
1. CONCEPTO
1.1. Documento o registro contable utilizado para gestionar yy controlar el pago de salarios y beneficios alos empleados de una empresa
2. contrato de prestacion de servicios ES
2.1. Los trabajadores de una empresa se pueden vincular mediante un contrato de prestación de servicios, que no está regulado por la legislación laboral sino la civil, por lo que el contratante no asume ninguna obligación laboral.
2.1.1. La duración de un contrato de servicios es la que fijen las partes, pues la ley regula ese aspecto. En consecuencia, las partes libremente pueden pactar cuánto tiempo ha de durar el contrato de servicios.
2.1.2. Un contratista puede ser despedido en cualquier momento puesto que todo contrato es susceptible ser terminado por cualquiera de las partes, exista o no una justa causa.
2.2. un tipo de contrato en el cual no hay periodos de prueba, horas extras, liquidacion de contratos, indemnizaciones, licencias de maternidad y paternidad las asume ( la EPS) y parafiscales
3. contrato de aprendizaje es
3.1. Contrato de aprendizaje es aquel por el cual un empleado se obliga a prestar servicio a un empleador, a cambio de que éste le proporcione los medios para adquirir formación profesional metódica pueden ser del SENA Y universidades
3.1.1. En este tipo de contrato no hay un perido de prueba especifico
3.1.2. tampoco hay horas extras , ya que va encontra de la ley
3.1.3. En el caso del contrato de aprendizaje, la figura de las vacaciones es inexistente asi como las cesantias, prima de servicios y interes de cesantias
3.1.4. no se paga liquidación, indemnización ni prestaciones sociales, ni parafiscales.
3.1.5. Una licencia de maternidad y paternidad otorgada a una aprendiz, es causal de suspensión del contrato de aprendizaje, por lo que deben garantizársele a esta mujer en estado de embarazo todos los derechos que legalmente le asisten.
3.2. Referencias: https://www.mintrabajo.gov.co/ https://blog.alegra.com/tipos-de-contratos-laborales/ https://actualicese.com/https://www.sabermassermas.com/lo-que-debe-saber-sobre-el-contrato-a-termino-fijo-en-2021
4. CONTRATO A TERMINO INDEFINIDO
4.1. Este tipo de contrato la relacion laboral se considera continua hasta que una de las partes decida terminarla, siguiendo los procedimientos legales y acordados
4.1.1. Periodo de prueba: El período de prueba en un contrato a término Indefinido puede variar dependiendo de diversos factores, como el tipo de contrato y la duración acordada. Sin embargo, según el Código Sustantivo del Trabajo colombiano, el período de prueba en contratos a término fijo no puede exceder los dos meses
4.1.2. las horas extras : En Colombia, las horas extras en un contrato a término Indefinido están sujetas a las disposiciones legales establecidas en el Código Sustantivo del Trabajo. Según la legislación laboral colombiana, las horas extras se definen como aquellas que exceden la jornada laboral máxima establecida, que generalmente es de 8 horas diarias o 48 horas semanales
4.1.3. prima de servicios: En un contrato a término Indefinido en Colombia, la Prima de servicios es una prestación social que generalmente no aplica, ya que está asociada a los contratos laborales de carácter dependiente. La Prima de servicios es una compensación adicional equivalente a un mes de salario por año trabajado, o proporcional al tiempo laborado, que se paga en dos partes durante los meses de junio y diciembre de cada año a los trabajadores con contratos laborales dependientes.
4.1.4. las vacaciones: En un contrato a término Indefinido en Colombia, el pago de las vacaciones puede variar dependiendo de los términos y condiciones acordados en el contrato mismo. A diferencia de los contratos laborales dependientes, en los cuales se establece un período de vacaciones remuneradas, en los contratos a término independiente es común que la remuneración por las vacaciones no esté contemplada de manera explícita.
