Impacto y Perspectivas del T-MEC en Materia Farmacéutica

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Impacto y Perspectivas del T-MEC en Materia Farmacéutica by Mind Map: Impacto y Perspectivas del T-MEC en Materia Farmacéutica

1. Proceso de negociación:

1.1. Ronda de negociaciones

1.2. Ronda permanente

1.3. Ronda bilateral entre México y Estados Unidos

1.4. Se anuncia el acuerdo en México y EUA (Agosto de 2018)

1.4.1. En agosto de 2018, también el representante del USTR notificó al congreso de EUA la intención de firmar la modernización del TLCAN con México.

1.4.2. En septiembre de 2018, México, EUA y Canadá acuerdan la modernización del TLCAN.

1.4.3. Noviembre 2018: Firma TMEC

1.4.4. Debido a EUA, el TMEC se termina convirtiendo en el Tratado de Libre Comercio con las disposiciones más radicales en materia de Derechos de Propiedad Intelectual.

2. Materia Patentable

2.1. Obligación de otorgar patentes a invenciones de productos y procesos en todos los campos de la tecnología.

2.2. Que reúnan los requisitos de novedad, actividad inventiva y aplicación industrial.

2.3. Obligación de patentar invenciones reivindicadas como: nuevos usos, nuevos métodos de uso, nuevos procesos de uso.

2.4. Obligación de patentar invenciones derivadas de plantas.

3. Exclusiones

3.1. El orden público.

3.2. La moral.

3.3. La vida y la salud humana, animal o vegetal.

3.4. Para evitar un perjuicio serio a la naturaleza o medio ambiente.

3.5. Métodos de diagnóstico, terapéuticos o quirúrgicos para el tratamiento de humanos o animales.

3.6. Animales y procesos esencialmente biológicos para la producción de plantas o animales.

4. Vigencia de patente

4.1. Compromiso de procesar las solicitudes de patente de una manera eficiente con el objetivo de evitar retrasos innecesarios

4.2. Disponer de procedimientos para que los solicitantes de patentes puedan solicitar el examen acelerado.

4.3. Deberá disponerse de los medios para ajustar el periodo de la patente para compensar retrasos irrazonables.

5. Protección de datos

5.1. No se permitirá a terceras personas comercializar el mismo producto farmacéutico o uno similar si su aprobación está basada en: Los datos de prueba no serán divulgados por seguridad y eficacia del nuevo producto o que hayan sido necesarios para obtener la autorización de comercialización.

6. Periodo de transición

6.1. México deberá implementar las siguientes disposiciones dentro de los plazos mencionados, contados a partir de la entrada en vigor del tratado:

6.1.1. Protección de datos para nuevos productos farmacéuticos: 5 años.

6.1.2. Protección de datos para nuevos productos biológicos: 5 años.

6.1.3. Ajuste de vigencia de patente por retrasos injustificados: 4.5 años.

6.1.4. Procedimientos y recursos civiles y administrativos, medidas precautorias y remedios civiles.

7. Conclusiones

7.1. Estados Unidos modificó muchísimo el tratado al momento de tener las negociaciones bilaterales.

7.2. El TMEC se convierte en el Tratado de Libre Comercio más agresivo y con estándares de protección de Derechos de Propiedad Intelectual más ambiciosos.

7.3. No garantiza ni la innovación como el acceso.

7.4. Potencia aún más los sesgos en que se traduce la protección incrementada de estos derechos, sus abusos y la presencia monopólica de medicamentos a precios frecuentemente inalcanzables.