NIA 705 OPINION MODIFICADA

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1. Alcance

1.1. Emitir un informe adecuado en función de las circunstancias cuando:

1.1.1. Concluya que es necesaria una opinión modificada

1.2. Tipos de opinión modificada

1.2.1. Opinión con Salvedades

1.2.2. Opinión desfavorable (o adversa)

1.2.3. Denegación (O abstención)

1.2.4. Depende de:

1.2.4.1. La naturaleza de la cuestión que origina la opinión modificada

1.2.4.1.1. Si los estados financieros contienen incorrecciones materiales

1.2.4.1.2. En el caso de la imposibilidad de obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada

1.2.4.1.3. El juicio del auditor sobre la generalización de los efectos o posibles efectos de la cuestión en los estados financieros

2. Objetivo

2.1. Expresar, con claridad, una opinión modificada adecuada sobre los estados financieros cuando:

2.1.1. El auditor concluya que:

2.1.1.1. Sobre la base de la evidencia de auditoría obtenida, los EEFF en su conjunto NO ESTÁN LIBRES DE INCORRECCIÓN MATERIAL

2.1.2. El auditor NO PUEDA OBETNER EVIDENCIA de auditoría suficiente y adecuada

2.1.2.1. Para concluir que los estados financieros en su conjunto están libres de incorrección material

3. Definiciones

3.1. Generalizado

3.1.1. Término utilizado para describir los efectos en los estados financieros o los posibles efectos de las incorrecciones que, en su caso, no se hayan detectado

3.1.1.1. Debido a la imposibilidad de obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada.

3.1.2. Son efectos generalizados sobre los estados financieros aquellos que, a juicio del auditor:

3.1.2.1. No se limitan a elementos, cuentas o partidas específicos de los estados financieros

3.1.2.2. En caso de limitarse a elementos, cuentas o partidas específicos, éstos representan o podrían representar una parte sustancial de los EEFF

3.1.2.3. En relación con las revelaciones de información, son fundamentales para que los usuarios comprendan los estados financieros.

3.2. Opinión modificada

3.2.1. Opinión con salvedades

3.2.2. Opinión desfavorable (adversa)

3.2.3. Denegación (abstención)

4. Requerimientos

4.1. Situaciones en las que se requiere una opinión modificada

4.1.1. Cuando

4.1.1.1. Concluya:

4.1.1.1.1. Sobre la base de la evidencia de auditoría obtenida, que los EEFF en su conjunto NO ESTÁN LIBRES DE INCORRECCIÓN MATERIAL

4.1.1.2. NO PUEDA OBTENER EVIDENCIA de auditoría suficiente y adecuada para concluir

4.1.1.2.1. que los estados financieros en su conjunto están libres de incorrección material.

4.2. Determinación del tipo de opinión modificada

4.2.1. Opinión con salvedades

4.2.1.1. Cuando

4.2.1.1.1. Habiendo OBETENIDO EVIDENCIA de auditoría suficiente y adecuada, concluya que:

4.2.1.1.2. NO PUEDA OBTENER EVIDENCIA de auditoría suficiente y adecuada en la que basar su opinión, pero concluya que:

4.2.2. Opinión desfavorable (o adversa)

4.2.2.1. Cuando

4.2.2.1.1. HABIENDO OBTENIDO EVIDENCIA de auditoría suficiente y adecuada, concluya que:

4.2.3. Denegación (abstención) de opinión

4.2.3.1. Cuando

4.2.3.1.1. NO PUEDA OBTENER EVIDENCIA de auditoría suficiente y adecuada en la que basar su opinión y concluya que:

4.2.3.1.2. En circunstancias extremadamente POCO FRECUENTES que supongan la EXISTENCIA DE MÚLTIPLES INCERTIDUMBRES, el auditor concluya que:

4.2.4. Consecuencia de la imposibilidad de obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada debido a una limitación impuesta por la dirección después de que el auditor haya aceptado el encargo

4.2.4.1. Si se observa que la dirección ha impuesto una limitación al alcance de la auditoría que el auditor considera que probablemente suponga la necesidad de expresar una opinión con salvedades o denegar

4.2.4.1.1. Solicitará a la dirección que elimine la limitación

4.2.4.1.2. Si la dirección rehúsa eliminar la limitación

4.2.4.2. Si el auditor no puede obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada, determinará:

4.2.4.2.1. Si el auditor concluye que los posibles efectos de incorrecciones no detectadas en los estados financieros, si las hubiera, podrían ser materiales, pero no generalizados, el auditor expresará:

4.2.4.2.2. Si los posibles efectos de incorrecciones no detectadas podrían ser material y generalizados, de tal forma que una opinión con salvedades no sería adecuada para comunicar la gravedad de la situación

4.2.5. Otras consideraciones en relación con una opinión desfavorable (adversa) o con la denegación (abstención) de opinión

4.2.5.1. En el informe de auditoría no incluirá simultáneamente una opinión no modificada (o favorable) sobre un solo estado financiero o sobre uno o más elementos, cuentas o partidas específicas de un solo estado financiero en relación con el mismo marco de información financiera aplicable

4.3. Estructura y contenido del informe de auditoría cuando se expresa una opinión modificada

4.3.1. Opinión del auditor

4.3.1.1. Según corresponda tendrá el título

4.3.1.1.1. “Opinión con salvedades”

4.3.1.1.2. “Opinión desfavorable (adversa)”

4.3.1.1.3. "Denegación (abstención) de opinión”

4.3.2. Opinión con salvedades

4.3.2.1. El auditor manifestará que:

4.3.2.1.1. En su opinión, excepto por los efectos de la cuestión o cuestiones descritas en la sección “Fundamento de la opinión con salvedades”:

4.3.2.2. Si se debe a la imposibilidad de obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada, el auditor utilizará para la opinión modificada la siguiente frase:

4.3.2.2.1. “excepto por los posibles efectos de la cuestión o cuestiones”

4.3.3. Opinión desfavorable (adversa)

4.3.3.1. Cuando el auditor exprese una opinión desfavorable (adversa), manifestará que:

4.3.3.1.1. En su opinión, debido a la significatividad de la cuestión o cuestiones descritas en la sección “Fundamento de la opinión desfavorable (adversa)”:

4.3.4. Denegación (abstención) de opinión

4.3.4.1. Cuando el auditor deniegue la opinión (se abstenga de opinar) porque no haya podido obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada, manifestará que:

4.3.4.1.1. El auditor no expresa una opinión sobre los estados financieros adjuntos

4.3.4.1.2. Debido a la significatividad de la cuestión o cuestiones descritas en la sección “Fundamento de la denegación (abstención) de opinión”, el auditor no ha podido obtener evidencia de auditoría que proporcione una base suficiente y adecuada para expresar la opinión de auditoría sobre los estados financieros.

4.3.4.1.3. Corregirá la declaración requerida por el apartado 24(b) de la NIA 700 (Revisada), que indica que los estados financieros han sido auditados, para manifestar que el auditor fue contratado para auditar los estados financieros.

4.3.5. Descripción de las responsabilidades del auditor en relación con la auditoría de los estados financieros cuando el auditor deniega la opinión (se abstiene de opinar) sobre los estados financieros

4.3.6. Consideraciones cuando el auditor deniega la opinión (se abstiene de opinar) sobre los estados financieros

4.4. Comunicación con los responsables del gobierno de la entidad

5. Cuando informe de conformidad con un marco de cumplimiento, los estados financieros adjuntos no han sido preparados, en todos los aspectos materiales, de conformidad con [el marco de información financiera aplicable].