4.1.5. las cesantias: En un contrato a término Indefinido en Colombia, el pago de las cesantías puede variar dependiendo de los términos y condiciones establecidos en el contrato mismo. Las cesantías son una prestación social que corresponde a un mes de salario por cada año trabajado o proporcional al tiempo laborado. En el caso de un contrato a término independiente, generalmente no existe una obligación legal de pagar las cesantías, ya que estas son más comunes en los contratos laborales dependientes.
4.2. la liquidacion de contratos: los contratos a término Indefinido generalmente no están sujetos a una liquidación formal al finalizar el contrato, ya que se trata de una relación contractual diferente a la de un contrato laboral tradicional. Los contratos a término independiente se rigen por los términos y condiciones establecidos en el contrato mismo, así como por las disposiciones legales aplicables. En un contrato a término independiente, se acuerda una remuneración o honorarios a pagar al contratista independiente por los servicios prestados.
4.3. indemnizaciones: los contratos a término Indefinido generalmente no están sujetos a una indemnización en caso de terminación anticipada del contrato, ya que se trata de una relación contractual diferente a la de un contrato laboral tradicional.
4.3.1. 1. Revisar la cláusula de indemnización en el contrato: Verificar las condiciones específicas establecidas en el contrato a término Indefinido con respecto a la terminación anticipada y la indemnización correspondiente. Esto puede incluir una fórmula o un porcentaje a aplicar sobre el valor total del contrato o los honorarios acordados. 2. Evaluar el tiempo restante del contrato: Calcular el tiempo que falta para la finalización del contrato y determinar si se debe pagar una indemnización proporcional al tiempo restante. 3. Considerar los daños y perjuicios: Si la terminación anticipada del contrato a término independiente causa daños y perjuicios comprobables a una de las partes, estos pueden ser tomados en cuenta para calcular la indemnización. Es importante contar con evidencias y documentación que respalden los daños sufridos
4.4. intereses sobre cesantias: En un contrato a término Indefinido en Colombia, el pago de intereses sobre las cesantías puede variar dependiendo de los términos y condiciones establecidos en el contrato mismo. Los intereses sobre las cesantías corresponden a un porcentaje anual que se calcula sobre el saldo acumulado de las cesantías. En general, los intereses sobre las cesantías se deben pagar al trabajador al finalizar el contrato o al momento de retirar las cesantías acumuladas en el Fondo de Cesantías. El porcentaje de intereses a pagar es del 12% anual.
4.5. Indemnizaciones:
4.5.1. para calcular una indemnización en un contrato a término Indefinido , se pueden considerar los siguientes elementos: 1. Revisar la cláusula de indemnización en el contrato: Verificar las condiciones específicas establecidas en el contrato a término independiente con respecto a la terminación anticipada y la indemnización correspondiente. Esto puede incluir una fórmula o un porcentaje a aplicar sobre el valor total del contrato o los honorarios acordados. 2. Evaluar el tiempo restante del contrato: Calcular el tiempo que falta para la finalización del contrato y determinar si se debe pagar una indemnización proporcional al tiempo restante. 3. Considerar los daños y perjuicios: Si la terminación anticipada del contrato a término independiente causa daños y perjuicios comprobables a una de las partes, estos pueden ser tomados en cuenta para calcular la indemnización. Es importante contar con evidencias y documentación que respalden los daños sufridos.
4.6. Licencia de paternidad y maternidad: Según la legislación colombiana, tanto los padres como las madres tienen derecho a una licencia remunerada por el nacimiento o adopción de un hijo en contrato a término Indefinido en Colombia:
4.6.1. 1. Licencia de maternidad: - Duración: Las madres tienen derecho a una licencia de maternidad de 18 semanas, que pueden comenzar a tomar dos semanas antes de la fecha probable de parto y extenderse hasta 16 semanas después del parto. - Remuneración: Durante la licencia de maternidad, las madres reciben un subsidio equivalente al 100% de su salario promedio cotizado en los últimos tres meses. - Pago: El subsidio de maternidad es pagado por la Administradora de Fondos de Cesantías (AFC) o por la entidad pagadora de la seguridad social, dependiendo del régimen al que esté afiliada la trabajadora. 2. Licencia de paternidad: - Duración: Los padres tienen derecho a una licencia de paternidad de 8 días hábiles consecutivos, contados a partir del día del nacimiento del hijo. - Remuneración: Durante la licencia de paternidad, los padres reciben un subsidio equivalente al 100% de su salario promedio cotizado en los últimos tres meses. - Pago: El subsidio de paternidad es pagado por la Administradora de Fondos de Cesantías (AFC) o por la entidad pagadora de la seguridad social, dependiendo del régimen al que esté afiliado el padre.
