Semana 6 - Derechos humanos y políticas pública - El enfoque basado en derechos, ¿Qué es y cómo s...

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Semana 6 - Derechos humanos y políticas pública - El enfoque basado en derechos, ¿Qué es y cómo se aplica a las políticas públicas? - Carlos Alza Barco da Mind Map: Semana 6 - Derechos humanos y políticas pública - El enfoque basado en derechos, ¿Qué es y cómo se aplica a las políticas públicas? - Carlos Alza Barco

1. A manera de colofón

1.1. El EBD propone una nueva forma de mirar el mundo, y de tomar decisiones en el Estado, en suma, de hacer política pública y gestión pública

1.2. El esfuerzo de vincular la academia con la experiencia profesional en el Estado debe seguir siendo una ruta por la que debemos transitar para mejorar el diseño y la implementación del EBD en nuestros diversos países. Un proceso que está en permanente construcción.

2. ¿Cómo se aplica el EBD? Pasos básicos para la aplicación del EBD en políticas públicas

2.1. 1. Delimitar la política pública a analizar

2.1.1. Identificar y delimitar en qué política pública se desea implementar y cuáles serán los elementos a ser tomados en consideración en el análisis.

2.1.2. Definición de política pública

2.1.2.1. Proceso decisional complejo en el que interactúan múltiples actores con el fin de resolver un problema público o crear resultados valiosos para el ciudadano o comunidad

2.1.3. Ejemplo de la "Política de agua y saneamiento" en el Perú

2.1.3.1. ...

2.1.3.2. ...

2.2. 2. Delimitar el derecho

2.2.1. 2.1 Identificación del derecho a partir de estándares internacionales y nacionales

2.2.1.1. Los derechos humanos son interdependientes e interrelacionados, motivo por el cual una política pública puede estar afectando muchos derechos a la vez.

2.2.1.2. Cada política responde a resolver principalmente un problema público.

2.2.1.2.1. Por ejemplo, las políticas educativas se orientan a hacer vigente el derecho a la educación; las políticas de salud, el derecho a la salud; las de vivienda, el derecho a la vivienda; las políticas de saneamiento, el derecho al agua potable; y así cada una.

2.2.1.3. Para efectos del análisis es preciso empezar con el derecho más directamente relacionado con el problema público a resolver, y, por supuesto, construir progresivamente el análisis sobre los demás derechos con el fin de lograr la integralidad de los mismos.

2.2.1.4. Ejemplo de la "Política de agua y saneamiento" en el Perú

2.2.1.4.1. ...

2.2.1.4.2. ...

2.2.2. 2.2 Contenidos del derecho

2.2.2.1. Es necesario verificar si los contenidos de los derechos han sido desarrollados y tomados en cuenta para efectos de las decisiones de política y diseño institucional adoptadas.

2.2.2.2. Establecer los elementos del contenido del derecho requiere reconocer en qué consiste el principal derecho que la política quiere hacer vigente; es decir, establecer el contenido operativo de este derecho

2.2.2.2.1. Sobre la base del contenido del derecho es que el EBD se va a verificar en una política en particular.

2.2.2.3. Se deben seguir 2 pasos:

2.2.2.3.1. Identificar los estándares de los derechos a partir de los instrumentos de derechos humanos en los que se encuentran reconocidos

2.2.2.3.2. Identificar el contenido mínimo de los derechos

2.3. 3. Identificar las obligaciones estatales

2.3.1. Tipo de obligaciones

2.3.1.1. Respetar

2.3.1.1.1. Exige al Estado que se abstenga de injerir, obstaculizar o impedir, directa o indirectamente en el ejercicio del derecho, y que entregue bienes o preste servicios públicos de buena calidad.

2.3.1.2. Proteger

2.3.1.2.1. Los Estados están obligados a impedir que terceros (particulares, grupos, empresas, otras instituciones, o quienes actúen en su nombre), menoscaben de algún modo el disfrute del derecho de las personas.

2.3.1.2.2. Incluye:

2.3.1.3. Garantizar

2.3.1.3.1. El Estado debe asegurar que el titular del derecho haga efectivo el derecho en los casos en que no puede hacerlo por sí mismo con los medios a su disposición.

2.3.1.3.2. La efectivización del derecho puede ser realizada por el mismo o por terceros privados siempre que lo hagan en nombre o bajo control del Estado.

2.3.1.3.3. En el caso de prestaciones de bienes y servicios públicos, se deben realizar de manera adecuada y de buena calidad.

2.3.1.4. Promover

2.3.1.4.1. Supone que el Estado adopte las medidas para que se difunda información adecuada acerca de las condiciones, formas, contenido y ejercicio del derecho y facilite que:

2.3.2. No solo se debe identificar cuáles son las obligaciones del Estado sino también establecer con precisión cuáles son éstas respecto de cada dimensión o elemento del derecho identificado.

