RESOLUCIÓN 2400 DE 1979

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RESOLUCIÓN 2400 DE 1979 da Mind Map: RESOLUCIÓN 2400 DE 1979

1. DISPOSICIONES GENERALES

1.1. Se aplican a todos los establecimientos de trabajo, sin perjuicio de las reglamentaciones especiales que se deciden para cada centro de trabajoen particular. con el fin de preservary mantenerla salud física y mental, prevenir accidentes y enfermedadesprofesionales. para lograr las mejores condiciones de higiene y bienestar de los trabajadoresen sus diferentes actividades

1.1.1. DEL MANEJO Y TRANSPORTE MECANICO DE MATERIALES

1.1.1.1. Los equipos para el movimientode matenales etc constantementede un lugar a otro como los transportadores; los que mueven materiales intermitentemente de un lugar a otro en un perímetro determinado, como las grúas; los que mueven materiales de un lugar a otro, en un perimetroindeterminado como las vagonetas, serán construidas de materiales resistentesque ofrezcan seguridad en su manejo y transporte

2. OBLIGACIONES DE LOS PATRONOS

2.1. Dar cumplimiento a lo establecido en la presente Resolución y demás normas legales de Medicina, Higiene y seguridad Industrial, elaborar su propia reglamentación y hacer cumplir a los trabajadores las obligaciones de salud ocupacional que les correspondan

2.1.1. DE LOS ANDAMIOS Y ESCALERAS

2.1.1.1. Dberan ser construida con materiales resistentes  madera seca y cuidadosamente inspeccionada. Deberán estar igualmente provistos de escaleras permanentes o portables que no estén a una altura mayor de 3,50 metros

2.1.1.1.1. DEL MANEJO DE LOS EXPLOSIVOS

3. POR LA CUAL  SE ESTABLECEN   ALGUNAS DISPOSICIONES     SOBRE VIVIENDA,    HIGIENE   Y SEGURIDAD   EN LOS ESTABLECIMIENTOS     DE TRABAJO

3.1. DISPOSICIONES FINALES

3.1.1. ARTICULO 707  Las Normas consignadas en esta resolución están sujetas a posteriores modificaciones, y serán complementadas con otras disposiciones.  teniendo en cuenta el desarrollo industrial, comercial y agro industrial, y los nuevos riesgos que se originen como consecuencia del avance tecnológico  del país.

3.1.1.1. DE LOS TRABAJA DORES A PINTURA A PRESION

3.1.1.1.1. Cuando se trabaje con pintura a presión,  el patrono deberá tomar las medidas necesarias para protegera los trabajadores contra los efectos dañinos de las sustancias usadas y prevenir los riesgos de incendio o explosión inherentes a este tipo de trabajo.

4. NESTOR MARTINEZ

5. OBLIGACIONESDE LOS TRABAJADORES

5.1. Dar cumplimientoa las obhgac1onesque les correspondanen materia de Medicina Higiene y Seguridad Industrial de acuerdo con las normas legales y la reglamentación que establezca el patrono en concordancia con el literal.

5.1.1. DE LAS EXCAVACIONES

5.1.1.1. Antes de empezartodo trabajode excavación, se deberá eliminar todo árbol. piedra suelta  u obstáculo que pueda originar posibles riesgos durante el desarrollo del trabajo

5.1.1.1.1. DEL TRANSPORTE DE EXPLOSIVOS

6. EDIFICIOS   Y LOCALES

6.1. Todos los edificios destinados a establecimientos industriales temporales o permanentes. serán de construcción segura y firma para evitar el riesgo de desplome, los techos o cerchas de estructura metálica, presentaran suficiente resistencias a los efectos del viento y a su propia carga.

6.1.1. DE LA DEMOLICION Y REMOCION DE ESCONBRO

6.1.1.1. Antes de iniciar cual quier trabajo de demolición  debe hacerse un cuidadoso estudio de la estructura que va a ser demolida y  sus alrededores, elaborándose un proyecto con su respectivo plan de trabajo.

6.1.1.1.1. INCENDIOS