5. CONTRATO DE OBRA O LABOR
5.1. este tipo de contrato es un acuerdo, entre un contratista o una persona u entidad que solicita un servicio en especifico,
5.2. Periodo de prueba:
5.2.1. En Colombia, el período de prueba en un contrato de obra o labor está reglamentado por el Código Sustantivo del Trabajo en el artículo 76. En este artículo se establece que el período máximo de prueba para los contratos de obra o labor no puede exceder de dos meses. Durante este período de prueba, tanto el empleador como el trabajador tienen la posibilidad de terminar el contrato sin ninguna obligación adicional. Sin embargo, si ninguna de partes las ejerce este derecho de terminación durante el período de prueba, el contrato se considerará aceptado y continuará su vigencia según lo estipulado.
5.3. las horas extras:
5.3.1. Según la legislación laboral colombiana, las horas extras son aquellas que se trabajan por encima de la jornada normal de trabajo establecida en el contrato de obra o labor. La jornada normal de trabajo en Colombia es de 48 horas semanales o 8 horas diarias. En el contrato de obra o labor en Colombia, se debe especificar si el trabajador puede realizar horas extras y bajo qué condiciones. Si el contrato lo permite, se deben establecer los términos y condiciones para la realización de las horas extras, como el pago adicional que debe recibir el trabajador por las horas extraordinarias trabajadas. El Código Sustantivo del Trabajo establece que las horas extras pueden ser remuneradas con un recargo del 25% sobre el valor de hora la ordinaria de trabajo durante la semana, y del 75% durante los domingos y festivos. No obstante, esta remuneración puede ser negociada y acordada entre el empleador y el trabajador, siempre y cuando no se establezcan condiciones menos favorables para el empleado.
5.4. la liquidacion de contratos:
5.4.1. La liquidación en contrato de obra o labor en Colombia se realiza cuando se ha terminado o finalizado la obra o labor contratada. En general, la liquidación consiste en un proceso en el cual se verifica que todos los términos y condiciones del contrato se hayan cumplido de manera satisfactoria. En el caso de un contrato de obra, la liquidación implica que se haya concluido la obra de acuerdo a lo estipulado en el contrato, incluyendo plazos, especificaciones técnicas y calidad. Se revisa que todos los trabajos hayan sido ejecutados correctamente, y se entreguen los documentos y certificaciones necesarios para acreditar la finalización de la obra. En un contrato de labor, la liquidación implica verificar que el trabajador haya cumplido con todas sus obligaciones laborales y que se haya pagado la totalidad de los salarios y prestaciones correspondientes. También se revisan otros aspectos como la entrega de herramientas o materiales de trabajo, seguros de vida o cualquier otro beneficio adicional que haya sido acordado en el contrato.
5.5. prima de servicios:
5.5.1. La Prima de servicios en un contrato de obra o labor en Colombia está regulada por el Código Sustantivo del Trabajo. Según este, código las personas que están contratadas bajo esta modalidad tienen derecho a recibir una prima de servicios equivalente al 30% de su salario mensual. La prima de servicios se paga en dos periodos: la mitad se debe pagar a más tardar el 30 de junio, y la otra mitad se debe pagar a más tardar el 20 de diciembre.
5.6. las vacaciones: En Colombia, el pago de las vacaciones de un empleado en un contrato de obra o labor se rige por el Código Sustantivo del Trabajo. Según este código, un empleado tiene derecho a 15 días hábiles de vacaciones por cada año de trabajo.
