TRATO JUSTO
by alex lopez carrera
1. IGUALDAD DE SALARIOS
1.1. el empleador debe cumplir con el principio de igualdad de remuneración entre hombres y mujeres que realizan el mismo trabajo.
2. NO ALA DISCRIMINACION
2.1. El Código del Trabajo prohíbe estrictamente los actos de discriminación, incluidas las distinciones, exclusiones o preferencias basadas en la raza o etnia, la nacionalidad, el estatus socioeconómico, el idioma, la ideología o la opinión política, la religión o las creencias, la sindicalización o la participación en organizaciones sindicales, orientación sexual, identidad de género, estado civil, edad, afiliación, apariencia personal y enfermedad o discapacidad, que tienen por efecto anular o alterar la igualdad de oportunidades o de trato en el empleo y la ocupación.