Plan de beneficios en salud con cargo a la UPC.

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Plan de beneficios en salud con cargo a la UPC. by Mind Map: Plan de beneficios en salud con cargo a la UPC.

1. Puerta de entrada a los servicios del Plan de Beneficios:

1.1. El acceso primario a los servicios del Plan de Beneficios en Salud se hará en forma directa a través de urgencias o por consulta médica u ontológia general.

1.2. Podrán acceder en forma directa a las consultas especializadas de pediatría, obstetricia o medicina familiar según corresponda y sin requerir remisión por parte del médico general, las personas menores de 18 años de edad y las pacientes obstétricas durante todo el embarazo y puerperio

2. QUE ES

2.1. Son los beneficios a los cuales tienen derecho todos los afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud en Colombia.​

3. CAMBIOS GENERALES EL PLAN OBLIGATORIO DE SALUD

3.1. Pruebas diagnosticas enfermedades Huérfanas

3.2. De 6 a 12 meses, leche materna para niños hijos de madres con VIH-SIDA

4. Telemedicina

4.1. Con el fin de facilitar el acceso oportuno a los beneficios definidos en la resolucion y de conformidad con las normas de calidad vigentes en el país, el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC financia la modalidad de telemedicina cuando esta se encuentre disponible y permita la finalidad de la prestación del servicio o garantice mayor oportunidad en caso de que la atención presencial este limitada por barreras de acceso geográfico o baja disponibilidad de oferta

5. Cuotas moderadora y copagos

5.1. -Referente al salario minimo vigente incrementa el 6.00%.

5.2. -Regimen contributivo:

5.2.1. menor a 2 salarios minimos legal mensual vigente incrementa 6.67 % con un valor de cuota moderadora de 3.200

5.2.2. Entre 2 y 5 salarios minimos legal mensual vigente incrementa 5.83% con un valor de cuota moderadora de 12.700

5.2.3. Mayor a 5 salarios minimos legal mensual vigente incrementa 6.01% con un valor de couta moderadora de 33.500

6. Unidad de pago por capitacion

6.1. Resolucion 5858 de 2018 Por la cual se fija el valor de la Unidad de Pago por Capitación- UPC que financia los servicios y las tecnologías del Plan de Beneficios en Salud, de los Regímenes Contributivo y Subsidiado para la vigencia 2019 y se dictan otras disposiciones

7. Generalidades

7.1. Mediante la resolucion 5592 de 2015, el Ministerio de Salud y Proteccion Social actualiza integralmente el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la Unidad de Pago por Capitación-UPC del SGSSS.

7.2. Se deberá actualizar integralmente una vez cada dos (2) años.

8. Exclusiones

8.1. RESOLUCIÓN NÚMERO 244 DE 2019 Por la cual se adopta el listado de servicios y tecnologías que serán excluidas de la financiación con recursos públicos asignados a la salud

9. Como actualizar el plan de beneficios

9.1. Nominacion en las tecnologias en salud a evaluar por parte de los diferentes actores del sistema.

9.2. Identificacion de necesidades de salud de la poblacion

9.3. Aplicacion de criterios para la seleccion de tecnologias en salud a evaluar

9.4. Identificacion de tecnologias en salud seguras y efectivas

9.5. Aplicacion de los criterios de priorizacion para seleccionar las tecnologias en salud para incluir

9.6. Elaboracion de propuesta de actualizacion integral del pos

9.7. Presentación de la propuesta de actualización integral del pos a la comisión y deliberaciones para formular recomendación para la toma de desicion por parte del ministerio.

9.8. Consulta previa de la propuesta del acto administrativo a los diferentes actores del sgsss a través de la pagina web del ministerio de salud y protección social.

9.9. Acto administrativo firmado por el ministerio de salud y proteccion total

9.10. Socializacion del acto administrativo a los diferentes actores.