proceso de formación de ley

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proceso de formación de ley by Mind Map: proceso de formación de ley

1. Una ve aprobada el proyecto de ley por la respectiva comisión , esta pasa nuevamente al pleno Legislativo para su aprobación de acuerdo con el ART.80 de la RIAL discusion del dictamen o iniciativa con dispensa de trámites.

2. PLENO LEGISLATIVO

3. Si el proyecto de ley es rechazado o no ratificado automáticamente es desaprobado y pasa al archivo como lo establece el ART. 69 del RIAL aprobadas o no aprobadas las actas referidas en el articulo anteriorr el presidente sometera al conocimiento de la Asamblea los dictámenes emitidos por las comisiones

4. RECHAZO

5. EL proyecto de ley pasa a comisión Legislativa , donde se estudia el proyecto y se emite un dictamen de acuerdo con el ART.52 del RIAL las comisiones emitirán dictámenes por resolución de la mayoría de sus miembros .

6. COMISION LEGISLATIVA

7. EL pleno legislativo conoció la iniciativa y proyecto de acuerdo con el ART. 72 de la RIAL , el presidente de la Asamblea leerá el resumen de cada una de las piezas de correspondencia incluidas en la agenda y la s distribuirá a la comisión que debía dictaminar al respecto. Una vez que le pleno legislativo conoció la iniciativa de ley puede decidir dos camino 1- ir a la comisión Legislativa para su estudio 2- ir con dispensa de trámite directamente para su aprobación.

7.1. EXISTEN 2 CAMINOS

7.1.1. La comisión Legislativa estudia el proyecto de ley y emite un dictamen de acuerdo con el ART.52 de la RIAL las comisiones emitirán dictámenes por resolución de la mayoría de sus miembros,razonando sus acuerdos y propuestas

7.1.1.1. El pleno legislativo otorga dispensa de trámites a proyecto de ley que son clasificados como urgentes para que se implemente la ley a la brevedad posible. de acuerdo con el ART. 76. de la RIAL En casos urgentes, y cuando así lo pruebe la Asamblea a petición de algún diputado o diputada, podrá dispensar los trámites establecidos en el reglamento.

8. La junta directiva de la Asamblea Legislativa conoce el proyecto de ley de acuerdo con el ART.12 :son atribuciones de la junta directiva elaborar la propuesta de agenda de cada sesión de la Asamblea , la cual se dará a conocer anticipadamente y deberá contener , en su caso el extracto de los dictámenes que presentan las comisiones.

9. PLENO LEGISLATIVO

10. JUNTA DIRECTIVA

11. Se presenta proyecto como pieza de correspondencia ART. 133 tienen exclusivamente iniciativa de ley: el presidente de la república por medios de sus ministros,diputados , la corte suprema de justicia en materias relativas al órgano judicial

12. INICIATIVA DE LEY

13. Si el proyecto es aprobado por el pleno Legislativo este se convierte de decreto Legislativo como lo asegura el ART.91 del RIAL emisión de decretos y acuerdos. cuando una solicitud, una moción , un dictamen o un proyecto sea aprobado.

14. Luego de su aprobación es trasladado al presidente de la república para su sanción, veto u observación, en un periodo no mayor de 10 días hábiles como lo dice el ART.135 de la Cn. todo proyecto de ley, después de discutido y aprobado , se trasladará a mas tardar dentro de diez días hábiles al presidente de la república , y si este no tuviere objeciones, le dará su sanción y lo hará publicar como ley.

15. si el decreto es observado . Este mecanismo permite que si el presidente de la república considera oportuno hacer observaciones al decreto legislativo con sus respectivas observaciones, como lo dice l ART.137 de la Cn. si lo devolviera con observaciones , La Asamblea las considerará y resolverá lo que crea conveniente por la mayoría, lo enviará al presidente de la república , quien deberá sancionar y mandarlo a publicar.,

16. si el decreto es aprobado , Si el presidente de la república decide aprobar el decreto de ley este pasa a sancion, promulgacion y publicacion en el diario oficial. posteriormente se convierte en ley de la República

17. APROBADO

18. PRESIDENTE. Sanciona veta u observa