CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO

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1. Nociones básicas de Asamblea Constituyente, referéndum y plebiscito

1.1. Asamblea Constituyente: es un órgano previo a una asamblea (reunión de delegados) en el que son elegidos democráticamente, con legitimidad, son encargados de redactar/elaborar un nuevo proyecto de Constitución (CPE)

1.2. Referéndum/referendo: es el mecanismo de votación y consulta ciudadana en torno a la aprobación o rechazo referente a la creación, modificación, derogación (reforma parcial) o, abrogación (reforma total) de las leyes o CPE . Ejemplo: Referéndum revocatorio de 2008 y Referendo sobre la reelección: Bolivia dijo "NO a la REELECCIÓN”

1.3. Plebiscito:mecanismo de participación ciudadana propio de los regímenes democráticos que funge como instrumento de consulta directa a los votantes sobre algún asunto de excepcional importancia en la vida colectiva que, por comprometer el destino nacional,

2. Definición de la Constitución Política del Estado

2.1. la CPE también conocido como carta magna, es una norma suprema que organiza el conjunto del Estado boliviano; por esta razón es conocido como la columna vertebral/estructura del ordenamiento jurídico de Bolivia, porque de ella emanan las diferentes leyes existentes del país.

2.2. Bolivia desde 1825 a 2022, tuvo 19 reformas a la Constitución Política de Estado

2.3. La primera CPE fue redactada a iniciativa Simón Bolívar, elaborado por el Congreso General Constituyente el 6 de noviembre de 1826

3. La situación del sistema jurídico de Bolivia

3.1. Actualmente, la justicia boliviana presenta en una crisis estructural, donde existen muchísimos conflictos jurídico legales, que hacen que la población boliviana pierda confianza en el sistema judicial

3.2. “Bolivia tiene leyes vigentes para garantizar procedimientos legales efectivos y justos, pero su implementación en la práctica es una historia diferente

4. Jerarquía/pirámide normativa según Hans Kelsen y según el artículo 410 de la Constitución Política del Estado

4.1. Todas las personas, naturales y jurídicas, así como los órganos públicos, funciones públicas e instituciones, se encuentran sometidos a la presente Constitución.

4.2. La Constitución es la norma suprema del ordenamiento jurídico boliviano y goza de primacía frente a cualquier otra disposición normativa. El bloque de constitucionalidad está integrado por los Tratados y Convenios internacionales en materia de Derechos Humanos y las normas de Derecho Comunitario, ratificados por el país. La aplicación de las normas jurídicas se regirá por la siguiente jerarquía, de acuerdo a las competencias de las entidades territoriales

4.2.1. Constitución Política del Estado

4.2.2. Los tratados internacionales

4.2.3. Las leyes nacionales

4.2.4. Los estatutos autonómicos, las cartas orgánicas y el resto de legislación departamental, municipal e indígena.

4.2.5. Los decretos, reglamentos y demás resoluciones emanadas de los órganos ejecutivos correspondientes.

5. Constitución consigna las normas que regulan el sistema constitucional del Estado consagrando:

5.1. Valores supremos: ama qhilla, ama llulla, ama suwa (no seas flojo, no seas mentiroso ni seas ladrón).

5.2. Principios fundamentales: unidad, igualdad, inclusión, dignidad, libertad, solidaridad, reciprocidad, respeto, complementariedad, armonía, transparencia, equilibrio, igualdad de oportunidades, equidad social y de género en la participación, bienestar común, responsabilidad, justicia social y redistribución de los productos.

5.3. Derechos fundamentales: derecho a la vida, las mujeres no sufran violencia, los servicios básicos, la educación, la salud, la vivienda y otros derechos.

5.4. Garantías constitucionales: prohibición de tortura, presunción de inocencia, el debido proceso y otros. − Determina el funcionamiento de la estructura jurídica, política, social, económica del Estado