SOCIEDADES MERCANTILES

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1. Sociedad de nombre colectivo

1.1. Es aquella que existe bajo una razón social en que todos los socios responden de modo subsidiario ilimitada y solidariamente de la obligaciones sociales.

1.1.1. Razon social

1.1.1.1. La razón social se formara con el nombre de uno o mas socios y cuando ya no figuren los de todos, se añadirán las palabras y compañía u otras equivalentes.

1.1.1.1.1. Derechos y obligaciones

1.1.1.2. Cuando la razón social de una compañía sea la que hubiere servido a otra cuyo derechos y obligaciones han sido transferidos a la nueva, se agregara a la razón social la palara “Sucesores”

2. Sociedad en comandita simple

2.1. Una sociedad en comandita simple es la que existe bajo una determinada razón social y se compone de uno o varios socios comanditados que responden, de manera subsidiaria, ilimitada y solidariamente, de las obligaciones sociales.

2.1.1. Razón social

2.1.1.1. La razón social se formará con los nombres de uno o más socios comanditados, seguidos de las palabras “y compañía” u otros equivalentes, cuando en ella no figuren los de todos.

2.1.1.1.1. Derechos y Obligaciones

3. Sociedad de responsabilidad limitada

3.1. Una sociedad de responsabilidad limitada es un tipo de sociedad mercantil en la que la responsabilidad de cada uno de sus socios está delimitada por el capital que estos hayan aportado a la misma

3.1.1. Razón social

3.1.1.1. La sociedad de responsabilidad limitada existirá bajo una denominación o bajo una razón social que se formará con el nombre de uno o más socios. La denominación o la razón social irá inmediatamente seguida de las palabras “Sociedad de Responsabilidad Limitada” o de su abreviatura “S. de R. L.”

3.1.1.1.1. Responsabilidades

4. Sociedad anonimia

4.1. Es la que existe un bajo una denominación y se compone exclusivamente de socios los cuales su obligación se limita al pago de sus acciones.

4.1.1. La denominación de dicha sociedad debe de incluir la indicación de “Sociedad Anónima” o las abreviaturas “S.A.". En algunos países, este tipo de sociedades suelen llamarse Sociedad Anónima de Capital Variable, y se abrevia de la siguiente forma: S.A. de C.V.

4.1.1.1. Constitución de una sociedad anónima

4.1.1.1.1. Para conformar o constituir una sociedad anónima debe hacerse una escritura pública con sus denominados estatutos, tal como lo contemple el código de comercio de cada país. Una sociedad anónima se conforma con tres órganos:

5. Sociedad de comanditas por acciones

5.1. Es la que se compone de uno o varios socios comanditados que responden de manera subsidiaria, ilimitada, solidariamente, y con sus perspectivas obligaciones sociales

5.1.1. Razón social

5.1.1.1. se agregarán las palabras “sociedad en comandita por acciones”, o su abreviatura “S. en C por A” y en sus derechos y obligaciones se pondrá la palabra “sucesores”

5.1.1.1.1. Derechos y Obligaciones

6. Sociedad cooperativa

6.1. Es aquella integrada por personas de la sociedad de clase trabajadores que aportan a la sociedad únicamente su trabajo. En esta sociedad cuando solo aportan trabajo personal se le denomina “Sociedad cooperativa de productores”

6.1.1. Características

6.1.1.1. Esta sociedad necesita forzosamente un número de socios NO MENOR DE 10.

6.1.1.2. Un capital variable y principalmente debe funcionar sobre principios de igualdad dentro del regimen de derechos y obligaciones de sus miembros.

6.1.1.3. No persigue fines lucrativos y busca el mejoramiento social y económico de sus trabajadores.

6.1.1.3.1. Organización y administración

6.1.1.4. La igualdad comienza en la forma de repartir entre los asociados la proporción del tiempo trabajado o bien al monto de las operaciones realizadas. Según se trate de cooperativa de producción o de cooperativa de consumo.

7. Sociedad por acciones

7.1. Las Sociedades por Acciones (SpA) son un tipo de sociedad de capital caracterizada por su flexibilidad: otorga a los accionistas la facultad de regular libremente la casi totalidad de los aspectos de la sociedad

7.1.1. Una característica especial de estas sociedades es que la ley permite expresamente que sean creadas por una sola persona, y que no se disuelvan si es que todas las acciones se encuentran en poder de un solo socio, a no ser que los estatutos sociales señalen otra cosa

7.1.1.1. Para incorporar nuevos socios o para realizar cambios en las participaciones de los actuales socios en la SpA basta con proceder a la venta de acciones, lo que se puede hacer mediante un contrato privado firmado ante 2 testigos.

8. Conclucion

8.1. Las sociedades mercantiles son un grupo de personas que se unen para obligarse a contribuir en un objetivo para obtener un fin en común, cualquier persona puede participar en la formación de una sociedad mercantil siempre y cuando ésta tenga la capacidad de aportar capital o administrar la sociedad de las cuales damos a conocer 7 e este organizador gráfico.