Derecho Reales
da Michelle Ranalli
1. son las relaciones jurídicas directas e inmediatas entre una persona y una cosa.
2. CARACTERISTICAS
2.1. Es un derecho absoluto: es decir no reconoce límites.
2.2. Es de contenido patrimonial: solo importa aquello que sea susceptible de valoración económica. Los derechos reales conjuntamente con los derechos de créditos e intelectuales constituyen los derechos patrimoniales en nuestra legislación.
2.3. Es un vínculo entre una persona y una cosa, y sólo a nivel subsidiario es un vínculo entre dos personas.
2.4. Es una relación inmediata, pues el uso y goce de las cosas es de manera directa sin necesidad de ningún acto de terceros.
3. Ubicacion de los Derechos Reales
3.1. En el campo Doctrinal.
3.2. En el Derecho positivo.
3.3. .
4. Teorias de los Derechos Reales
4.1. Teoria Clasica
4.1.1. consideran que los derechos reales son la relacion directa de una persona y una cosa.
4.2. Teoria personalistica
4.2.1. Establece que en el derecho real hay una relación jurídica entre personas en donde el sujeto activo esta determinado y singularizado.
4.3. Teoria Armonica
4.3.1. Establece que hay que diferenciar dentro del derecho real su aspecto interno y externo.