1. Audiencia
1.1. La Real Audiencia fue el más alto tribunal judicial de apelación en las Indias, pues contó con jurisdicción civil y criminal y una amplia competencia extendida incluso al ámbito eclesiástico. ... Sobre la Audiencia sólo estaba el Consejo de Indias, al que únicamente se podía recurrir en los casos de mayor categoría
1.1.1. La primera Audiencia indiana fue establecida en Santo Domingo en 1511. A partir de 1527 y hasta 1563, la fundación de nuevas Audiencias en México, Panamá, Guatemala, Lima, Guadalajara, Santa Fe, Charcas, Quito y Chile, marcó el proceso de la colonización y del poder monárquico en América.
1.1.1.1. Las audiencias tienen la función de administrar la justicia entre los habitantes, velar por el cumplimiento de las instrucciones y las ordenanzas dadas por el rey. Además de su carácter consultivo, gozan de jurisdicción civil y criminal, y excepcionalmente, tienen competencias gubernativas y administrativas
2. Iglesia
2.1. Las órdenes religiosas que llegaron a nueva España fueron el clero secular y el clero regular; el clero secular tenía como tarea dividir y administrar los territorios con diócesis; ósea poner cada territorio al mando de un obispo o arzobispos, su función era erigir catedrales y nombrar curas
2.1.1. La religión católica fue un elemento clave en la expansión del Imperio español y fue fundamental en su desarrollo posterior al ser la Iglesia Católica un aliado político de los españoles y los conquistadores, quienes justificaron en todo momento sus acciones expansivas en el derecho divino y la enseñanza de la fe
2.1.1.1. El papel de la iglesia en las colonias fue más allá de la evangelización de los “infieles”. Así, apoyo a la monarquía en el establecimiento de instancias de control moral, social y político para los españoles en territorio ultramarino
3. Municipio
3.1. Municipio fueron las ordenanzas de población de Felipe II, en 1573, que regularon la fundación de pueblos y ciudades e instruyeron los consejos municipales como forma de Gobierno; es por ello que el primer Órgano de Gobierno que existió en la NuevaEspaña, fue del Ayuntamiento o Cabildo.
3.1.1. ara obligarlos a vivir en los centros de población, les eran concedidas ciertas garantías como las del respetarles los bienes que se encontraban en la propiedad comunal
4. BIBLIOGRAFÍA Historia verdadera de la conquista de la Nueva España León-Portilla Miguel, Díaz del Castillo Bernal, Cortés Hernán Año:2009 Edición:4a. ed Editorial Dastin Páginas: 402 / 550 ISBN 9788449201509 Universidad nacional autónoma de México la nueva España un reto al despotismo ilustrado tesis para optar al grado de maestría en historia latinoamericana Ana María Ghio 12 noviembre 1981 DOS PODERES ENFRENTADOS EN LA NUEVA ESPAÑA: IGLESIA VS. MONARQUÍA DURANTE EL VIRREINATO DEL MARQUÉS DE VILLAMANRIQUE (1585-1590)1. Naveg@mérica. Revista electrónica editada por la Asociación Española de Americanistas. 2020, n. 24. Recibido: 31-08-2019 Aceptado: 09-09-2019 ISSN 1989-211X. ARTÍCULOS DOS PODERES ENFRENTADOS EN LA NUEVA ESPAÑA: IGLESIA VS. MONARQUÍA DURANTE EL VIRREINATO DEL MARQUÉS DE VILLAMANRIQUE (1585-1590)1. María Vicens Hualde Universitad Autónoma de Madrid
5. El REY
5.1. Fue la máxima autoridad metropolitana y colonial, en consecuencia, su autoridad era suprema e inapelable en todos los asuntos del gobierno
5.1.1. Entonces no existía el concepto de división de poderes; el Rey era el supremo administrador, el supremo legislador y el supremo juez.
6. El ayuntamiento
6.1. organismo legislativo, impartidor de justicia y administrativo. Se realizaban sesiones ordinarias y extraordinarias, en ambos casos, se levantaba un acta y su contenido era público. También, se realizaban sesiones secretas sobre asuntos delicados, en este caso las actas no eran públicas.
6.1.1. Representante del rey y un cabildo. Hernán Cortés fue el primero en fungir como representante del rey. El cabildo, a su vez, se constituía de dos alcaldes, regidores y un procurador de justicia
6.1.1.1. Alcaldes eran dos y se elegían cada año entre las personas de buena reputación, el alcalde con más edad era nombrado alcalde mayor. Su responsabilidad era hacer cumplir las leyes. En ausencia del representante del rey, el alcalde mayor se encargaba de presidir el cabildo.
6.1.1.1.1. Los regidores eran responsables de la administración de la ciudad, el número de regidores fue creciendo, pasando de 12 a 20. Cada uno de ellos se hacía cargo de un área de administración específica de la ciudad, por ejemplo, encargado de obras públicas, encargado de los lugares de recreación pública, encargado del control de carros y coches privados, encargado de la fuerza pública, etc.
7. El virrey
7.1. El virrey ejercía el poder por tres años y dependía del soberano prolongarlo o no en el cargo. Era quien principalmente proclamaba las leyes y tenía la facultad de expedir reglamentos, ordenanzas, licencias, bandos, mercedes, decretos, etc.
7.1.1. El Reino de España, para administrar sus territorios coloniales, enviaba virreyes que representaban al rey. De este modo, la máxima autoridad de la colonia era el virrey, quien mandaba en nombre del rey.
7.1.1.1. Virrey era el representante del rey en una región que pertenecía al reino. Se trataba, por lo tanto, del título que ostentaba la persona que ejercía las prerrogativas del monarca en una colonia. La figura del virrey puede encontrarse en el periodo colonial del continente americano
8. Capitanías
8.1. Las Capitanías Generales en la América española designaban provincias o territorios que por encontrarse en situación fronteriza o estratégica relevante, tenían como autoridad superior a un gobernador civil o militar con categoría de capitán general
8.1.1. Conservaron una importante autonomía respecto al Virreinato correspondiente y era frecuente que sus límites jurisdiccionales coincidieran con los de una Gobernación o una Real Audiencia. Algunas de ellas dependían directamente del Rey de España
9. Intendencia
9.1. el ámbito colonial, el término Intendente se entendía como: la persona que dirige un gobierno en un territorio determinado. En palabras actuales equivale al Gobernador de un estado. Los antecedentes más remotos se ubican en Francia en el siglo XVI, cuyo sistema fue implementado en España a partir del siglo XVIII por el rey Felipe V de ascendencia francesa, estableciéndolas en Nueva España el 4 de diciembre de 1786.
9.1.1. La división territorial tomó como base las provincias existentes para formar doce intendencias, cuyos nombres fueron los de las ciudades capitales: México (sede de la Intendencia General o Superintendencia), Puebla, Veracruz, Mérida, Oaxaca, Valladolid, Guanajuato, Zacatecas, Durango y Arizpe.
9.1.1.1. Los Intendentes formaron parte de la Ciencia de la Policía, es decir, de la Ciencia de la Administración en el Estado Absoluto. Estos eran agentes del poder central y tenían importantísimas competencias como la de administrar justicia y la de gobernar, entre otras.