5.6.1. El pago de vacaciones se realiza de la siguiente manera: 1. Salario: Durante las vacaciones, el empleado tiene derecho a recibir su salario normal, es decir, el salario que ha venido percibiendo durante su período de trabajo. 2. Prima de servicios: Adicionalmente al salario, el empleado tiene derecho a recibir el pago de la prima de servicios correspondiente al año en curso. La prima de servicios equivale a un mes de salario por cada año trabajado, y se paga en dos cuotas: la primera mitad antes del 30 de junio y la segunda mitad antes del 20 de diciembre. 3. Recargos: Si durante el período de vacaciones, el empleado trabaja horas extras o en días festivos, tiene derecho a recibir los recargos correspondientes según lo establecido por la ley. Es importante tener en cuenta que el empleador debe programar las vacaciones en acuerdo con el empleado, teniendo en cuenta las necesidades de la empresa. Además, si el contrato de obra o labor termina antes de que el empleado pueda tomar sus vacaciones, el empleador debe pagarle una indemnización sustitutiva por los días de vacaciones no disfrutados.
5.7. las cesantias: En Colombia, el pago de las cesantías de un empleado en un contrato de obra o labor se rige por la Ley 50 de 1990 y el Código Sustantivo del Trabajo. Las cesantías son una prestación social a la que tiene derecho todo empleado, y se pagan de la siguiente manera
5.7.1. 1. Fondo de cesantías: El empleador debe consignar las cesantías de cada empleado en un fondo de cesantías, ya sea en una entidad financiera o en un fondo de cesantías administrado por una sociedad fiduciaria autorizada. Esta consignación debe hacerse antes del 15 de febrero de cada año y debe ser equivalente al 12% del salario devengado por el empleado en el año anterior. 2. Liquidación y pago: El empleado tiene derecho a recibir el pago de sus cesantías, junto con los intereses generados, en las siguientes situaciones: - Terminación del contrato de trabajo: Si el contrato de obra o labor termina, el empleado tiene derecho a recibir el pago de sus cesantías en un plazo no mayor a los 30 días siguientes a la terminación del contrato. 3. Intereses sobre las cesantías: Las cesantías generan intereses a favor del empleado. Según la ley, el empleador debe reconocer un interés del 12% anual sobre las cesantías, prorrateado mensualmente. Estos intereses se liquidan y se pagan junto con las cesantías
5.8. intereses sobre cesantias: En Colombia, los intereses sobre las cesantías de un empleado en un contrato de obra o labor se calculan y pagan de la siguiente manera:
5.8.1. 1. Tasa de interés: Según la Ley 789 de 2002, la tasa de interés para el pago de cesantías es del 12% anual, prorrateado mensualmente. Esta tasa es fijada por el Gobierno Nacional y se aplica a todas las cesantías, independientemente del tipo de contrato. 2. Cálculo de los intereses: Los intereses sobre las cesantías se calculan de forma proporcional al tiempo trabajado por el empleado. Se toma en cuenta el periodo comprendido entre el primero de enero y el 31 de diciembre de cada año. 3. Pago de los intereses: Los intereses generados sobre las cesantías se pagan junto con las cesantías acumuladas. El empleador está obligado a reconocer y pagar estos intereses en el momento en que se liquiden y paguen las cesantías, ya sea por terminación del contrato de trabajo o por solicitud del empleado.
5.9. indemnizaciones: En Colombia, el cálculo de la indemnización en un contrato de obra o labor se rige por el Código Sustantivo del Trabajo y la jurisprudencia laboral. La indemnización se calcula de la siguiente manera
5.9.1. 1. Terminación del contrato: Si el contrato de obra o labor termina antes de su fecha de vencimiento, el empleado tiene derecho a recibir una indemnización equivalente al 30% de los salarios y prestaciones sociales devengados durante el tiempo que faltaba para la terminación del contrato. 2. Contrato a término fijo: Si el contrato de obra o labor es a término fijo y termina al vencimiento del plazo acordado, no se genera indemnización, a menos que exista una cláusula específica en el contrato que establezca lo contrario. 3. Contrato a término indefinido: Si el contrato de obra o labor es a término indefinido y se termina sin justa causa, el empleado tiene derecho a recibir una indemnización que varía según el tiempo de servicio
5.10. Licencia de paternidad y maternidad:En Colombia, la licencia de paternidad y maternidad está regulada por la Ley 1822 de 2017. Esta ley establece los derechos y beneficios para los trabajadores en términos de licencia por maternidad y paternidad, incluyendo aquellos que se encuent enran un contrato de obra o labor.