2.3.2.1. Esto permite tener las decisiones concretas que el Estado debe adoptar para satisfacer los diversos contenidos de los derechos.

2.3.3. Ejemplo de la "Política de agua y saneamiento" en el Perú

2.3.3.1. Obligaciones estatales por elemento del derecho al agua

2.3.3.1.1. Disponibilidad

2.3.3.1.2. Accesibilidad

2.3.3.1.3. Calidad

2.3.3.1.4. Adaptabilidad

2.4. 4. Verificar los principios transversales

2.4.1. Los principios transversales del EBD se entienden como marcos asentados por la comunidad internacional que establecen límites que deben ser respetados al momento de adoptar políticas de promoción y protección de derechos humanos.

2.4.1.1. Establecen lo que sería el ámbito de aplicación del EBD y orientan el mismo uso del Enfoque, entendido como instrumento de “aplicación” de los derechos humanos.

2.4.2. Principios transversales de acuerdo a las Naciones Unidas

2.4.2.1. Igualdad y no discriminación

2.4.2.1.1. Bajo este principio es importante:

2.4.2.1.2. Enfoques que sirven de guía y referente para la toma de decisiones de política pública, tomando en consideración el principio de igualdad y no discriminación, y en la búsqueda de visibilizar grupos históricamente discriminados o que han sufrido discriminación en sus derechos:

2.4.2.2. Progresividad y no regresividad

2.4.2.2.1. Es importante:

2.4.2.2.2. Este principio obliga a que los derechos se prioricen al momento de realizar la disposición de los recursos estatales; es decir, es un límite a su discrecionalidad.

2.4.2.3. Participación ciudadana en la toma de decisiones

2.4.2.3.1. Es relevante:

2.4.2.4. Transparencia y rendición de cuentas

2.4.2.4.1. Es relevante:

2.4.2.4.2. Se plantean una serie de estrategias, destacando las siguientes:

2.5. 5. Establecer contenidos específicos de la política para verificar el EBD

2.5.1. ¿Qué aspecto es necesario analizar de la política pública?

2.5.1.1. La estructuración del problema público a resolver y las alternativas de solución (cuyo centro debería ser la persona)

2.5.1.2. La arquitectura institucional (el rol rector, de coordinación y articulación de políticas, así como la estructura organizacional y sus capacidades técnicas, presupuestales y de recursos humanos)

2.5.1.3. Las políticas y estrategias (objetivos, líneas de acción y tácticas operativas)

2.5.1.4. Los programas y proyectos (que son las operaciones, reglas y actividades conducentes a la implementación de la política y la estrategia)

3. Elaborado por: Guillermo Wong Ortecho

4. ¿Qué es el EBD?

4.1. Marco conceptual para el proceso de desarrollo humano que está basado en las normas internacionales de derechos humanos y está orientado a la promoción y la protección de los derechos humanos.

4.2. Origen

4.2.1. Las agencias de cooperación para el desarrollo en los años 90 utilizaron este enfoque, tanto en sus prácticas como en sus relaciones con los Estados y la sociedad civil, en particular, en los países en desarrollo a los que prestan ayuda.

4.2.2. Grandes ONG como Amnistía Internacional y las principales agencias de cooperación para el desarrollo como el DFID incorporaron dicho discurso con más fuerza, recién hacia inicios de 2000.

4.2.3. Los derechos económicos y sociales poco a poco fueron retomando su importancia, aunque poniéndose mayor énfasis en su exigibilidad, recién hacia fines de los noventa e inicios del 2000.

4.2.4. Es en el marco de esta discusión que surge el denominado “Enfoque de Derechos”.

4.3. ¿Qué es?

4.3.1. Es un instrumento metodológico

4.3.1.1. Instrumento metodológico que usa el discurso de la teoría constitucional e internacional de los derechos humanos, e incorpora la siguiente dimensión política en el análisis:

4.3.1.1.1. La decisión pública adoptada a través de las políticas públicas del Estado, quien se hace principal responsable de la vigencia de los derechos y pone al ciudadano al centro de toda decisión.

4.3.1.2. Este marco conceptual y metodológico ha tenido dificultades en su aplicación

4.3.1.2.1. La norma le dice al tomador de decisión que existe un derecho del cual es sujeto obligado de protección, pero no le dice en qué consiste, cuál es su contenido, ni cuáles son las acciones que debe tomar para resolver su tutela.

4.3.1.2.2. Tampoco ha resuelto los dilemas de la decisión pública relacionados a la priorización de los problemas a resolver o las alternativas de solución.

