JORNADA LABORAL

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JORNADA LABORAL by Mind Map: JORNADA LABORAL

1. La jornada

1.1. Es el tiempo que una persona trabaja en una relación laboral en las 24 horas de cada día o en el transcurso de una semana. La ley establece el tiempo máximo de duración de la jornada

2. Jornada continua

2.1. Es la jornada que no tiene pausas para tomar alimentos ni descansar.

2.1.1. Art. 166 CT.-Cuando la jornada no fuere dividida, en el horariode trabajo deberá señalarse las pausas para que, dentro de la misma, los trabajadores puedan tomar sus alimentos y descansar. Estas pausas deberán ser de media hora; sin embargo, cuando por la índole del trabajo no pudieren tener efecto, será obligatorio para el patrono conceder permiso a los trabajadores para tomar sus alimentos, sin alterar la marcha normal de las labores.

3. Jornada diurna

3.1. En ella el trabajador presta sus servicios en cualquier momento entre las 6:00 a.m. y las 7:00 p.m.

3.1.1. ART. 38 INC 6 CN. La jornada ordinaria de trabajo efectivo diurno no excederá de ocho horas; y la semana laboral, de cuarenta y cuatro horas.

3.1.1.1. Art. 161 CT.-Las horas de trabajo son diurnas y nocturnas. Las diurnas están comprendidas entre las seis horas y las diecinueve horas de un mismo día; La jornada ordinaria de trabajo efectivo diurno, salvo las excepciones legales, no excederá de ocho horas diarias,

4. Jornada fraccionada

4.1. En ella, el trabajador tiene oportunidad de tomar un descanso de más de media hora, de manera que puede retirarse del lugar de trabajo y disponer de ese tiempo en forma totalmente libre.

5. Jornada ordinaria

5.1. Cantidad de horas en que se realiza el trabajo, sin exceder los límites establecidos por la ley, ni lo que trabajador y patrono hubieren acordado al inicio de la relación de trabajo.

5.1.1. ART. 38 INC 6 CN. La jornada ordinaria de trabajo efectivo diurno no excederá de ocho horas; y la semana laboral, de cuarenta y cuatro horas. El máximo de horas extraordinarias para cada clase de trabajo será determinado por la ley.

6. Jornada Nocturna

6.1. la jornada nocturna comprenda la prestación de servicio durante las 07:00 de la noche y las 06:00 de la mañana, está conformada por 7 horas, sumando un total de 39 horas a la semana

6.1.1. Art. 161 CT.-Las horas de trabajo son diurnas y nocturnas. La jornada ordinaria de trabajo efectivo nocturno no excedera las 7 horas diarias, ni las 39 semanales.