LA NUEVA LEY DE AMPARO FRENTE AL PROCEDIMIENTO PENAL ACUSATORIO ORAL

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LA NUEVA LEY DE AMPARO FRENTE AL PROCEDIMIENTO PENAL ACUSATORIO ORAL by Mind Map: LA NUEVA LEY DE AMPARO FRENTE AL PROCEDIMIENTO PENAL ACUSATORIO ORAL

1. Causales de improcedencia y sobreseimiento

1.1. La improcedencia la podemos connotar como la imposibilidad jurídica para poder resolver el fondo del asunto en un amparo,

1.1.1. las violaciones procesales que se den en el procedimiento se pueden analizar en amparo indirecto

2. Partes en el juicio de amparo

2.1. El quejoso.

2.1.1. el juicio de amparo podrá promoverse conjuntamente por dos o más quejosos

2.1.1.1. siempre que:

2.1.1.1.1. a) resientan una afectación común en sus derechos o intereses

2.1.1.1.2. b) aun en el supuesto de que dicha afectación derive de actos distintos, si éstos les causan un perjuicio análogo y provienen de las mismas autoridades.

2.2. la autoridad responsable

2.2.1. ésta será

2.2.1.1. la que dicta, ordena, ejecuta o trata de ejecutar el acto

2.2.1.1.1. que crea, modifica o extingue situaciones jurídicas en forma unilateral y obligatoria

2.2.1.2. u omita el acto que de realizarse crearía, modificaría o extinguiría dichas situaciones jurídicas

2.3. los particulares

2.3.1. podrán ostentar la calidad de autoridad, cuando realicen actos equivalentes a los de autoridad

2.3.1.1. que afecten derechos humanos, y cuyas funciones estén determinadas por una norma general.

2.3.2. Los principales representantes de esta corriente son Rumpt, Kronstein, Westhoff, Geiler y Nipperdey.

2.4. Tercero interesado

2.4.1. lo es aquel que tiene intereses contrarios a los del quejoso.

2.5. el Ministerio Público Federal

2.5.1. además de procurar la pronta y expedita administración de justicia, podrá interponer los recursos que contempla la ley de la materia

3. AMPARO INDIRECTO

3.1. el amparo de doble instancia tiene su fundamento en el ordinal 107, fracción VII, con relación a la III, incisos b) y c); mientras que su fundamento legal en los preceptos 107 a 169 de la nueva Ley de Amparo

3.1.1. objeto es resolver las controversias que dimanen de normas generales, actos u omisiones de la autoridad que violen derechos humanos.

3.1.1.1. Competencia y procedencia

3.1.1.1.1. la competencia de las autoridades que deban conocer del amparo indirecto se encuentran en los ordinales 37 y 38 de la ley de la materia

3.1.1.2. Plazos para presentar la demanda

3.1.1.2.1. La nueva Ley de Amparo ahora cuenta hasta con ocho años cuando se reclame la sentencia definitiva condenatoria

3.1.1.3. Requisitos que debe contener la demanda

3.1.1.3.1. Los requisitos que debe contener el escrito de demanda de amparo indirecto, el ordinal 108 de la nueva Ley de Amparo, nos indica

3.1.1.3.2. Los requisitos que debe contener el escrito de demanda

3.1.1.4. Acuerdos que pueden recaer a la demanda

3.1.1.4.1. Una vez que la demanda se encuentre en el recinto del Juzgado de Distrito o del Tribunal Unitario de Circuito, según corresponda, tendrá veinticuatro horas para resolver si desecha, previene o admite

4. OBJETO DEL JUICIO DE AMPARO

4.1. es resolver toda controversia

4.1.1. que se suscite entre entre el poder público y los gobernados por violaciones a sus derechos humanos.

4.1.2. Consecuencia de:

4.1.2.1. Estar ligado a la institucion estatal

4.1.2.2. Una disciplina protectora de los débiles y postergados

4.2. el amparo será procedente

4.2.1. contra normas generales

4.2.2. actos u omisiones de la autoridad

4.2.2.1. que violen los derechos humanos reconocidos y las garantías (de primera, segunda y tercera generación)

4.3. Serán entonces ahora

4.3.1. los tribunales de la federación

4.3.1.1. juzgados de distrito

4.3.1.1.1. tribunales unitarios y colegiados de circuito y la Suprema Corte de Justicia de la Nación

5. PRINCIPIOS QUE RIGEN EL JUICIO DE AMPARO

5.1. descansan en

5.1.1. en acción,

5.1.1.1. la van a regir los principios de instancia de parte agraviada

5.1.1.2. agravio personal y directo y el de definitividad

5.1.2. el procedimiento

5.1.2.1. éste se va a normar únicamente por el de prosecución judicial

5.1.3. y la sentencia

5.1.3.1. se regirá por los diversos de relatividad de las sentencias

5.1.3.1.1. estricto derecho y suplencia de la queja deficiente

6. Principios que rigen la acción

6.1. Encuentra su fundamento en tres principios fundamentales

6.1.1. instancia de parte agraviada

6.1.1.1. agravio personal y directo

6.1.1.1.1. y definitividad

7. Principios que rigen el procedimiento

7.1. Prosecución judicial

7.1.1. fundamento en el párrafo primero del arábigo 107 constitucional en relación con el numeral 2o de la nueva Ley de Amparo

7.1.1.1. reafirma la legalidad y seguridad jurídica en los juicios de amparo

7.2. Principios que rigen la sentencia

7.2.1. Las sentencias de amparo van a ser normadas por los principios de

7.2.1.1. relatividad, estricto derecho y suplencia de la queja deficiente.

7.3. Relatividad de las sentencias

7.3.1. siendo dos los efectos de la concesión del amparo

7.3.1.1. : cuando el acto reclamado sea de carácter positivo se restituirá al quejoso en el pleno goce del derecho violado, restableciendo las cosas al estado que guardaban antes de la violación

7.3.1.1.1. el segundo se refiere al caso en que el acto reclamado sea de carácter negativo, caso en el que la concesión del amparo obliga a la autoridad responsable a respetar el derecho de que se trate y a cumplir lo que el mismo exija.

7.4. Estricto derecho

7.4.1. (civil, mercantil, administrativa, fiscal, laboral cuando el quejoso o recurrente sea el patrón).

7.4.1.1. En materia penal, este principio se aplicará solamente en los recursos interpuestos por el Ministerio Público, Federal o Local y a la autoridad responsable.

7.5. Suplencia de la queja deficiente

7.5.1. beneficiando a quejosos y recurrentes en materia laboral cuando aquél sea el trabajador

7.5.1.1. a favor de los menores e incapaces o en aquellos casos en que se afecte el orden y desarrollo de la familia