CONTRATOS MERCANTILES EN MÉXICO

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1. PRINCIPIOS

1.1. Son:

2. Los pactos, clausulas y condiciones son libres mientras que no sean contrarios a las leyes a la moral y al orden publico

3. Las obligaciones nacidas de los contratos tienen fuerza de ley entre los participantes.

4. Para que haya contrato se necesitan ciertos requisitos.

5. REQUISITOS PARA QUE EXISTA UN CONTRATO:

5.1. Causa de la obligación que se establezca.

5.2. Consentimiento de los contratantes.

6. FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA

6.1. En México, los contratos mercantiles están regulados principalmente por leyes mercantiles; el Código de Comercio (CCo) regula los contratos de comisión, consignación, compraventa, cesión de créditos, préstamo y transporte; la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito a las aperturas de crédito, depósito, reporto, cuenta corriente, fideicomiso y la prenda; la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas a los contratos de seguro, fianza, coaseguro, etc., la Ley de Instituciones de Crédito (apertura de crédito, crédito documentario, depósito) Ley del Mercado de Valores (compraventa, intermediación, mandato, caución bursátil); Ley de Navegación y Comercio Marítimo (transporte, fletamento, compraventa); sin embargo no lo hace ampliamente. Asimismo, los usos y costumbre comerciales son una fuente importante para el derecho mercantil en general y para los contratos comerciales como lo muestran no solo diversas disposiciones legales, sino las reglas y usos utilizados mundialmente como los Términos de Comercio Internacional (INCOTERMS) para las compraventas de expedición y las Reglas y Usos Uniformes sobre Créditos Documentarios (RUU).

7. CARACTERÍSTICAS

7.1. ¿Que es un contrato mercantil?

7.1.1. Los contratos mercantiles son un negocio jurídico bilateral que tienen por objeto un acto de comercio.

7.1.1.1. Contrato de arrendamiento

7.1.1.1.1. Es el contrato en virtud del cual una persona llamada arrendador se obliga a transferir el uso temporal de una cosa a otra parte llamada arrendatario quien a su vez se obliga a pagar un precio cierto y determinado.

7.1.1.2. Contrato del depósito mercantil

7.1.1.2.1. Artículo 332.- Se estima mercantil el depósito si las cosas depositadas son objeto de comercio, o si se hace a consecuencia de una operación mercantil.

7.1.1.3. Contrato de compra-venta

7.1.1.3.1. Artículo 371.- Serán mercantiles las compraventas a las que este Código les da tal carácter, y todas las que se hagan con el objeto directo y preferente de traficar.

7.1.1.4. Contrato de transportes terrestres

7.1.1.4.1. Artículo 576.- El contrato de transportes por vías terrestres o fluviales de todo género se reputará mercantil: I.- Cuando tenga por objeto mercaderías o cualesquiera efectos del comercio; II.- Cuando siendo cualquiera su objeto, sea comerciante el porteador o se dedique habitualmente a verificar transportes para el público.

7.1.1.5. Contrato de comodato

7.1.1.5.1. Contrato por medio del cual una persona llamada comodante, se obliga a conceder gratuitamente el uso de una cosa o fungible, a otra persona llamada comodatario, quien se obliga a restituirla individualmente.

7.2. .

7.2.1. Los contratos mercantiles son de gran alcance. Abarcan todos los aspectos de una empresa, desde contratos de empleo y de no divulgación, hasta facturas de venta y derechos de propiedad.

7.3. .

7.3.1. Preferiblemente son documentos escritos, pero también pueden ser verbales, e incluso pueden ser simplemente un entendimiento informal entre las dos partes.

7.4. .

7.4.1. La mayoría de los contratos mercantiles incluyen ciertas cláusulas, tales como las cláusulas de asignación, que indican los términos del contrato.

7.5. .

7.5.1. Es un medio (instrumento jurídico) de la circulación mercantil

7.6. .

7.6.1. Es regulado por el código civil y el código de comercio

7.7. .

7.7.1. Tiene la libertad de forma aunque el estado obliga a realizar numerosas operaciones con arreglo a formas rígidamente preestablecidas

7.8. .

7.8.1. Su intención es proteger el interés del publico en general

8. CONCLUSIÓN

8.1. El tipo de contrato que considero me va a ayudar a desarrollar mi empresa es el de comodato ya que creo que es importante contar con el servicio que este ofrece. El comodato o préstamo de uso es un contrato en el cual una de las partes entrega a la otra gratuitamente una especie, mueble o raíz, para que haga uso de ella, y esta tiene cargo de restituir la misma especie después de terminado el uso. El contrato de comodato es real, gratuito y unilateral y un título de mera tenencia. Los cosas que son objetos de el comodato por regla general, deben ser cosas no fungibles, puesto que el comodatario debe restituir la misma cosa que recibió. Asimismo, por regla general deben ser cosas que no se consuman, ya que se debe restituir lo mismo. La cosa prestada puede ser mueble o inmueble, pero siempre debe tratarse de una especie o cuerpo cierto. El contrato tiene como beneficio que goza del derecho de retención, es decir, puede retener la cosa dada en préstamo si es que el comodante no cumple con las obligaciones que surgen durante el contrato. No tendrá este derecho si es que el comodante ha constituido una garantía respecto a las indemnizaciones.