Riesgos Ambientales
GARCIA DIAZ JORGE ERNESTOにより
1. Actividades Altamente Riesgosas
1.1. LGEEPA considera una actividad altamente riesgosa a toda aquella actividad donde se manejen o almacenen sustancias con propiedades corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables y biológico infecciosas (CRETIB), en cantidades que, en caso de producirse una liberación por fuga o derrame de las mismas o bien por una explosión, afectaría significativamente al medio ambiente y a la población
2. Manifestación de Impacto Ambiental
2.1. Instrumento de la política ambiental que tiene el objetivo de prevenir, mitigar y restaurar los daños al ambiente
2.2. Modalidades
2.2.1. Particular
2.2.2. Regional
3. ¿LGEEPA?
3.1. LGEEPA es la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Medio Ambiente, dicha Ley rige en México y es la encargada a la protección del medio ambiente
3.2. Se vincula con otros instrumentos de política ambiental siendo los siguientes
3.2.1. Planeación Ambiental
3.2.2. Ordenamiento Ecológico Territorial
3.2.3. Instrumentos económicos
3.2.4. Regulación Ambiental de los Asentamientos Humanos
3.2.5. Evaluación del Impacto Ambiental
3.2.6. Normas Oficiales Mexicanas en Materia Ambiental
3.2.7. Autorregulación y Auditorías Ambientales
3.2.8. Investigación y Educación Ecológica
4. Riesgo
4.1. Probabilidad de que una amenaza se convierta en un desastre
4.2. Amenaza
4.2.1. Fenómeno que puede poner en peligro a un grupo de personas, sus pertenencias y el ambiente
4.3. Desastre
4.3.1. Hecho natural o provocado que afecta negativamente a la vida, al sustento o a la industria
5. Estudio de Riesgo Ambiental
5.1. Es un estudio complementario de la MIA, aplica para aquellos proyectos considerados como altamente riesgosos por el manejo de sustancias químicas en cantidades superiores a las cantidades de reporte
5.2. Uso de la cantidad de reporte o más
5.2.1. Se declara a Nivel Federal: SEMARNAT/ASEA y a Nivel Estatal
5.3. Uso de menor cantidad que la de reporte
5.3.1. Se declara a Nivel Estatal y/o Municipal