Estructura funcional del servicio farmacéutico hospitalario

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Estructura funcional del servicio farmacéutico hospitalario da Mind Map: Estructura funcional del servicio  farmacéutico hospitalario

1. Normatividad

1.1. Decreto 1403 de 2007

1.1.1. Determina el Modelo de Gestión del Servicio Farmacéutico,

1.1.2. Se adopta el Manual de Condiciones Esenciales y Procedimientos y se dictan otras disposiciones

1.2. Resolución 3100 de 2019

1.2.1. Definen los procedimientos y condiciones de inscripción de los prestadores de servicios de salud y de habilitación de los servicios de salud

1.2.2. Adopta el Manual de Inscripción de Prestadores y Habilitación de Servicios de Salud

1.3. Decreto 780 de 2016

1.3.1. Decreto único Reglamentario del sector Salud

1.3.2. Compila y racionalizarlas normas de carácter reglamentario que rigen en el sector Salud

2. Función

2.1. Planificar, organizar, dirigir, coordinar y controlar los servicios relacionados con los medicamentos y dispositivos médicos ofrecidos a los pacientes y a la comunidad en general (Decreto 780 de 2016) (Resolución 1403 de 2007)

2.2. Promover estilos de vida saludables y el uso adecuado de los medicamentos y dispositivos médicos (Decreto 780 de 2016) (Resolución 1403 de 2007)

2.3. Seleccionar, adquirir, recepcionar y almacenar, distribuir y dispensar medicamentos y dispositivos médicos (Decreto 780 de 2016) (Resolución 1403 de 2007)

2.4. Realizar preparaciones, mezclas, adecuación y ajuste de concentraciones de dosis de medicamentos, Participar en los Comités de Farmacia y Terapéutica, de Infecciones y de Bioética, de la institución. (Decreto 780 de 2016) (Resolución 1403 de 2007)

2.5. Ofrecer la atención farmacéutica a los pacientes que la requieran. (Decreto 780 de 2016) Resolución 1403 de 2007) (Resolución 1403 de 2007)

2.6. Participar en la creación y desarrollo de programas relacionados con los medicamentos y dispositivos médicos, farmacovigilancia, uso de antibióticos y uso adecuado de medicamentos. (Resolución 1403 de 2007)

2.7. Realizar o participar en estudios relacionados con medicamentos y dispositivos médicos, que conlleven el desarrollo de sus objetivos, especialmente aquellos relacionados con la farmacia clínica. (Decreto 780 de 2016) (Resolución 1403 de 2007)

2.8. Obtener y difundir información sobre medicamentos y dispositivos médicos, especialmente, informar y educar a los miembros del grupo de salud, el paciente y la comunidad sobre el uso adecuado de los mismos. (Resolución 1403 de 2007)

2.9. Desarrollar y aplicar mecanismos para asegurar la conservación de los bienes de la organización y del Estado, así como, el Sistema de Gestión de la Calidad de los procesos, procedimientos y servicios ofrecidos. (Decreto 780 de 2016) (Resolución 1403 de 2007)

3. Requisitos

3.1. Disponer de una infraestructura física de acuerdo con su grado de complejidad, número de actividades y/o procesos que se realicen y personas que laboren. Resolución 1403 de 2007

3.2. Contar con una dotación, constituida por equipos, instrumentos, bibliografía y materiales necesarios para el cumplimiento de los objetivos de las actividades y/o procesos que se realizan en cada una de sus áreas. Resolución 1403 de 2007

3.3. Disponer de un recurso humano idóneo para el cumplimiento de las actividades y/o procesos que realice. Resolución 1403 de 2007

4. Forma de prestación del Servicio

4.1. Servicio farmacéutico independiente.

4.1.1. Es aquel que es prestado a través de establecimientos farmacéuticos. (Decreto 780 de 2016)

4.2. Servicio Farmacéutico Dependiente

4.2.1. Esta a cargo de una IPS el que además de las disposiciones del presente Capítulo debe cumplir con los estándares del Sistema Único de Habilitación del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad en Salud. (Decreto 780 de 2016)

5. Objetivos

5.1. Promover y propiciar estilos de vida saludables.(Decreto 780 de 2016)

5.2. Prevenir factores de riesgo derivados del uso inadecuado de medicamentos y dispositivos médicos y promover su uso adecuado.(Decreto 780 de 2016)

5.3. Suministrar los medicamentos y dispositivos médicos e informar a los pacientes sobre su uso adecuado.(Decreto 780 de 2016)

5.4. Ofrecer atención farmacéutica a los pacientes y realizar con el equipo de salud, todas las intervenciones relacionadas con los medicamentos y dispositivos médicos necesarias para el cumplimiento de su finalidad.(Decreto 780 de 2016)

6. Grados de Complejidad

6.1. Baja

6.1.1. Se presta en instituciones como centros de salud IPS y hospitales de primer nivel de atención. (Decreto 780 de 2016)

6.1.1.1. Procesos

6.1.1.1.1. Selección, adquisición, recepción, almacenamiento, distribución, dispensación y participación en grupos interdisciplinarios. (Decreto 780 de 2016)

6.2. Media y Alta

6.2.1. Servicio que se presta en instituciones como IPS y Hospitales de segundo nivel, de Alta complejidad IPS y Hospitales de tercer y cuarto nivel. (Decreto 780 de 2016)

6.2.1.1. Procesos adicionales a los de baja complejidad

6.2.1.1.1. Atención Farmacéutica, preparación de magistrales, mezclas de nutrición parenteral, mezclas y/o adecuación y ajuste de medicamentos oncológicos, uso de antibióticos, farmacia clínica adecuación o ajuste para cumplir con la dosis prescrita, reempaque y/o reenvase de medicamentos, preparaciones extemporáneas, control (Decreto 780 de 2016)

6.2.1.1.2. Dispensación y distribución de radiofármacos, investigación clínica, realización o participación en estudios de farmacoepidemiología y cualquier tema de interés para el paciente, el servicio farmacéutico, las autoridades del sector y la comunidad. (Decreto 780 de 2016)

7. Referencias

7.1. Ministerio de Salud y protección Social . (14 de Mayo de 2007). Resolución 1403 de 2007. Obtenido de https://www.invima.gov.co/documents/20143/453029/Resoluci%C3%B3n+1403+de+2007.pdf/6b2e1ce1-bb34-e17f-03ef-34e35c126949

7.2. Ministerio de Salud y Protección Social. (6 de Mayo de 2016). DECRETO NÚMERO 780 DE 2016. Obtenido de https://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Decreto%200780%20de%202016.pdf

7.3. Ministerio de Salud y Protección Social . (25 de Noviembre de 2019). Resolución 3100 de 2019. Obtenido de https://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Resoluci%C3%B3n%20No.%203100%20de%202019.pdf