Reservas y fondo laboral del Instituto
by Cristian Trejo García
1. La Ley del Seguro Social establece que el IMSS debe constituir reservas financieras para garantizar el cumplimiento oportuno de las obligaciones que llegue o haya contraído, derivadas del pago de beneficios y la prestación de los seguros establecidos por la Ley en su carácter de asegurador.
2. Reservas que debe constituir el IMSS:
2.1. Resevas Operativas —> se debe establecer una para cada uno de los seguros
2.2. Cubrir el pago de prestaciones, gastos administrativos y constituir el resto de las reservas.
2.3. Reservas Financieras y Actuariales —> se debe establecer una para cada uno de los seguros
2.4. Hacer frente a caídas en los ingresos o incrementos en los egresos derivados de problemas económicos de duración mayor a 1 año, así como siniestralidad mayor a la estimada.
2.5. Reserva de Operación para Contingencias y Financiamiento —> global
2.6. Procurar estabilidad en la operación del IMSS y cumplir las metas señaladas en el Presupuesto de Egresos de la Federación y apoyar programas prioritarios de inversión de ejercicios posteriores, cuando al cierre de un ejercicio scal existan ingresos excedentes a los presupuestados.
2.7. Reserva General Financiera y Actuarial —> global
2.8. Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual —> fondo que el Instituto administra para enfrentar sus obligaciones como patrón
3. Las inversiones deben observar límites de calificaciones crediticias mínimas, en cuanto a corto y largo plazo. Deben de cumplirse límites de inversión para bancos de desarrollo en directo para deuda corporativa por calificación de corto y largo plazos, por emisión y por sector económico.
4. De igual forma el IMSS también debe de administrar un fondo cuyo objeto va a ser la posibilidad de disponer de los recursos necesarios en el momento de la jubilación de sus asegurados.