TRUBUTARIA

TRIBUTARIA

Get Started. It's Free
or sign up with your email address
TRUBUTARIA by Mind Map: TRUBUTARIA

1. Fechas de impuestos

1.1. Febrero: entre el 8 - 22 de marzo

1.2. Enero: entre el 8 - 21 de febrero

1.3. Marzo: entre el 10 - 23 de abril

1.4. Abril: entre el 9 - 23 de mayo

1.5. Mayo: entre el 13 - 26 de junio

1.6. Junio: entre el 10 - 24 de julio

1.7. Julio: entre el 9 - 23 de agosto

1.8. Agosto: entre el 11 - 24 de septiembre

1.9. Septiembre entre el 9 - 23 de octubre

1.10. Octubre: entre el 9 - 23 de noviembre

1.11. Noviembre: entre el 10 - 21 de diciembre

1.12. Diciembre: entre el 11 - 24 de enero de 2019

2. Las clases de formularios para la presentación de impuestos, los costos y las deducciones que se deben tomar para la elaboración de la declaración de renta.

2.1. ¿Cómo declarar

2.1.1. Formulario 110: declaración de renta y complementarios o de ingresos y patrimonio para personas jurídicas y asimiladas, personas naturales y asimiladas obligadas a llevar contabilidad

2.1.2. Formulario 210: declaración de renta y complementarios de personas naturales y asimiladas no obligadas a llevar contabilidad

2.2. ¿Dónde presentar las declaraciones?

2.2.1. La presentación física de las declaraciones del impuesto de renta se hará por ventanilla en los bancos y demás entidades autorizadas para recaudar, ubicadas en el territorio nacional.

2.2.2. Los contribuyentes que señale la DIAN deben presentar sus declaraciones de forma virtual a través de los servicios informáticos electrónicos

2.3. Cuándo presentar las declaraciones?

2.3.1. Anualmente, el Gobierno nacional fija los plazos para presentar las declaraciones del impuesto de renta y complementarios, tanto para las personas jurídicas como para las personas naturale

2.3.2. En el siguiente enlace, se encuentra el calendario para presentar la declaración y para realizar los pagos dependiendo del último o los dos últimos dígitos del NIT sin tener en cuenta el dígito de verificación:

3. Formularios 2018

3.1. 120

3.2. 160

3.3. 220

3.4. 250

3.5. 300

3.6. 310

3.7. 350

3.8. 400

3.9. 410

3.10. 430

3.11. 435

3.12. 440

3.13. 490

4. Los elementos y requisitos de los contribuyentes de renta

4.1. SUJETO

4.1.1. PASIVO

4.1.2. ACTIVO

4.2. BASE GRAVABLE

4.2.1. Es responsable del Régimen Común del Impuesto Sobre las Ventas - IVA o del Impuesto Nacional al Consumo

4.2.2. Tuvo ingresos brutos iguales o superiores a $44.603.000 durante el 2017

4.2.3. Tuvo un patrimonio bruto (antes de descontar deudas) a 31 de diciembre de 2017 superior a $143.366.000.

4.2.4. Realizó consumos con tarjeta de crédito superiores a $44.603.000 durante el año 2017

4.2.5. Realizó compras y/o consumos con cualquier medio de pago superiores a $44.603.000 durante el año 2017

4.2.6. Realizó consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras, por valor acumulado superior a $44.603.000 durante el año 2017

5. Las definiciones de UVT

5.1. La Unidad de Valor Tributario [UVT], es una unidad de medida de valor, que tiene como objetivo representar los valores tributarios que se encontraban anteriormente expresados en pesos

5.2. La UVT es una base de cálculo adaptable a las variaciones reflejadas en el IPC, que se utiliza para determinar cuantías en el ámbito tributario. Estandarización de valores