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NIA 220 Door Mind Map: NIA 220

1. Alcance

1.1. Trata de:

1.1.1. Las responsabilidades específicas que tiene el auditor en relación con los procedimientos de control de calidad de una auditoría de estados financieros

2. Realización del encargo

2.1. El socio del encargo asumirá la responsabilidad:

2.1.1. De la dirección, supervisión y realización del encargo de auditoría de conformidad con:

2.1.1.1. Las normas profesionales

2.1.1.2. Los requerimientos legales y reglamentarios aplicables

2.1.1.3. Y de que el informe de auditoría sea adecuado en función de las circunstancias.

2.1.2. De las revisiones, consultas, revisión del control de calidad del encargo y diferencias de opinión.

3. Revisión de control de calidad

3.1. El socio del encargo:

3.1.1. Comprobará que se haya nombrado un revisor de control de calidad del encargo

3.1.1.1. El revisor de control de calidad del encargo realizará una evaluación objetivo de los juicios significativos realizados por el equipo del encargo

3.1.1.1.1. Esta evaluación conllevará:

3.1.2. Discutirá las cuestiones significativas que surjan durante el encargo de auditoría.

3.1.3. No pondrá fecha al informe de auditoría

3.1.3.1. Hasta que la revisión de control de calidad del encargo se haya completado.

3.2. Procedimiento para facilitar una evaluación imparcial, en o antes del fecha de dictamen del auditor, donde se incluirán los juicios importantes hechos por el equipo y las conclusiones que se alcanzaron para formular el dictamen.

4. Se incluirá la documentación por parte de:

4.1. El auditor

4.1.1. Identificación y resolución de asuntos relacionados con la ética.

4.1.2. Conclusiones acerca del cumplimiento de requerimientos de independencia.

4.1.3. Conclusiones acerca de la continuidad y aceptación con los clientes.

4.1.4. La naturaleza, alcance y conclusiones de consultas realizadas en el transcurso del trabajo de auditoría.

4.2. El revisor de control de calidad

4.2.1. Se han aplicado los procedimientos por política de la firma.

4.2.2. La revisión del control de calidad que haya sido revisada a la fecha del informe y con anterioridad.

4.2.3. No hay asuntos sin resolver, que incluyan duda con respecto a las conclusiones del equipo.

5. Objetivo

5.1. Implementar procedimientos de control de calidad relativos al encargo que le proporcionen una seguridad razonable de que:

5.1.1. La auditoría cumple las normas profesionales y los requerimientos legales y reglamentarios aplicables

5.1.2. Que el informe emitido por el auditor es adecuado en función de las circunstancias.

6. Fecha de entrada en vigor

6.1. Esta NIA es aplicable a las auditorías de estados financieros correspondientes a periodos iniciados a partir del 15 de diciembre de 2009

7. Sistema de control de calidad

7.1. Los sistemas, las políticas y los procedimientos de control de calidad son responsabilidad de la firma de auditoría

7.1.1. La firma de auditoria tiene la obligación de establecer y mantener un sistema de control de calidad que le proporcione una seguridad razonable de que:

7.1.1.1. La firma de auditoría y su personal cumplen con:

7.1.1.1.1. Las normas profesionales

7.1.1.1.2. Los requerimientos legales

7.1.1.1.3. Reglamentarios aplicables

7.1.1.1.4. Y que los informes emitidos por la firma de auditoría o por los socios de encargo son adecuados en función de las circunstancias.

7.1.2. Firma de auditoria:

7.1.2.1. Un profesional ejerciente individual, una sociedad, cualquiera que sea su forma jurídica, o cualquier otra entidad de profesionales de la contabilidad.

8. Responsabilidades de liderazgo en la calidad.

8.1. El socio del encargo asumirá la responsabilidad de la calidad global de cada encargo de auditoría que le sea asignado.

9. Asignación de equipos a los encargos

9.1. Se considera miembro del equipo del encargo:

9.1.1. A una persona especializada en un área específica de contabilidad o auditoría.

9.1.1.1. Tanto si ha sido contratada por la firma de auditoría como si trabaja par ella.

9.2. No se considera miembro del equipo del encargo si:

9.2.1. La participación en el encargo de dicha persona especializad se limita a consultas

10. Etica

10.1. El Código de ética de IESBA establece los principios fundamentales de ética profesional, a saber:

10.1.1. Integridad

10.1.2. Objetividad

10.1.3. Competencia

10.1.4. Diligencia profesional

10.1.5. Confidencialidad

10.1.6. Comportamiento profesional

10.2. El socio esta pendiente de incumplimientos al código de ética.

10.2.1. Determina incumplimientos y toma medidas

10.2.2. Independencia

10.2.2.1. Obtiene información de las firmas acerca de amenazas a la independencia.

10.2.2.2. Evalua la información e identifica amenazas

10.2.2.3. Toma medidas

10.2.2.3.1. Las elimina

10.2.2.3.2. Las reduce a nivel aceptable

10.2.2.3.3. Renuncia al encargo de auditoría