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Investigador により Mind Map: Investigador

1. Terminación prematura o suspención del protocolo

1.1. Sin importar la razón por la que el protocolo termine es obligación del investigador informar a los pacientes y darles seguimiento

1.1.1. Si el protocolo lo termina

1.1.1.1. El patrocinador

1.1.1.2. El comité

1.1.1.3. El investigador

2. Cualidades y Entrenamientos

2.1. El investigador debe estar preparado en cuanto a la educación, preparación, entrenamientos y experiencia correspondiente al cargo y el tipo de investigación que se aborda y todo debe estar debidamente documentado y evidenciado.

2.2. El investigador debe estar completamente familiarizado con el uso y toda la información que el patrocinador proporcione relacionada con el producto a investigar

3. Informar a

4. Responsabilidades

4.1. Delegación de actividades

4.1.1. El investigador debe asegurarse de que las actividades sean delegadas al personal correspondiente y que este, a su vez, este capacitado para realizarlas correctamente

4.1.2. Se debe manejar un Delegation- Log para todas las actividades delegadas y se debe tener siempre la evidencia correspondiente

4.2. El investigador siempre debe permitir la monitorización del estudio y las inspecciones de acuerdo con las necesidades de las autoridades y el patrocinador

5. Seguridad medica de los participantes y reportes de seguridad

5.1. Seguridad médica de los participantes

5.1.1. Solo el personal calificado deberá ser responsable de la seguridad médica de los participantes

5.1.2. Si el participante tiene un médico de cabecera, el investigador principal deberá informarle sobre el protocolo y deberán trabajar en conjunto

5.2. Reportes de seguridad

5.2.1. Eventos adversos y/o resultados fuera de lo normal en los laboratorios deberán ser reportados al patrocinador según los tiempos establecidos en el protocolo

5.2.2. Todos los eventos adversos severos deberán ser reportados de manera inmediata al patrocinador

6. Consentimiento Informado

6.1. Proceso

6.1.1. Aprobación del comité

6.1.1.1. Usar información clara y concisa

6.1.1.1.1. Utilizar todos los medio posibles para asegurar lla comprensión del ´participante

6.2. Actualizaciones

6.2.1. Cuando exista nueva información o cambios significativos en el protocolo se debe re- obtener el consentimiento

6.3. Regulaciones

6.3.1. No se debe forzar al participante a firmar

6.3.2. Debe ser firmado y fechado por el participante o su representante legal o el testigo imparcial

6.3.2.1. Si el participante o representante legal no saben leer se debe utilizar a un testigo imparcial

6.3.2.2. Si el participante es menor de edad y/o solo puede firmar el representante legal, se debe explicar lo mejor posible de acuerdo a su entendimeinto

6.3.3. Brindar toda la información y tiempo necearios para la consideración de participar o no en el protocolo

6.3.4. El participante y/o su representante legal deben recibir una copia del consentimiento informado y el material utilizado

6.3.5. Debe contener

6.3.5.1. Propósito del protocolo: Explicar el objetivo del protocolo y su investigación experimental.

6.3.5.2. Producto de investigación: Información sobre el producto de investigación y la posibilidad de asignación aleatoria.

6.3.5.3. Procedimientos del protocolo: Detalles de los procedimientos, incluyendo los invasivos.

6.3.5.4. Expectativas de los participantes: Lo que se espera de los participantes.

6.3.5.5. Riesgos y molestias: Riesgos razonablemente previsibles para el participante y, si aplica, para su pareja, embrión, feto o bebé en lactancia.

6.3.5.6. Beneficios esperados: Beneficios esperados del protocolo; si no hay beneficios clínicos, se informa al participante.

6.3.5.7. Alternativas: Procedimientos alternativos disponibles, con sus beneficios y riesgos.

6.3.5.8. Compensación y tratamiento: caso de lesión relacionada con el protocolo.

6.3.5.9. Compensación proporcional: Detalles de la compensación esperada por la participación en el protocolo.

6.3.5.10. Gastos del participante: Información sobre cualquier gasto anticipado para el participante.

6.3.5.11. Participación voluntaria: La participación es voluntaria y puede cancelarse en cualquier momento sin penalizaciones.

6.3.5.12. Procedimiento de seguimiento: Para los que se retiraron o discontinuaron del protocolo.

6.3.5.13. Manejo de datos: Cómo se manejarán los datos del participante, incluso si se retira o suspende del protocolo.

6.3.5.14. Acceso a registros: Consentimiento para acceso a los registros fuente, con salvaguardas de confidencialidad.

6.3.5.15. Confidencialidad: La identidad del participante se mantendrá confidencial, incluso si los resultados se publican.

