
1. Habeas Data
1.1. protección de datos personales
1.1.1. Ley 1581 de 2012
1.1.1.1. Reconoce y protege el derecho que tienen todas las personas a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bases de datos o archivos que sean susceptibles de tratamiento por entidades de naturaleza pública o privada.
1.1.1.1.1. Principios
1.1.1.1.2. Derechos de los títulares
1.1.1.1.3. obligaciones de las empresas
1.1.1.1.4. transferencia internacional de datos
1.1.1.1.5. sanciones
1.1.2. Ley 1266 de 2008
1.1.2.1. Conocida como “LEY DE HABEAS DATA FINANCIERO”, desarrolla el derecho constitucional que tienen todas las personas a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en Bancos de Datos, relacionadas con la recolección, tratamiento y circulación de datos personales particularmente en relación con la información financiera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países.
1.1.2.1.1. principios
1.1.2.1.2. derechos
1.1.3. Ley 1273 de 2009
1.1.3.1. Creó nuevos tipos penales relacionados con delitos informáticos y la protección de la información y de los datos con penas de prisión de hasta 120 meses
1.1.3.1.1. Artículo 269A: Acceso abusivo a un sistema informático.
1.1.3.1.2. Artículo 269B: Obstaculización ilegítima de sistema informático o red de telecomunicación.
1.1.3.1.3. Artículo 269C: Interceptación de datos informáticos.
1.1.3.1.4. Artículo 269D: Daño Informático.
1.1.3.1.5. Artículo 269E: Uso de software malicioso.
1.1.3.1.6. Artículo 269F: Violación de datos personales.
1.1.3.1.7. Artículo 269G: Suplantación de sitios web para capturar datos personales.
1.2. Derecho al olvido
1.2.1. Las sanciones o informaciones negativas acerca de una persona no tienen vocación de perennidad y, en consecuencia después de algún tiempo tales personas son titulares de un verdadero derecho al olvido. Sentencia T-414 de 1992
1.2.1.1. Se exeptua la información de antecedentes penales
1.2.1.1.1. En sentencia T-450 de 2022; al estudiar el expediente T-8.448.764 (OMFS), La corte Constitucional decidió revicar las sentencias de Tutela que ordenaban a la Policía Nacional expedir certificado que digera que el accionante "no registra antecedentes" cuando era claro que si tenia.
1.2.2. Es “la facultad que tiene el titular del dato personal a eliminar o bloquear información personal que se considera obsoleta por el paso del tiempo o que vulnera sus derechos fundamentales” (José Ramón Soler & Vicente Guasch, 2015)
1.2.2.1. El desarrollo jurisprudencial del derecho al olvido se ha hecho principalmente frente a las bases de datos crediticias y financieras.
1.2.2.1.1. Este derecho, también conocido como el principio de la caducidad del dato negativo
1.2.2.2. También es aplicable a los datos negativos relacionados con otros escenarios como redes sociales,
1.2.2.2.1. María Salomém fue victima de ciberacoso en el año 2014, mientras realizaba una maestría en el extranjero. Alguíen de forma malintensionada envió infomarción falsa sobre la tesis de Maria Salomé a su universidad en colombia y a una página web llamada plagiosos.org, https://dernegocios.uexternado.edu.co/comercio-electronico/sic-ciberacoso-y-derecho-al-olvido/
1.2.2.3. Datos de información periodistica: En principio La ley 1581 de 2012, no aplica sobre bases de datos o archivos con información periodistica. La aplicación del derecho al habeas data tendrá que darse con base en las disposiciones constitucionales que regulan de forma genérica esta garantía. Sentencia T-277 de 2015
1.2.2.3.1. En la sentencia T-277 de 2015: se genera el precedente judicial respecto del derecho al olvido por información periodistica que se aloja en internet