Derecho: “El conjunto de nomas jurídicas que regulan la conducta externa de las personas en socie...

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Derecho: “El conjunto de nomas jurídicas que regulan la conducta externa de las personas en sociedad”. により Mind Map: Derecho: “El conjunto de nomas jurídicas que regulan la conducta externa de las personas en sociedad”.

1. Derecho objetivo: El derecho objetivo es un sistema de normas que rige obligatoriamente la vida humana en sociedad. Entonces, para nosotros, el derecho objetivo es una norma o conjunto de normas jurídicas que permiten, prohíben u obligan una conducta, y en su caso, definen figuras jurídicas dentro de un país en un tiempo determinado.

2. Fuentes del derecho Las denominadas fuentes del derecho aluden a aquellos preceptos o normas del que se originan las obligaciones y derechos para los individuos y son las siguientes

2.1. •Jurisprudencia: Esta fuente del derecho hace referencia a los fallos emitidos por los tribunales cuando los juicios son sometidos a su resolución y que, sin poseer obligatoriedad, se imponen.

2.2. •Ley: Esta fuente carece del consentimiento de las personas y es promulgada, dictada y sancionada por las autoridades públicas. Por medio de la ley se intenta orientar a la actividad humana hacia el bien común. Esta es la fuente fundamental dentro del derecho.

2.3. •Principios generales del derecho: Estos principios aluden a la base del sistema jurídico en su totalidad, como lo son la equidad, la buena fe, la solidaridad y el respeto a los derechos humanos, entre otros.

2.4. •Doctrina: Son las opiniones emanadas por estudiosos del derecho. Si bien estas opiniones carecen de obligatoriedad, son citadas constantemente por los jueces, ya sea para fundamentar sentencias y leyes o bien, durante los fallos.

2.5. •Costumbre: La repetición natural y de forma espontánea de conductas jurídicas que adquiere fuerza de ley es otra fuente del derecho.

3. Formas de clasificar al derecho

3.1. Teoría monolítica Algunos autores (principalmente Hans Kelsen) sostienen que todo el derecho constituye una formulación de la voluntad del Estado y por lo tanto el derecho es uno solo y es público (teoría monolítica).

3.2. Teoría dualista Los juristas romanos sostuvieron la división del derecho en público y privado, atendiendo al interés de las personas que intervienen en las relaciones de derecho, aunque después, respecto de tal teoría se ha atendido a la posición de las partes respecto de dicha relación, en un plano de igualdad o desigualdad.

4. Teoría tricotómica Surge a raíz de los grandes movimientos sociales que se dan el mundo a finales del siglo XIX y a principios del siglo XX, y pugna por tomar en cuenta a los sectores de la sociedad vulnerables o económicamente débiles y crea una tercera rama, que es el derecho social.

4.1. Derecho público

4.2. Es la rama del derecho que se encarga de regular las relaciones entre el Estado y los particulares, de acuerdo a los procedimientos legal y anteriormente establecidos, cuando el primero actúa como ente soberano, o bien regula las relaciones de los propios órganos de la Administración Pública entre sí.

4.2.1. Derecho penal Conjunto de normas y disposiciones jurídicas que regulan el ejercicio del poder sancionador y preventivo del Estado, estableciendo el concepto de delito como presupuesto de la acción estatal, así como la responsabilidad del sujeto activo, y asociando a la infracción de la norma una pena finalista o una medida aseguradora. (Luis Jiménez de Asúa)

4.2.2. Derecho fiscal El derecho tributario o derecho fiscal es una rama del derecho público que estudia las normas jurídicas a través de las cuales el Estado ejerce su poder tributario con el propósito de obtener de los particulares ingresos que sirvan para sufragar el gasto público en aras a la consecución del bien común. Dentro del ordenamiento jurídico de los ingresos públicos se puede acotar un sector correspondiente a los ingresos tributarios, que por su importancia dentro de la actividad financiera del Estado y por la homogeneidad de su regulación, ha adquirido un tratamiento sustantivo.

4.2.3. Derecho registral El derecho registral, es aquella rama del derecho, formada por el conjunto de normas jurídicas y principios registrales que regulan la organización y funcionamiento de los registros públicos, los derechos inscribibles y medidas precautorias en los diversos registros, en relación con terceros.

4.2.4. Derecho Notarial El Derecho Notarial es aquella rama del derecho que está destinada, a través de sus normas jurídicas, a regular la actividad del Notario, a dotar de certeza y seguridad jurídica a los hechos e instrumentos públicos, a ciertos actos o contratos que se llevan a efecto ante él y la subsecuente custodia de documentos o valores. También regula y estudia las funciones notariales, la responsabilidad notarial, los procesos notariales, los instrumentos públicos notariales protocolares e instrumentos notariales extraprotocolares.

4.2.5. Derecho procesal El derecho procesal es una rama del derecho público que incluye al conjunto de actos mediante los que se constituye, desarrolla y determina la relación jurídica que se establece entre el juzgador, las partes y las demás personas intervinientes. Dicha relación jurídica tiene como finalidad dar solución al litigio planteado por las partes, a través de una decisión del juzgador basada en los hechos afirmados y probados, y en el derecho aplicable.

4.2.6. Derecho Financiero Es un conjunto de normas jurídicas que se ocupa de ordenar los ingresos y los gastos públicos, normalmente previstos en el presupuesto general del Estado

4.2.7. Derecho internacional público Es la rama del derecho público exterior que estudia y regula el comportamiento de los Estados y otros sujetos internacionales, en sus competencias propias y relaciones mutuas, sobre la base de ciertos valores comunes, para garantizar la paz y cooperación internacional, mediante normas nacidas de fuentes internacionales específicas. O más brevemente, es el ordenamiento jurídico de la comunidad internacional.

4.3. Derecho privado Conjunto de normas que regulan la actividad y relaciones de los particulares entre sí, y que, en contraposición al Derecho público, se caracteriza por la situación de igualdad jurídica de los individuos. También regula las relaciones entre particulares y la Administración cuando ésta no actúa en el ejercicio de sus prerrogativas, sino como un particular más.

4.3.1. Derecho civil Regulas las relaciones entre particulares en relación a su patrimonio y familia.

4.3.2. Derecho Mercantil Se encarga de regular los actos de comercio y lo relativo a los comerciantes (hacen del comercio su actividad principal).

4.3.3. Derecho Internacional Privado Conjunto de normas que se emplean para resolver los conflictos jurisdiccionales derivados de relaciones jurídicas que implican diversas de leyes. Se refiere a la normatividad aplicable a un acto cuando en él influye la ley de dos o más Estados.

4.4. Derecho social El derecho social es el conjunto de normas jurídicas que son instauradas a favor de individuos socialmente débiles, con el objeto de lograr su convivencia en otras clases sociales, dentro de un marco vigente.

4.4.1. Derecho laboral Pretende garantizar condiciones dignas para realizar el equilibrio dentro de las relaciones laborales, entre el empleado y el empleador. Aquí juegan un papel importante los derechos del trabajador, la prevención social y los derechos sindicales

4.4.2. Derecho Familiar Conjunto de normas e instituciones jurídicas que regulan las relaciones personales y patrimoniales de los miembros que integran la familia, visto desde la perspectiva de los menores y las mujeres.

4.4.3. Derecho agrario Conjunto de normas que regulas las relaciones sociales y económicas, que surgen entre los sujetos intervinientes en la actividad agraria.

5. Derecho subjetivo: Es una función del derecho objetivo, es el permiso derivado de la norma. En términos más prácticos, el derecho subjetivo es la facultad atribuida por la norma del derecho objetivo.