2. Los terceros que hayan sido notificados por via administrativa deberan ser cosignado durante los 10 dias habiles a la fecha de su expedicion. Debera ser publicado en un diario de mayor circulacion en el area de jurisdiccion del tribunal competente
3. Se notificara al Procurador General de la Republica y se citara al ente estatal agrario demandado por la contestacion. Se procurara al Procurador general y al fiscal General de Republica
4. 1Al dia siguiente del acto de la contestacion, la causa quedara abierta a prueva se empezara a computar un lapso de tres dias hábiles para la promoción de pruebas2 Dentro de los tres dias habiles siguientes el tribunal se pronunciara 3. la negativa de la promocion de pruebas tendra efecto devolutivo y pordra interponerse durante los tres dias siguientes 4.. las partes evacuaran las pruebas admitidas durante los dies dias siguientes
5. Vencido el lapso Probatorio se fijara uno de los 3 dias siguientes al despacho siguiente para el acto de informe , cual se levara a cabo en audiencia oral
6. Forma de interponerlo
7. Lugar y tiempo de interponerlo
8. Admision
9. Apelacion
10. Promocion de Pruevas
11. Evacuacion de Pruebas
12. Informes
13. Por escrito con los requisitos del articulo 340 del cp
14. 25 dias habiles a partir del dia siguente a la fecha de notificacion del acto a impugnar
15. O al vencimiento del lapso previsto para decidir el recuerso ante el tribunal competente o ante la oficina que emana el ato
16. 5 dias de despacho siguiente que coste en el auto de notificacion
17. 5 dias de despacho siguientes a que coste el auto de la misma notificacion
18. solo en los casos que la administración tributaria haya realizado oposición
19. Se apertura en un lapso de 10 días de despacho para el lapso probatorio
20. Una vez admitida las pruebas se otorgan 20 dias de despacho para la evacuacion de las mismas
21. deben ser presentados el decimo quinto dia de despacho siguiente al vencimiento del lapso probatorio
22. Procedimiento de interposicion de querella funcionarial
23. Articulo 94 de la ley de estatutos de la funcion Publica lapso de ley de 3 meses contados a partir de la fecha que se produjo el hecho
24. Interposicion de la querella ante cualquier juez de primera instancia de municipio
25. Remite durante 3 dias de despacho siguiente de su recepcion al tribubunal competente
26. ¿hay causales de inadsamibilidad?
27. SI
28. NO
29. ley organica del tej
30. el tribunal competente admite dentro de 3 dias de despacho siguiente antes de recibirla
31. admitida la querella dentro de los dos dias de despacho siguiente el tribunal solicitara el expediente administrativo a
32. Procurador general de la Republica
33. Procurador General del estado
34. Sindico procurador Municipal
35. Representante legal del instituto autonomo
36. dentro de los 3 dias el tribunal cita al accionado
37. contestacion dentro de los 15 dias de despacho una vez notificado el lapso empieza a correr desde que coste en autos de notificacion
38. Contesto
39. si
40. No
41. se considera contradicha todas sus partes
42. Vencido el palzo de 15 dias se fijara en uno de los 5 dias de depacho siguiente la hora que tenga lugar la audiendia preliminar
43. En la audiencia si no hay acuerdo entre las partes se levanta un acta y se declara trabada la litis Oportunidad para solicitar la oportunidad del lapso probatorio
44. 5 días siguientes para proponer pruebas
45. 3 dias para admitir
46. 10 dias para evacuar pruebas mas el termino de la distancia
47. Sentencia definitiva dentro de los 5 dias de despacho siguiente
48. Universidad Fermin Toro.
49. Vice Rectorado Academico
50. Facultad de Ciencias Juridicas y Politicas
51. Escuela De Derecho
52. el Juez dictara desision definitiva en dicha audiencia o puede tomar los 5 dias de despacho siguientes para estudiar el caso
53. si toma los 5 dias de despacho desidira sobre el asunto a los 10 dias pudiendo declarar la inaadsabilidad del recurso (apelable)
54. iNICIO
55. iNICIO
56. fINAL
57. Son aquellos procedimientos que van en contraposicion a los procedimientos ordinarios porque conocen de materias especiales
61. Interposicion del recurso de Nulidad por parte del administrativo Agrario
62. Notificacion
63. Se le notificara al Fisal general y al Procurador General de la Republica
64. De la admision
65. se decidira 3 dias despues de la solicitud
66. Inadmision de acciones y recursos
67. Cuando lo disponga la ley por incompetencia, por la caducidad por la falta de cualidad de accionante o falta de interes del recurrente, por la regulacion de las pretenciones que se excluya Por la falta demdocumentacion, cuando exite un recurso paralelo, por intengibilidad o contradiccion del escrito por falta de presentacion del actor
68. Admision de la apelacion
69. Se admite la apelacion cuando se declare inadmisible el proceso, por el contrario no se admite apelacion por admision del recurso del asunto principal El auto que declare sin lugar el recurso, ordenara la notificacion
70. Cartel de notificacion
71. Demandas patrimoniales
72. Promocion de Pruevas
73. Acto de Informe
74. Sentencia
75. Verificada o venida la oportunidad Fijada para le informe, la cual se entrara en estado de sentencia, la ual debera ser dictada por el tibual en un lapso de 60 dias continuos
76. La apelacion podra interponerse al tribunal de la causa por ante la sala de casacion social TSJ dentr de los 5 dias habiles siguientes a la fecha de la publicacin de la sentenia
77. Entre ellos se encuentran
78. Desicion
79. Una vez agotado todo el proceso se procede a sentenciar la causa pora lo que el tribunal tendraun lapso de 60 dias continuos
80. Inicio del Procedimiento
81. Materia del Proceso del Recurso
82. Tribunales Competentes
83. Caracas Tribunales Superiores
84. Estados jefes del Municipio
85. Desalojo
86. Regulacion de alquileres
87. Recurso de nulidad contra actos y efectos particulares dentro de los 60 dias del calendario siguiente a la ultima notificacion
88. Tribunal solicita los antecendentes admisnistrativos
89. 2
90. 3
91. 4
92. admision
93. citacion del sindico
94. Notificacion al alcalde
95. 5
96. 6
97. Cartel de emplazamiento
98. 30 dias continuos para retirar y publicar el cartel
99. Luego de la publicacion tiene 10 dias habiles para la publicacion del cartel que cosntrn los asuntos
100. 7
101. Contestacion
102. 10 dias habiles siguientes
103. Promocion de Pruebas
104. 5 dias habiles
105. admision de pruebas
106. evacuacion de pruebas
107. acto de informe
108. sentencia
109. 3 dias habiles
110. 30 días hábiles prorrogables por 30 días
111. Procedimiento contencioso Funcionarial
112. Inicio
113. Interposicion de querella ante cualquier juez de Primera Instancia
114. requisitos
115. 1. La identificación del accionante y de la parte accionada.