5.10.1. 1. Licernidad: Según la ley, las mujeres tienen derecho a una licencia de maternidad remunerada de 14 semanas, tanto en contratos a término fijo como indefinido. Durante este periodo, la trabajadora tiene derecho a recibir el pago de su salario y prestaciones sociales correspondientes. 2. Licencia de paternidad: Según la ley, los hombres tienen derecho a una licencia de paternidad remunerada de 8 días hábiles consecutivos, tanto en contratos a término fijo como indefinido. Durante este periodo, el trabajador tiene derecho a recibir el pago de su salario y prestaciones sociales correspondientes.
6. CONTRATO A TERMINO FIJO
6.1. un contrato a termino fijo es un acuerdo en que un empleador y un empleada en el que se establece la relacion laboral, tendra una duracion especifica y se terminara automaticamente al finalizar dicho periodo
6.1.1. el período de prueba puede pactar hasta por máximo dos meses segun el cogido sustantivo de trabajo
6.1.2. las horas extras en este tipo de contrato debe ser remunerdas en un 25 % adicional sobre el valor de la hora ordinaria
6.1.3. la liquidacion de contratos
6.1.3.1. prima de servicios: se calcula en proporcion al tiempo trabajado, durante el años , se paga en forma proporcional a los meses laborados
6.1.3.2. las vacaciones: se pagan de acuerdo al CST, cuando el empleado haya trabajo por un año completo la duracion de la vaciones dependende los dias laborados en el año
6.1.3.2.1. la fórmula es la siguiente: (Días trabajados x 15) ÷ 360 .
6.1.3.3. las cesantias: se liquidan en proporcion al tiempo trabajado y se pagan al empleado
6.1.3.3.1. el cálculo de las cesantías con la siguiente fórmula: Cesantías = salario mensual X días trabajados / 360 (días)
6.1.3.4. intereses sobre cesantias: se liquidan y se pagan al empleado segun las tasas actualizadas establecidas por la ley
6.1.3.4.1. La fórmula para calcular los intereses a las cesantías es: Cesantías x Días trabajados x 0,12 ÷ 360 . 2. El empleador tiene plazo para consignar los intereses a las cesantías a más tardar el 31 de enero del año siguiente
6.1.4. indemnizaciones
6.1.4.1. la indemnización es igual al tiempo que hizo falta para que el término del contrato expirara,pues se toma los meses que faltaron para cumplir el término acordado y se multiplica por el salario mensual del trabajador.
6.1.4.1.1. Existen algunas excepciones o situaciones peciales que pueden afectar el calculo de la indemnizacion se debe consultar el CST
6.1.5. Licencia de paternidad y maternidad: tanto el padre como la madre tienen derecho a disfrutar a una licencia remunerada por el nacimiento de un hijo
6.1.5.1. En el caso de la madre tienederecho a un descanso remunerado de 18 semanas , las cuales pueden ser distribuidas antes o despues del parto
6.1.5.2. En el caso del padre tiene derecho a un descanso remunerado de 8 dias habiles, que pueden ser tomadas dentro de las ocho semanas posteriores al nacimiento del hijo
6.1.6. ParaFiscales: los fiscales pueden ser contratados bajo esta modalidad, siempre y cuando se cumplan con los requisitos establecidsos por la ley.
6.1.6.1. en caso de los fiscaales, su contrato a termino fijo puede estar relacionada con proyectos o labores especificas que tengan un tiempo definido de ejecucion.