Analices de la Normativa Laboral Ecuatoriana

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1. Derecho y Obligaciones del Empleador

1.1. - Afiliacion a la Seguridad Social - Percibir como minimo el sueldo basico - Un perdiodo de licencia por maternidad - Vacaciones laborares remuneradas - Decimos terceros y cuartos en fechas establecidas

2. Derechos y Obligaciones del Trabajador

2.1. -Ejecutar el trabajo en los tiempos establecidos y acordados -Obtener buena conducta durante el tiempo de funciones -Guardas escrupulosamente los registros tecnicos -Dar aviso al empleador cuando por causa justa falte al trabajo

3. Contrato Individual de Trabajo

3.1. Cuando hacemos referencia al término contrato, consideramos que la relación laboral se origina y se rige por un negocio jurídico, cuando en definitiva, surge por el hecho objetivo de la realización del trabajo ajeno y dependiente, cumplido por el beneficio de la retribución económica. Se debe considerar que el contrato de trabajo genera una vinculación, entre las partes interesadas, que realizan en el tiempo, a la que se denomina relación de trabajo.

4. Tipos de Contrato

4.1. - Contrato Temporal - Contrato de Informacion - Contrato de Practicas o pasantias - Contrato de Planta

5. Causas para dar por terminado la relacion laboral

5.1. - Por causas previstas en el contrato. - Por conclusión de la obra o período de labor. - Muerte del trabajador o incapacidad del empleador. - Extinción de la persona jurídica. - Por insolvencia. - Por caso fortuito o fuerza mayor.

6. Salario Digno

6.1. Tal como lo establece el Art.81 del Código del Trabajo, los sueldos y salarios se estipularán libremente, pero en ningún caso podrán ser inferiores a los mínimos establecidos por la correspondiente comisión sectorial o al mínimo del trabajador en general.

7. Concepto Empleador y Trabajador

7.1. Empleador.- Es un autónomo o sociedad que hace un contrato de trabajo. El trabajador hace las funciones de su puesto de trabajo a cambio de una remuneración mínima legales.

7.2. Trabajdor.- Persona que presta servicios o conocimientos que son retribuidos por otra persona, a la cual el trabajador se encuentra subordinado, pudiendo ser una persona en particular, una empresa o también una institución. Esto es considerado dependiente de otra persona.

8. Relacion de Dependencia

8.1. Una relación de dependencia, es un vínculo en el cual uno de los elementos depende del otro. Un trabajador se encontrará en relación de dependencia cuando la prestación de servicios que brinde a su empleador estuviese sujeta a las órdenes y directivas que aquél le impartiera, y perciba por ello el pago de una remuneración

9. Elementos esenciales del Contrato

9.1. La definición acogida por nuestro Código del Trabajo, se deduce que los elementos del contrato son las partes contratantes, el objeto (servicios lícitos), la dependencia, la remuneración y el plazo. Esta es una de las partes mas importantes en un contrato ya que son aquellos detalles en que los trabajadores deben informarse de su actividad proxima.

10. Jornada de Trabajo

10.1. Por disposición del Art. 47 del Código del Trabajo, la jornada máxima de trabajo, será de ocho horas diarias, de manera que no excedan de cuarenta horas semanales, salvo por disposición de la ley contraria establecida.

11. Despido Intempestivo o Suspension

11.1. El despido intempestivo es la terminación de la relación laboral, realizada de manera unilateral por parte del empleador, dicho en otras palabras, es el aviso mediante el cual, el empleador le hace conocer al trabajador, que es su voluntad dar por terminada la relación laboral, de conformidad a lo determinado en el artículo 188 del Código de Trabajo.

12. Ley Humanitaria con relacion a la parte laboral

12.1. Se implementa una nueva modalidad de contratación atípica que nos refiere al contrato a plazo fijo anteriormente eliminado y se define como aquel contrato individual de trabajo por tiempo definido que se celebra para la sostenibilidad de la producción y fuentes de ingresos en situaciones emergentes, se celebrará por el plazo máximo de un año y podrá ser renovado por una sola vez por el mismo plazo.

12.2. Reducción emergente de la Jornada de Trabajo por eventos de fuerza mayor o caso fortuito debidamente justificados, el empleador podrá reducir la jornada laboral, hasta un máximo del 50%. El sueldo o salario del trabajador corresponderá, en proporción, a las horas efectivamente trabajadas, y no será menor al 55% de la fijada previo a la reducción; y el aporte a la Seguridad Social pagarse con base en la jornada reducida. Esta reducción podrá aplicarse hasta por un (1) año, renovable por el mismo periodo, por una sola vez.