RESOLUCION 1403 MAYO 2007

Kom i gang. Det er Gratis
eller tilmeld med din email adresse
RESOLUCION 1403 MAYO 2007 af Mind Map: RESOLUCION 1403 MAYO 2007

1. Relación con artículo 7 del decreto 2200 de 2005 el servicio farmacéutico realizara las siguientes funciones:

1.1. 1.ADMINISTRATIVA

1.2. Planificar, organizar, dirigir, coordinar y controlar los servicios relacionados con los medicamentos ofrecidos a los pacientes

2. tendrá como objetivos principales los siguientes:

2.1. 1)promoción: promover y promocionar estilos de vida saludable y el uso adecuado de medicamentos y DM

2.1.1. 2) prevención: prevenir factores de riesgo al uso inadecuado de medicametos y DM

2.1.1.1. 3) suministro: distribuir medicamentos y DM e, e informar al paciente sobre su uso adecuado

2.2. El desarrollo del articulo 6 del decreto 2200 de 2005

3. ARTÍCULO 5o. FUNCIONES.

3.1. 2.Servicio farmacéutico de mediana y alta complejidad. realizará los siguientes procesos

3.1.1. a) Atención farmacéutica

3.1.2. b) Preparaciones magistrales

3.1.3. c) Mezclas de nutrición parenteral

3.1.4. d) Mezclas y/o adecuación de concentraciones de medicamentos oncológicos;

3.1.5. e) Adecuación y ajuste de concentraciones para cumplir con las dosis prescritas;

3.1.6. f) Reempaque y/o reenvase de medicamentos en Dosis Unitaria,

3.1.7. g) Preparaciones extemporáneas;

3.1.8. h) Control, dispensación y distribución de radiofármacos;

3.1.9. i) Investigación clínica;

3.1.10. j) Realización o participación en estudios sobre farmacoepidemiología realice un proceso del servicio farmacéutico

3.1.10.1. de mediana y alta complejidad, deberán cumplirse las

3.1.11. 2. Limpieza y desinfección de áreas.

3.1.12. 3. Desinfección personal.

3.1.13. 4. Ingreso a las áreas.

3.1.14. 5. Estabilidad de los medicamentos sometidos a adecuación y mezcla.

3.1.15. 6. Elaboración de preparaciones magistrales.

3.1.16. 7. Contaminación accidental.

3.1.17. 8. Control físico-químico y microbiano.

3.1.18. 9. Uso, calibración, desinfección y mantenimiento de equipos.

3.1.19. 10. Recepción y almacenamiento, reempaque, distribución de materias primas

3.1.19.1. y material de acondicionamiento.

3.1.20. 11. Manejo de residuos.

4. ARTICULO 4 Principios fijados relacionados con la atención en salud

4.1. 1. PROMOCIÓN

4.2. Promover y proporcionar estilos de vida saludable y el uso adecuado de medicamentos y D.M

4.3. 9. INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO

4.4. El servicio farmacéutico apoyara la creación de

4.5. un ambiente de investigación y desarrollo en el servicio que favorezca un mejor uso de la tecnología sectorial.

4.6. CAMPO DE APLICACIÓN

4.7. 2. SERVICIO FARMACEUTICO

4.8. INDEPENDIENTE.

4.9. Es el que prestan los establecimientos farmacéuticos autorizados.

4.10. 5. ELABORACION Y ADECUACION

4.11. Realizar preparaciones magistrales o

4.12. ajustes de concentración de dosis de medicamentos comunes u oncológicos realizando buenas prácticas de elaboración de acuerdo con la normatividad.

4.13. Se aplica a todas las personas que realicen actividades y procesos de servicios farmacéuticos. A los prestadores de servicio de salud, establecimientos farmacéuticos, donde se almacenen, comercialicen, distribuyan o dispensen medicamentos o D.M o donde se realicen actividades de procesos de servicios farmacéuticos como: agencias de especialidades farmacéuticas, depósitos de drogas, farmacias-droguerías, droguerías.

4.14. 10. Oportunidad

4.15. El servicio farmacéutico garantizara la distribución y dispensación de medicamentos prescritos por el médico, asegurando que la personas encargadas de este labor proporcionen la información necesaria brindando seguridad y bienestar al usuario, contando con mecanismos para determinar si el usuario está insatisfecho para corregir estas debilidades.

4.16. 2. PROMOCIÓN

4.17. Impulsar estilos de vida saludables y el uso adecuado de los medicamentos y dispositivos médicos.

4.18. 8. INVESTIGACION

4.19. Realizar o participar en estudios relacionados

4.20. con medicamentos y D.M relacionados con la farmacia clínica.

4.21. 4. EFICACIA

4.22. El servicio farmacéutico garantizara al usuario el cumplimiento de objetivos de acuerdo a las normas de control, información y gestión de calidad.

5. se determina el modelo de gestión del servicio farmacéutico, se adapta el manual de condiciones esenciales y procedimientos, y se dictan otras disposiciones

5.1. se aplica a todas las personas que realicen actividades y procesos de servicios farmacéuticos

5.1.1. donde se almacenes, comercialicen, distribuyan o dispensen medicamentos o D.M

6. ARTÍCULO 11. ELABORACIÓN Y CONTENIDO DE LOS PROTOCOLOS.

6.1. En las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud el Comité de Farmacia

6.2. y Terapéutica, en colaboración con el Comité de Infecciones, cuando sea del caso, elaborará o sugerirá la adopción de los protocolos determinados en el artículo 10 de la presente resolución y los presentará para la aprobación del director, gerente o quien haga sus veces en dichas instituciones.

7. ARTÍCULO 9o. BUENAS PRÁCTICAS DEL SERVICIO FARMACÉUTICO.

7.1. conjunto de normas, procesos, procedimientos, recursos, mecanismos de control y documentación, de carácter técnico y/o administrativo, que aseguren el cumplimiento del objeto de la actividad o el proceso respectivo.

7.1.1. 7. IMPARCIALIDAD

7.1.1.1. Se deberá garantizar un

7.1.1.1.1. trato justo y sin ningún tipo de discriminación a sus usuarios.

7.1.2. 2. PREVENCION Prevenir factores de riesgo debido al uso inadecuado de medicamentos y D.M

7.1.2.1. Distribuir medicamentos y D.M e informar al paciente sobre su uso adecuado

7.1.3. 3. SUMINISTRO

7.1.3.1. Garantizar a sus usuarios, beneficiarios y

7.1.3.1.1. destinatarios la información y asesoría sobre el uso adecuado de los medicamentos y D.M para satisfacer las necesidades de atención en salud.

8. lll