Derecho Procesal Penal Chileno

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Derecho Procesal Penal Chileno by Mind Map: Derecho Procesal Penal Chileno

1. 1. EL NUEVO PROCESO PENAL

1.1. 1. EL ORIGEN DEL PROCESO DE REFORMA DE LA JUSTICIA PENAL

1.1.1. Hasta el 16 de septiembre de 1997, fecha en que se publica la Ley de reforma constitucional

2. 2. GARANTIAS INDIVIDUALES ANTE LA PERSECUCION

2.1. PENAL 2.1. GARANTIAS DE LA ORGANIZACION JUDICIAL

2.1.1. 1. Derecho al juez independiente.

2.1.2. 2. Derecho al juez imparcial.

2.1.3. 3. Derecho al juez natural.

2.2. .2. GARANTIAS GENERALES DEL PROCEDIMIENTO

2.2.1. 1. Derecho aljuicio previo

2.2.2. 2. Derecho a ser juzgado dentro de un plazo razonable.

2.2.3. 3. Derecho de defensa.

2.2.4. 4. Derecho a la presunción de inocencia.

2.2.5. 5. Inadmisibilidad de la persecución penal múltiple.

2.3. 3. GARANTIAS DEL JUICIO

2.3.1. 1. Derecho a juicio público.

2.3.2. 2. Derecho a juicio oral.

2.3.2.1. 1. El principio de inmediación.

2.3.2.2. 2. Los principios de continuidad y concentración.

2.4. 4. LIMITES FORMALES AL ESTABLECIMIENTO DE LA VERDAD

3. 2. FUNDAMENTOS DE LEGITIMACION DEL NUEVO PROCESO PENAL

3.1. 11. PRINClPIOS Y GARANTIAS DEL SISTEMA PROCESAL PENAL CHILENO

3.1.1. Uno de los objetivos centrales de la reforma procesal penal chilena es la adecuación del sistema procesal penal a las exigencias de un Estado democrático

3.1.2. Nuestra propuesta sistemática en esta materia involucra una distinción entre principios, por una parte, y garantías, por la otra.

3.2. En efecto, la decisión se legitima "retrospectivamente'' si y sólo si ella se ajusta a la convención legal que establece con exactitud qué hechos empíricos deben considerarse como delito.

4. 1. PRINCIPIOS DE LA PERSECUCION PENAL

4.1. l. Principio de oficialidad.

4.2. 2. Principios de investigación oficial y aportación de parte.

4.3. 3. Principio acusatorio.

4.4. 4. Principios de legalidad y oportunidad

5. l. PRINCIPIOS DE LA PERSECUCION PENAL"

5.1. 1. PRINCIPIO DE OFICIALIDAD

5.1.1. 1.1. Respecto al inicio del procedimiento

5.1.1.1. la investigación de los delitos puede ser iniciada y seguida de oficio por el Estado

5.1.2. 2. Respecto a la disponibilidad de la pretensión penal

5.1.2.1. de la pretensión penal, el principio de oficialidad expresa que ésta no es disponible por las partes

5.1.3. El principio de oficialidad expresa la idea de persecución penal pública de los hlitos

5.2. 2. PRINCIPIOS DE INVESTIGACIÓN OFICIAL Y APORTACIÓN DE PARTE

5.2.1. el tribunal investiga por sí mismo los hechos de la causa (instruye por sí mismo)

5.3. 3. PRINCIPIO ACUSATORIO

5.3.1. 1. Distribución de las funciones de investigación y decisión

5.3.1.1. , impidiendo que quien acusa y juzga sean una misma persona

5.3.2. .2. Distribución de las funciones de investigación y decisión

5.3.2.1. ." En los sistemas inquisitivos reformados o mixtos el procedimiento penal se divide

5.3.3. impone la distribución de los poderes de persecución penal

5.4. 4. PRINCIPIOS DE LEGALIDAD Y OPORTUNIDAD

5.4.1. 1. Principio de legalidad

5.4.1.1. enuncia que el ministerio público está obligado a iniciar y sostener la persecución penal de todo delito que llegue a su conocimiento, sin que pueda suspenderla, interrumpirla o hacerla cesar a su mero arbitrio.

5.4.2. .2. Principio de oportunidad

5.4.2.1. 1. Criterios que tienden primordialmente a la descriminacion

5.4.2.1.1. Se aplica a casos en que, si bien el hecho cabe en la descripción abstracta de la ley

5.4.2.2. 2. Criterios que tienden primordialmente a la eficiencia del sistema

5.4.2.2.1. a) La posibilidad de prescindir de la persecución penal de un hecho punible o de un participe en él para procurar éxito en la persecución de otro hecho o de otro partícipe

5.4.2.2.2. b) La suspensión de la persecución penal para el sometimiento a prueba del imputado (probacion)

5.4.2.2.3. d) Formas de solución del conflicto social que no significan, culturalmente, aplicación del derecho penal.

5.4.2.3. ministerio público, ante la noticia de un hecho punible o, inclusive, ante la existencia de prueba completa de la perpetración de un delito, está autorizado para no iniciar, suspender, interrumpir o hacer cesar el curso de la persecución penal, cuando así lo aconsejan motivos de utilidad social

6. 2. GARANTIAS INDIVIDUALES ANTE LA PERSECUCION PENAL

6.1. 1 GARANTIAS DE LA ORGANIZACIÓN JUDICIAL

6.1.1. 1. Derecho al juez independiente

6.1.1.1. "La facultad de conocer de las causas civiles y criminales, de resolverlas y de hacer ejecutar lo juzgado

6.1.2. "Todas las personas son iguales ante los tribunales y cortes de justicia