Se define como el conjunto de derechos subjetivos patrimoniales que se ejercen sobre las cosas.Door Ricardo Palacios
1. Se ubican a partir del artículo 1877 del código civil venezolana (CCV).
2. Teoría Clásica: Existe una realación entre la persona y la cosa de manera directa.
3. Teoría Armónica: Existe un elemento externo y uno interno. Hay una relación entre objeto y el sujeto.
4. CARACTERÍSTICAS: - Es una relación directa entre la persona y la cosa. -La persona es el sujeto activo. -La cosa es el objeto del derecho. -Son derechos patrimoniales. -Son absolutos. -Son derechos reales que generan acciones reales.
5. Los derechos reales son: -La hipoteca, la prenda y la anticresis.
6. Teoría Obligacionista: Solo existen derechos de personas a personas los cuales pueden ser exigibles.