Garantías Mobiliaria frente a la Prenda
by cami pacherres alarcon
1. GARANTIAS MOBILIARAS
1.1. La garantía mobiliaria es la afectación de un bien mueble mediante un acto jurídico destinado a asegurar el cumplimiento de una obligación. Puede darse con o sin disposición del bien.
2. PRENDA
2.1. Consiste en la entrega en garantía de una cosa del deudor que es, al acorde, pignorante, al acreedor que pasa a ser acreedor pignoraticio a fin de que la retenga hasta el momento en que se extinga la obligación, propia o bien extraña, que se garantiza.
3. CARACTERÍSTICAS
3.1. Obligación Accesoria
3.1.1. Obligación Indivisible
3.1.1.1. Recae Sobre Bienes Muebles
3.1.1.1.1. Bienes Muebles Inscritos
4. CONSTITUCION
4.1. Según el Libro V – Derechos Reales, “Artículo 1055°. - Constitución y finalidad; La prenda se constituye sobre un bien mueble, mediante su entrega física o jurídica, para asegurar el cumplimiento de cualquier obligación." (Este artículo ha sido derogado por la ley de garantía mobiliaria del 2006)
5. CLASES
5.1. Prenda con Desplazamiento
5.1.1. Prenda sin Desplazamiento
5.1.1.1. Prenda Juridica