DERECHOS REALES
Door Barbara Pacheco

1. Son relaciones jurídicas inmediata entre una persona y una cosa
1.1. Relación Jurídica
2. CARACTERES
2.1. *Tiene el Derecho Real por objeto de una cosa especifica y determinada. *El Derecho Real no puede ser producto de mera obligación, contrato o titulo y necesita otra causa mas apoderada y adecuada. *Da lugar a una acción real-eficaz contra cualquier poseedor de la cosa
2.2. .
3. TEORIAS
3.1. TEORÍA CLÁSICA
3.1.1. Tiene dos características fundamentales de los Derechos Reales. *La inmediatividad del poder sobre el bien. *Su eficiencia contra terceros, por lo que el titular del bien puede perseguirlo donde quiera que éste y contra cualquiera que lo posea.
3.1.2. .
3.1.2.1. .
3.2. TEORÍA OBLIGACIONISTA
3.2.1. Esta teoría opone totalmente a la Teoría Clásica, esta señala que una relación de orden jurídico no puede existir entre una persona y cosa cosa
3.2.1.1. .
3.3. TEORÍA ARMÓNICA
3.3.1. Toma los aspectos mas importantes de la Teoría Clásica y Obligacionista. Definen los Derechos Reales como aquellos derechos privados que atribuyen un poder de inmediata dominación sobre una cosa frente a terceros