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Convenio IV de Ginebra 1949 により Mind Map: Convenio IV de Ginebra 1949

1. 1. Protección de Personas y Bienes Civiles

1.1. Asistencia religiosa y sanitaria: Permite el paso de ministros de distintas religiones, personal y material sanitario hacia zonas afectadas.

1.2. Evacuación en zonas sitiadas: Prevé acuerdos locales para evacuar a:

1.2.1. Inválidos, ancianos y niños

1.2.2. Heridos y enfermos

1.2.3. Parturientas (mujeres en proceso de parto)

2. 2. Protección Especial de Ciertas Zonas y Localidades

2.1. Zonas de Seguridad: Áreas designadas antes y después del conflicto para proteger a:

2.1.1. Ancianos y niños menores de 15 años

2.1.2. Heridos, enfermos e inválidos

2.1.3. Mujeres embarazadas y madres con hijos menores de 7 años

2.2. Zonas Neutralizadas: Establecidas de común acuerdo entre beligerantes para proteger a personas sin participación en actividades militares activas.

3. 3. Protección General de Todas las Personas Afectadas por el Conflicto

3.1. Cobertura: Incluye a todas las personas afectadas por el conflicto armado, independientemente de si están formalmente protegidas según el convenio.

4. 4. Socorro y Provisión de Bienes Esenciales

4.1. Protección del personal de socorro: Garantiza la seguridad y respeto a quienes participan en actividades de ayuda humanitaria.

4.2. Libre tránsito: Se garantiza el paso de:

4.2.1. Artículos religiosos para uso civil

4.2.2. Medicamentos y materiales sanitarios

4.3. Envío de víveres y ropa: Destinado especialmente para:

4.3.1. Niños menores de 15 años

4.3.2. Mujeres embarazadas o en parto

5. 5. Protección a los Niños

5.1. Atención especial: Se asegura la ayuda necesaria según edad o situación.

5.2. Participación en hostilidades: Medidas para evitar que niños menores de 15 años se involucren directamente en el conflicto.

5.3. Garantías para huérfanos y niños separados: Derecho a manutención, educación y práctica de su religión.

6. 6. Reunión de Familias Dispersas y Comunicación Familiar

6.1. Reunión de familiares: Facilita la búsqueda y reunión de familias separadas por la guerra.

6.2. Comunicación: Permite que personas en territorio ocupado o en conflicto envíen y reciban noticias familiares.

7. 7. Régimen de Ocupación

7.1. Socorro humanitario:

7.1.1. Facilita la ayuda humanitaria de potencias neutrales, del Comité Internacional de la Cruz Roja y otros organismos imparciales.

7.2. Protección de las personas:

7.2.1. Prohíbe deportaciones forzosas y traslados masivos o individuales.

7.3. Asistencia y educación de niños:

7.3.1. Apoyo al funcionamiento de establecimientos educativos y de asistencia.

7.3.2. Prohíbe modificar el estatus personal de los niños ocupados o separarlos de sus familias.

7.4. Orden y seguridad pública:

7.4.1. La fuerza ocupante debe mantener el orden bajo las normas de la Convención de La Haya.

7.5. Trabajo:

7.5.1. Solo se puede obligar a trabajar a mayores de 18 años en territorios ocupados.

7.6. Avituallamiento:

7.6.1. Garantiza el abastecimiento de víveres y medicamentos a la población, con indemnización justa por cualquier requisa.

7.7. Higiene y sanidad pública:

7.7.1. Colaboración de la potencia ocupante con autoridades locales para mantener estándares de salud pública y saneamiento.

7.8. Libertad religiosa:

7.8.1. Permite que ministros religiosos asistan espiritualmente a sus fieles.

7.9. Protección de bienes:

7.9.1. Prohíbe la destrucción de bienes muebles e inmuebles, salvo en casos de necesidad militar absoluta.