4.3.1.3. Aun cuando no existe una receta universal para el EBD, los organismos de las Naciones Unidas han delimitado dicho enfoque, acordando un conjunto de atributos fundamentales:

4.3.1.3.1. Cuando se formulen las políticas y los programas de desarrollo, el objetivo principal deberá ser la realización de los derechos humanos.

4.3.1.3.2. Este enfoque identifica a:

4.3.1.3.3. Los principios y las normas contenidos en los tratados internacionales de derechos humanos deben orientar toda la labor de cooperación y programación del desarrollo en todos los sectores y en todas las fases del proceso de programación.

4.3.2. Es un criterio ético para el desarrollo

4.3.2.1. Es un criterio ético ya que constituye una forma particular de asumir el papel del Estado y una forma de accionar y movilizar la maquinaria y el poder estatal para lograr el desarrollo.

4.3.2.2. Responde al modelo de expansión de capacidades propuesto por Amaryta Sen, el cual difiere del enfoque de necesidades radicales o básicas (needs-based approach) y del enfoque utilitarista (cost-based analysis) en los criterios para adoptar decisiones de política pública.

4.3.2.3. El EBD permite

4.3.2.3.1. Dejar de considerar como noción base del desarrollo, la simple generación de riqueza y el aseguramiento de más recursos para prestar servicios a grupos marginales.

4.3.2.3.2. Superar el enfoque asistencial y pasar del espacio de estrategias de desarrollo de satisfacción de necesidades, provisión de servicios y generación de infraestructura (enfoque basado en necesidades), a una más profunda de apropiación de derechos, y por tanto, de generación de ciudadanía.

4.3.2.3.3. Superar los análisis utilitarios que focalizan la atención donde los recursos lleguen a mayor población, aun cuando los problemas sean menos serios; o la simple búsqueda de impacto cuantitativo que, por ejemplo, suele llevar a la elección pública basada en intereses electorales.

4.3.2.4. El EBD implica también una posición ética frente a la acción del Estado y la sociedad.

4.3.2.5. El EBD es un instrumento transformador

4.3.2.5.1. Las agencias de desarrollo

4.3.2.5.2. Los gobiernos

4.3.2.5.3. La sociedad civil y las organizaciones sociales

4.3.2.5.4. Todos estos actores realizan acciones que permiten que la gente pueda reconocer y reclamar sus derechos establecidos como derechos humanos, antes que fijarse solo en las necesidades que tienen que ser satisfechas.

4.3.2.6. Se produce el tránsito “beneficiario - consumidor – ciudadano”.

4.3.2.6.1. Implica una mirada distinta de los procesos políticos, una mirada desde los actores, la promoción de su participación y la apropiación de derechos.

4.3.2.6.2. Evolución de los enfoques de las políticas públicas para promover desarrollo humano

5. ¿Cuáles son los elementos básicos del EBD?

5.1. Elementos básicos

5.1.1. Delimitación del derecho:

5.1.1.1. Identificación del derecho.

5.1.1.2. Elementos del contenido del derecho.

5.1.2. Obligaciones del Estado:

5.1.2.1. Obligaciones de respetar.

5.1.2.2. Obligaciones de proteger.

5.1.2.3. Obligaciones de garantizar.

5.1.2.4. Obligaciones de promover.

5.1.3. Principios transversales:

5.1.3.1. Principio de igualdad y no discriminación.

5.1.3.2. Principio de progresividad y no regresividad.

5.1.3.3. Principio de participación ciudadana en la toma de decisiones.

5.1.3.4. Principio de transparencia y rendición de cuentas.

5.2. Es necesario considerar que el ser humano es el centro de la decisión pública y, por tanto:

5.2.1. Las decisiones deben estar orientadas a lograr la vigencia y garantía de sus derechos y la mejora progresiva de su calidad de vida

5.2.2. Se debe de reconocer la situación actual de la vigencia y exigibilidad de los derechos relacionados con la política pública

5.2.3. Será necesario establecer de manera inicial cuál es la brecha en el cumplimiento de los derechos (diferencia entre la situación actual y los estándares e indicadores de derechos humanos).

5.3. El EBD para el caso de las decisiones estatales, se evidencia en la manera cómo las políticas públicas no sólo se implementan y se evalúan, sino en cómo se diseñan.

5.4. Es necesario que en el diseño de la política se establezcan acciones, mecanismos o algún medio que evidencie que el contenido de cada principio no sólo está presente, sino cuya presencia sea constante y permanente, apuntando a ser de alguna manera el espíritu de lo que da sentido a la política como ligazón con la actuación del ciudadano.

5.5. Elementos del EBD