116. 2. El acto administrativo, la cláusula de la convención colectiva cuya nulidad se solicita a los hechos que afecten al accionante, si tal fuere el caso.
117. 3. Las pretensiones pecuniarias, si fuere el caso, las cuales deberán especificarse con la mayor claridad y alcance.
118. 4. Las razones y fundamentos de la pretensión, sin poder explanarlos a través de consideraciones doctrinales. Los procedentes jurisprudenciales podrán alegarse sólo si los mismos fueren claros y precisos y aplicables con exactitud a la situación de hecho planteada. En ningún caso se transcribirán literalmente los artículos de los textos normativos no las sentencias en su integridad.
119. 5. Los instrumentos en que se fundamente la pretensión, esto es, aquéllos de los cuales se derive inmediatamente el derecho deducido. Estos instrumentos deberán producirse con la querella.
120. 6. Lugar donde deberán practicarse las citaciones y notificaciones.
121. 7. Nombres y apellidos del mandatario o mandataria si fuere el caso. En tal supuesto deberá consignarse junto con la querella el poder correspondiente
122. 8. Cualesquiera otras circunstancias que, de acuerdo con la naturaleza de la pretensión, sea necesario poner en conocimiento del juez o jueza.
123. Admision
124. Contestacion
125. Audiencia Preliminar
126. dentro de los tres días de despacho siguientes, si no estuviese incursa en algunas de las causales previstas para su inadmisión en la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia.
127. a ante cualquier juez o jueza de Primera Instancia o de municipio, quien deberá remitirla dentro de los tres días de despacho siguientes a su recepción, al tribunal competente. En este supuesto el lapso para la devolución, de ser el caso, se contará a partir del día de la recepción de la querella por parte del tribunal competente.
128. Remision
129. Admitida la querella, dentro de los dos días de despacho siguientes el tribunal solicitará el expediente administrativo al Procurador o Procuradora General de la República, al Procurador o Procuradora General del estado, al Síndico Procurador Municipal o al representante legal del instituto autónomo nacional, estatal o municipal
130. En esa misma oportunidad el tribunal conminará a la parte accionada a dar contestación a la querella dentro de un plazo de quince días de despacho a partir de su citación, la cual podrá tener lugar por oficio con aviso de recibo o por correo certificado
131. Contesto
132. si
133. No
134. Vencido el plazo de quince días de despacho para la contestación, haya tenido o no lugar la misma, el tribunal fijará en uno de los cinco días de despacho siguientes, la hora para que tenga lugar la audiencia preliminar.
135. se entenderá contradicha en todas sus partes en caso de que la parte accionada gozarse de este privilegio
136. En la audiencia preliminar el juez o jueza podrá de manifiesto a las partes los términos en que, en su concepto, ha quedado trabada la litis. Las partes podrán formular cualesquiera consideraciones al respecto, las cuales podrán ser acogidas por el juez o jueza. A su vez, éste podrá formular preguntas a las mismas a los fines de aclarar situaciones dudosas en cuanto a los extremos de la controversia.
137. En la misma audiencia, el juez o jueza deberá llamar a las partes a conciliación, ponderado con la mayor objetividad la situación procesal de cada una de ella
138. ¿hay conciliacion ?
139. si
140. No
141. se dará por concluido el proceso.
142. se levanta un acta y se declara trabada la litis
143. Oportunidad para lapso Probatorio
144. 3 dias para promover pruebas
145. 5 dias para admitirla
146. 10 dias para evauarlas mas el termino de la distancia
147. Audiencia definitiva
148. Apelacion
149. se fijara uno de los 5 dias de despacho siguientes
150. El Juez dentro de los 10 dias de despacho siguiente al vencimiento del lapso previsto dictara sentencia escrita sin rnarrativa
151. En cualquier estado el juez puede decretar medidas cautelares
152. ,
153. podrá interponerse apelación en el término de cinco días de despacho contado a partir de cuando se consigne por escrito la decisión definitiva, para ante la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo