EL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD – SGSSS

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1. Principios

1.1. Universalidad. Solidaridad Igualdad Obligatoriedad. Prevalencia de derechos Enfoque diferencial Equidad Calidad. Eficiencia Participación social Progresividad Libre escogencia Sostenibilidad. Transparencia. Descentralización administrativa Complementariedad y concurrencia Corresponsabilidad Irrenunciabilidad Intersectorialidad Prevención. Continuidad.

2. Integrantes del SGSSS y su clasificación

2.1. -Organismos de dirección, vigilancia y control -Organismos de administración y financiación -Instituciones Prestadoras de -Servicios de Salud -Organismos adscritos al Ministerio de Salud y de la Protección Social -Empleadores, trabajadores y asociaciones, independientes y pensionados -Beneficiarios del SGSSS en todas sus modalidades -Comités de Participación Comunitaria – COPACOS

3. Formas de vinculación al SGSSS

3.1. Régimen contributivo

3.1.1. Se afilian personas que tienen capacidad de pago por vinculo laboral o por ingresos de otra fuente. Son cotizantes y su familia beneficiarios

3.2. Régimen Subsidiado

3.2.1. Se afilian Personas sin capacidad de pago

3.2.1.1. Encuesta SISBEN clasificadas en niveles I y II del SISBEN, se pueden afiliar al Régimen Subsidiado y así acceder a una EPS.

3.2.1.2. Aplica para la población especial como lo son: menores al cuidado del ICBF, personas víctimas del conflicto, personas desmovilizadas,población indígena habitantes de la calle, población ROM(gitana) Población rural migratoria.

4. Participantes vinculados.

4.1. Quienes su nivel SISBEN, es III si una persona vinculada requiere servicios de salud solo podrá acceder a urgencias en la red pública de hospitales.

4.1.1. Planes de Beneficios en el SGSSS

4.1.1.1. Plan de beneficios a cargo de la Unidad de Pago por Capitación – UPC:

4.1.1.1.1. este plan de beneficios es similar para el régimen contributivo y subsidiado. Incluye la protección integral de todos los afiliados, acciones de promoción de la salud, prevención de la enfermedad, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación

4.1.1.2. Atención Inicial de Urgencias – AIU

4.1.1.2.1. Corresponden a todos los servicios asistenciales para atender situaciones que ponen en peligro la vida

4.1.1.3. Eventos Catastróficos y Accidentes de Tránsito

4.1.1.3.1. Cubre de victimas de eventos catastróficos, tales como desastres naturales y atentados terroristas y por otro lado víctimas de accidentes de tránsito

4.1.1.4. "Plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas – PSPIC"

4.1.1.4.1. Corresponde a las actividades de interés en salud pública.

4.1.1.5. "Planes Adicionales de Salud o Planes Voluntarios de Salud"

4.1.1.5.1. Facilita el acceso a servicios de medicina especializada, hotelería y atención privilegiada debe estar previamente afiliado a una EPS

5. Beneficiados con

5.1. Preexistencias

5.1.1. Enfermedades o patologías que tiene una persona antes de un proceso de afiliación en salud

5.2. UNIDAD DE PAGO POR CAPITACIÓN – UPC

5.2.1. Pago por capitación es el valor en dinero que le corresponde a cada afiliado al SGSSS

5.3. PERIODOS DE CARENCIA

5.3.1. En el SGSSS, no existirán periodos de carencia que limiten el acceso de la población a los diferentes servicios

5.4. PAGOS COMPARTIDOS

5.4.1. Los pagos compartidos actualmente en Colombia, son: Cuotas moderadoras: las pagan afiliados cotizantes y beneficiarios del régimen contributivo. Copagos: los pagan beneficiarios del régimen contributivo y beneficiarios Nivel II del SISBEN, afiliados al régimen subsidiado. Cuotas de recuperación: las pagan personas con encuesta SISBEN I, II y III que no estén afiliados al SGSSS.

5.5. PERIODOS DE PERMANENCIA

5.5.1. Periodo mínimo de permanencia a una EPS, será de un año cuando se es trabajador dependiente o beneficiarios del régimen subsidiado y de 1 mes, si el trabajador independiente.

5.6. PROTECCIÓN ESPECIAL A POBLACIONES VULNERABLES

5.6.1. Gratuitos para niños con discapacidad o enfermedades catastróficas, para niveles I y II del SISBEN, rehabilitación física y mental de los niños, niñas y adolescentes víctimas de violencia, el personal de salud está obligado a notificar al ICBF, comisarías de familia, inspectores de policía o personeros mujeres víctimas de violencia física o sexual, no generará pago de cuotas moderadoras o copagos. Portabilidad Nacional: Todas las Entidades Promotoras de Salud deberán garantizar el acceso a los servicios de salud en el territorio nacional

5.7. MIPRES

5.7.1. Redes Integradas De Servicios De Salud: La articulación de los diferentes niveles de atención Prueba Del Accidente En El SOAT: Será suficiente la declaración del médico de urgencias sobre el hecho Principios del Derecho Fundamental de la Salud: Universalidad; Pro homine; Equidad; Continuidad; Progresividad del derecho; Libre elección; Sostenibilidad; Solidaridad; i. Eficiencia; Interculturalidad; k. Protección a los pueblos indígenas;l. Protección pueblos y comunidades indígenas, ROM y negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras. Determinantes Sociales de la Salud factores que determinan la aparición de la enfermedad Autorización de prestación de servicios en Urgencias: se prohíbe la autorización por parte de las entidades responsables del pago, sus afiliados accedan a la prestación de servicios por urgencias. Criterios de exclusión de tecnologías del plan de beneficios a cargo de la UPC : Que tengan como finalidad principal un propósito cosmético o suntuario no relacionado con la recuperación de la capacidad funcional o vital de las personas Que no exista evidencia científica sobre su seguridad y eficacia Que no exista evidencia científica sobre su efectividad clínica Que su uso no haya sido autorizado por la autoridad competente Que se encuentren en fase de experimentación Que tengan que ser prestados en el exterior. Autonomía Profesional: Se garantiza la autonomía de los profesionales de la salud para adoptar decisiones sobre el diagnóstico y tratamiento