REGISTRO ELECTRÓNICO DE PODERES
by samuel Alva
1. Autoridad
1.1. Al ser una unidad administrativa adscrita al Archivo General de Protocolos, corresponde al Director de éste, la organización y dirección del Registro Electrónico de Poderes, así como la inscripción de los mismos.
2. Estructura Organica
2.1. Director Archivo General de Protocolos Subdirección de Registro de Poderes Subdirectores Departamentales y Regionales
3. Atribucion del Director
3.1. Registrar poderes, revocatorias, sustituciones, modificaciones y renuncias de éstos y cualesquiera otras inscripciones, anotaciones o cancelaciones. 2. Razonar segundos y subsiguientes testimonios que contengan poderes, revocatorias, sustituciones, modificaciones y renuncia de estos, y cualesquiera otras inscripciones, anotaciones o cancelaciones. 3. Suspender o denegar el registro de los documentos que se presentaren. 4. Extender certificaciones y/o constancias relacionadas con las operaciones de su competencia, que consten en la base de datos.
4. Cualidades para ser Director
4.1. Ser Notario, haber ejercido por 5 años, ser nombrado por el Presiodente del Organismo Judicial
5. Requisitos
5.1. De Froma
5.2. De Fondo
6. Documentos Registrales
6.1. Testimonios
6.1.1. Escritura Pública que contenga contrato de mandato y sus modificaciones
6.1.2. acta de protocolización del contrato y sus modificaciones de mandato otorgado en el extranjero.