jurídicas, o simplemente, en virtud de su condición de persona.”

4. PRINCIPIOS DE LA DEONTOLOGIA JURIDICA

4.1. Ángela Aparisi establece que los “principios de la Deontología jurídica” y la virtud profesional pueden entenderse como medios más adecuados para alcanzar el fin de determinada profesión.

5. EL PRINCIPIO GENERAL DE OBRAR SEGÚN CIENCIA Y CONCIENCIA

5.1. Discernir el bien del mal, ver qué es lo que se puede y qué lo que no se puede hacer, para así poder evitar esto último.

5.2. La exigencia de obrar según ciencia

5.2.1. La primera obligación ética es poseer la formación necesaria para poder desempeñar un trabajo con la mayor perfección técnica posible.

5.2.2. Aparisi, cita en su libro las palabras de Del Moral Martín: El continuo empeño por enriquecerse culturalmente, la inquietud intelectual para adentrarse en otras ramas del saber, como la psicología o la medicina…el esfuerzo por conectar con el entorno social, cultivar el sentido común, son notas claves en un buen juez, pues son consecuencia de algo que es básico: no se ha perdido la capacidad de aprender.¨

5.3. La obligación ética de obrar según conciencia.

5.3.1. Aparisi dice que la noción de conciencia es inevitable en el ámbito de la ética profesional. Se trata de un concepto que reviste especial complejidad, esto ya que como explica la autora, existe una gran confusión en torno a la propia noción de conciencia.

5.4. La conciencia profesional

5.4.1. -Tomas de Aquino: ´´…la conciencia es en cierto modo un dictamen de la razón- pues es una aplicación de la ciencia al acto-…´´

5.4.2. - Rodríguez Luño: ´´Juicio de razón práctica que, a partir de los primeros principios de la ley natural, dictamina acerca de la bondad o malicia de un acto concreto que vamos a realizar o hemos realizado´´

5.4.3. - Aparisi "la conciencia es el punto de encuentro entre ciertos principios éticos, válidos para todos, y la singularidad personal. "

5.4.3.1. El ser humano por su calidad de tal, constantemente se encuentra en la necesidad de elegir, y es justamente en ese momento cuando aplica la conciencia, y funcionan dichos principios

5.5. Tipos de conciencia

5.5.1. A- La relación de la conciencia con el acto

5.5.2. B- La conformidad de la conciencia con los primeros principios de la razón práctica - ley natural

5.5.3. C- Según el tipo de asentimiento

6. PRINCIPIO GENERAL DE INTEGRIDAD Y HONESTIDAD PROFESIONAL

6.1. Es una manifestación del precepto clásico “honeste vivere”, del Derecho Romano. La honestidad e integridad deben caracterizar la actuación de un profesional. Así, comportándose siguiendo a éstos rectores, nace lo que conocemos como confianza. La confianza es la base de todas las relaciones, tanto personales como profesionales, la cual se obtiene mediante dichos valores: honestidad e integridad.