Regímenes Patrimoniales del Matrimonio.

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1. Participación en las Ganancias.

1.1. El matrimonio no tiene que producir alteraciones en la esfera patrimonial de cada cónyuge, la administración de bienes puede ser como ha sido antes de contraer matrimonio, sin embargo el vinculo matrimonial genera una vida de comunes intereses.

1.2. la destinacion de bienes aportados o adquiridos en el matrimonio es destinado a satisfacer las necesidades del hogar

1.3. Disolución judicial art 54 c. Fam, este puede ser solicitados por uno de los cónyuges, las causales de esto puede ser: por insolvencia o peligro de insolvencia, cuando uno de los cónyuges fuere declarado incapaz, por gestion fraudulenta.

1.4. Puede ser mutables por la figura de capitulaciones patrimoniales.

2. Separación de Bienes.

2.1. Segun el ART 48 C.F estipula un regimen de separacion de bienes, en el cual cada cónyuge conserva sus propiedades, la administración y la libre disposición de cada bien que tuviere al contraer matrimonio.

2.2. Este régimen tiene como finalidad es proteger los bienes o el patrimonio de cada conyugue, por ende contempla una total desvinculación patrimonial de los bienes de los cónyuges

2.3. El art 200 C.F contempla la inscripción de las capitulaciones, así como también su modificación, sustitucion o extinción, por ende los cónyuges pueden cambiar la estipulación acordada cambiarla o incluso su extinción.

2.4. Características: Las capitulaciones se pueden celebrar antes o después de contraerse matrimonio (84 CF), son mutables, personalísimas(86CF), se pueden otorgar en escritura publica o en acta por Procurador General de la República(85 CF), Caducan (87 CF)

3. Comunidad Diferida

3.1. Este régimen se limita a establecer la existencia de la comunidad desde la celebración del matrimonio, pero la determinación de los bienes se difiere hasta el momento que se disuelve ya que al momento de realizarlo se forma la masa común de bienes de la cual les corresponde un 50% a cada uno. art 62 C.Fam

3.1.1. Materials

3.1.2. Personnel

3.1.3. Services

3.1.4. Duration

3.2. Este puede constituirse antes o después de contraer matrimonio, (antes del matrimonio en acdta prematrimonial)

3.3. Se contemplan tres patrimonios inmersos: patrimonio del conyuge, patrimonio de la conyuge y patrimonio de la comunidad.

3.3.1. A raíz del art 75 C Fam se puede solicitar la disolucion del regimen