ORDEN de 13 de diciembre de 2010

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ORDEN de 13 de diciembre de 2010 by Mind Map: ORDEN de 13 de diciembre de 2010

1. Centros Ordinarios de Atención Educativa Preferente (COAEP)

1.1. NEE por discapacidad auditiva

1.2. NEE por discapacidad motora

2. • Regular la atención temprana • Regula las medidas de prevención de dificultades. • Formación y actualización docente • Orientación a las familias

2.1. alumnado con NEAE

3. Objeto y ámbito de aplicación

3.1. Arbitrar los medios necesarios para atender al

3.2. alumnado con NEAE.

3.3. Regular las modalidades de escolarización.

3.4. Potenciar la participación de las familias.

4. Tipos de medidas

4.1. Medidas ordinarias

4.1.1. • desarrolladas por el profesorado en la programación. • Programas preventivos de refuerzo. • Agrupamiento flexible. • Apoyo en el grupo ordinario.

4.2. Medidas extraordinarias

4.2.1. • Adaptaciones del curriculum que impliquen modificaciones en la programación de curso, ciclo, área o materia.

4.3. Medidas excepcionales

4.3.1. • Escolarización del alumnado con NEE en centros de atención preferente, centros de educación especial (CEE) y aulas enclave (AE).

5. Tipos de adaptaciones

5.1. Adaptaciones de acceso al curriculum (AAC)

5.2. Adaptaciones curriculares (AC)

5.3. Adaptaciones curriculares significativas (ACUS)

6. Realización de las adaptaciones del currículo en Educación Infantil y en enseñanza básica

7. Plan de atención a la diversidad

7.1. El Plan de atención a la diversidad forma parte del Proyecto Educativo.

7.2. Es el documento que recoge el conjunto de actuaciones, los criterios generales para la elaboración...

7.3. La evaluación del Plan de atención a la diversidad formará parte de la memoria anual.

8. Escolarización del alumnado con NEAE

8.1. El alumnado que requiera AC o ACUS, se escolarizará en los centros educativos ordinarios.

8.2. , los escolares con NEE que requieran ACUS en la mayor parte o en todas las áreas o materias, dictaminados mediante informe psicopedagógico, se podrán escolarizar en un COAEP, en una AE o en un CEE.

8.3. En Educación Infantil y enseñanza básica se organizarán los agrupamientos de manera que no haya más de dos alumnos o alumnas por aula con necesidades educativas especiales.

8.4. Los centros ordinarios que escolaricen alumnado con NEE, con ACUS o AC, serán dotados de profesorado especialista de apoyo a las NEAE.

9. Escolarización del alumnado con NEAE

9.1. Aulas hospitalarias y atención domiciliaria

9.1.1. ◦ Profesorado para la atención educativa al alumnado escolarizado en la

9.1.2. enseñanza obligatoria con permanencia prolongada en centros hospitalarios.

9.1.3. ◦ Se coordinará periódicamente con los centros educativos.

9.2. Alumnado con INTARSE

9.2.1. ◦ Se promoverán acciones para facilitar la integración escolar y social de este alumnado. ◦ Medidas de apoyo idiomático con la finalidad de favorecer la superación de la barrera lingüística. ◦ Se escolarizará en el curso que le corresponda por edad, o si es preciso en el curso anterior.

9.3. CENTROS ORDINARIOS DE ATENCIÓN EDUCATIVA PREFERENTE (COAEP)

10. Aulas enclave (AE) y Centros de Educación Especial (CEE)

10.1. ◦ El alumnado de estos centro requerirá adaptaciones que se aparten significativamente del curriculum.

10.2. ◦ Necesitaran recursos personales y materiales específicos.

10.3. ◦ El período de escolarización podrá ser hasta los 21 años

11. Aula enclave

12. Centro de Educación Especial

13. Funciones generales del profesorado de apoyo a las NEAE

13.1. ◦ Colaborar con el tutor y con el profesorado de áreas o materias en la elaboración de la adaptación curricular que precise cada escolar. ◦ Atender de forma directa a los alumnos y alumnas con NEAE en su grupo clase, o individualmente o en pequeño grupo cuando sea necesario. ◦ Elaborar y aplicar los programas educativos personalizados que se recojan en la AC o en la ACUS. ◦ Realizar la evaluación de los PEP impartidos y colaborar en la evaluación y seguimiento de la AC o las ACUS. ◦ Asesorar, junto con el profesorado tutor y de área o materia, a los padres del alumnado con NEAE.

14. Prioridad de actuación del profesorado de apoyo a las NEAE

14.1. 1. A los escolares que presentan NEE por discapacidad, TGD o TGC con ACUS. 2. A los alumnos y alumnas que, presentando NEE, precisen de una AC. 3. A los escolares que manifiesten otras NEAE (DEA, ECOPHE y TDAH) y que necesiten una AC, en una o más áreas o materias, prescrita mediante informe psicopedagógico.