6.3.5.16. Información sobre el protocolo: Se informará oportunamente al participante si surge información relevante para su disposición a continuar.

6.3.5.17. Contactos de referencia: Persona(s) a contactar para más información sobre el protocolo y los derechos del participante, y en caso de lesión relacionada con el protocolo.

6.3.5.18. Terminación de la participación: Circunstancias previsibles bajo las cuales el participante puede ser excluido del protocolo.

6.3.5.19. Duración de la participación: Duración esperada de la participación en el protocolo.

6.3.5.20. Número de participantes: Aproximadamente cuántos participantes estarán involucrados en el protocolo.

6.3.5.21. Resultados del protocolo: El participante podrá acceder a los resultados del protocolo y la información de su tratamiento, si lo desea.

7. Fin de la participación en un protocolo clínico

7.1. El participante puede terminar su participación cuando lo desee y, aunque no está obligado a dar razones, el investigador debe hablar racionalmente con él para intentar, en medida de lo posible permanecer en el protocolo si el beneficio es mayor.

8. Procedimientos de radomización y ciego

8.1. El investigador debe seguir los procedimientos de aleatorización del protocolo y en el caso de un protocolo a ciegas, debe asegurarse de que el código de aleatorización del tratamiento se rompa solo de acuerdo con el protocolo

8.2. En caso de emergencia, para proteger la seguridad del participante, el investigador debe estar preparado y ser capaz desde el inicio del protocolo para realizar el descubrimiento de ciego sin demoras ni obstáculos indebidos.

8.3. El investigador debe documentar de manera inmediata y explicar al patrocinador cualquier descubrimiento de ciego prematuro

9. Reportes

9.1. Cuando lo solicite el monitor, auditor, comité o autoridad regulatoria, el investigador/sitio de investigación debe proporcionar acceso directo a todos los registros relacionados con el protocolo.

10. Comunicación con el comité

10.1. El investigador debe proporcionar información del estatus de aprobación del protocolo por parte del comité al patrocinador

10.2. Conforme avanza el protocolo es obligación del investigador proporcionar actualizaciones de acuerdo con las regulaciones locales

10.3. Si se aumentan los riesgos o hay cambios significativos en el protocolo, es responsabilidad del investigador informar al comité

11. Recursos

11.1. El investigador debe demostrar el potencial que tiene para alcanzar la meta de pacientes establecida en el periodo establecido por el patrocinador

11.2. El investigador debe tener suficiente tiempo, personal y equipo a su disposición para llevar a cabo el estudio

12. Cumplimiento con el protocolo

12.1. El investigador debe firmar el protocolo o un contrato alternativo para confirmar El acuerdo con el patrocinador

12.2. El investigador debe cumplir con el protocolo, las GCPs y las regulaciones locales

12.3. El investigador debe seguir el protocolo y evitar en medida de lo posible las desviaciones, las cuales si ocurren deben reportarse inmediatamente

13. Manejo Del Producto de investigación

13.1. Toda la responsabilidad del manejo del producto de investigación recae sobre el investigador/sitio de investigación

13.2. Toda la actividad relacionada con el manejo del producto de investigación debe ser correctamente documentada

13.3. Se deben almacenar, usar, administrar, etc, únicamente de acuerdo con los lineamientos establecidos en el protocolo y las regulaciones locales

14. Registros

14.1. El investigador/sitio de invetsigación debe mantener registros fuente adecuados y completos para cada participante, asegurando que sean atribuidos, legibles, exactos y completos.

14.2. El investigador debe definir previamente qué se considera un registro fuente y los métodos de captura de datos, actualizándolos según sea necesario.

14.3. Los datos reportados deben ser consistentes con los registros fuente o las discrepancias deben ser explicadas.

14.4. El investigador/sitio de investigación debe garantizar que los sistemas que mantienen y conservan los datos del protocolo estén protegidos contra acceso no autorizado, divulgación, alteración y destrucción o pérdida accidental.

14.5. El investigador/sitio de investigación debe mantener los registros del protocolo según lo especificado en el protocolo y los requisitos regulatorios aplicables, controlando todos los registros esenciales generados antes y durante el protocolo

14.6. Cuando lo solicite el monitor, auditor, comité o autoridad regulatoria, el investigador/sitio de investigación debe proporcionar acceso directo a todos los registros relacionados con el protocolo.