LA QUERELLA Y ACUSACION

La Querella y la Acusación

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1. Los requisitos formales de la querella son: Se presentará siempre por medio del Procurador con poder bastante y suscrita por Letrado. Debe contener: 2 operaciones El Juez o Tribunal ante quien se presente; El nombre, apellidos y vecindad del querellante; El nombre, apellidos y vecindad del querellado. En caso de ignorarse estas circunstancias, se deberá hacer la designación del querellado por las señas que mejor puedan darle a conocer; La relación circunstanciada del hecho, con expresión del lugar, año, mes, día y hora en que se ejecutó, si se supieren; Las diligencias que deban practicarse para la comprobación del hecho; La petición de que se admita la querella, se practiquen las diligencias referidas, se proceda a la detención y prisión del presunto culpable o a exigirle la fianza de libertad provisional, y se acuerde el embargo de sus bienes en la cantidad necesaria, en los casos en que así proceda; La firma del querellante (o la de otra persona a su ruego, si no supiere o no pudiere firmar, cuando el Procurador no tuviere poder especial para formular la querella) del abogado y del procurador.

2. FORMALIDAD

3. LA ACUSACIÓN, es la que se ejercita ante el juez o el tribunal de sentencia, contra la persona que en el sumario aparece como presunta culpable, y se denomina denuncia el hecho a poner en conocimiento del juez instructor la posible existencia de un delito y de un probable delincuente.

4. La acusación deberá contener los datos que sirvan para identificar al imputado y el nombre y domicilio o residencia de su defensor. El escrito de acusación deberá contener todos y cada uno de los datos personales que sirvan para identificar plenamente a la persona contra quien se dirige la acción, tales como nombre, edad, domicilio, estado civil, cédula de identidad, así como la identificación de su abogado defensor y su domicilio, a través de quien el imputado ejercerá el derecho a la defensa que la ley le confiere. Una relación clara, precisa y circunstanciada del hecho punible que se atribuye al imputado. Los fundamentos de la imputación, con expresión de los elementos de convicción que la motiva. Una acusación sin el fundamento requerido por la ley, ocasionará una fallida pretensión por parte de la Fiscalía.

5. EFECTOS DE LA ACUSACIÓN

6. El escrito de acusación, deberá contener todos y cada uno de los datos que sirvan para identificar plenamente a la persona contra quien se dirige la acción, tales como: nombres y apellidos, edad, estado civil, número de la cédula de identidad, domicilio y, para el caso en que le haya sido aplicada la medida cautelar de privación judicial preventiva de la libertad, el centro de reclusión donde se encuentre, así como la identificación de su abogado defensor y su domicilio,

7. FORMA Y CONTENIDO DE UNA ACUSACIÓN

8. sentimiento doloroso o un dolor físico. El concepto, está vinculado al ámbito del derecho en lo referente a las discordias y las disputas.

9. El querellante prestará fianza de la clase y cuantía que fije el órgano jurisdiccional, para responder de las resultas del proceso. Pero están exentos de la obligación de prestar fianza: El ofendido y sus herederos o representantes legales; En los delitos de homicidio el viudo o viuda, los ascendientes y descendientes consanguíneos o afines, los colaterales consanguíneos o uterinos y afines hasta el segundo grado, los herederos de la víctima y los padres, madres e hijos no matrimoniales respecto de la madre en todo caso, y respecto del padre, cuando estuvieren reconocidos. La exención de fianza no es aplicable a los extranjeros si no les Correspondiese en virtud de tratados internacionales o por el principio de reciprocidad. Por otra parte, cuando se trata de determinados delitos privados (perseguibles a instancia de parte), la admisibilidad de la querella viene determinada por ciertos requisitos previos o presupuestos, a saber: Si la querella tuviere por objeto un hecho que revista los caracteres de delito perseguible solamente a instancia de parte, habrá de acompañarse ala misma la certificación que acredite haberse celebrado o intentado el acto de conciliación entre querellante y querellado. En las querellas relativas a delitos de calumnia o injuria causadas en juicio, habrá de presentarse, además de la certificación referida, la licencia del Juez o Tribunal que hubiese conocido de aquel.

10. REQUISITOS DE LA QUERELLA

11. DEFINICIÓN DE QUERELLA

12. Los datos que sirvan para identificar al imputado y el nombre y domicilio o residencia de su defensor.Una relación clara, precisa y circunstanciada del hecho punible que atribuye al imputado.Los fundamentos de la imputación, con expresión de los elementos de convicción que la motivan. La expresión de los preceptos jurídicos aplicables; El ofrecimiento de los medios de prueba que se presentarán en juicio. La solicitud del enjuiciamiento del imputado.

13. REQUISITOS DE UNA ACUSACIÓN