Contratación Pública

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Contratación Pública by Mind Map: Contratación Pública

1. Lo estratégico

1.1. Integrar personas con descapacidad o con riesgo o riesgo de exclusión social.

1.2. Promover la igualdad en el empleo entre hombres y mujeres.

1.3. Fomentar la calidad en el empleo.

1.4. Evitar la contratación que no respete criterios éticos y sociales.

1.5. Proteger el medio ambiente.

1.6. Impulsar la participación de pequeñas y medianas empresas.

2. Lo electrónico

2.1. Los pliegos y demás documentos contractuales

2.2. Anuncios de licitación electrónicos

2.3. DEUC

2.4. Ofertas electrónicas, excepto:

2.4.1. uso de medios electrónicos que no están en general disponibles

2.4.2. modelos físicos o a escala

2.4.3. carencia del órgano de contratación de equipos ofimáticos especializados

2.4.4. las ofertas se presentan en programas no abiertos o con licencias de uso privativo

2.5. Relaciones electrónicas del órgano de contratación con el ROLECE, AEAT, TGSS, tribunales REMC

2.5.1. Los órganos de contratación deben relacionarse electrónicamente con otras administraciones públicas.

2.5.2. Derechos de los licitadores

2.5.2.1. Los interesados tienen derecho a no aportar documentos que ya se encuentren en poder de la Administración actuante o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración.

2.5.2.2. Las Administraciones no exigirán a los interesados la presentación de documentos originales, salvo que, con carácter excepcional, la normativa reguladora aplicable establezca lo contrario.

2.6. Contrato electrónico

2.7. Comunicaciones y notificaciones electrónicas

2.8. Ejecución “electrónica” del contrato. (prórrogas, incumplimientos, subcontrataciones, modificaciones...)

2.9. Factura electrónica

3. La transparencia

3.1. Procedimientos abiertos

3.1.1. La memoria justificativa del contrato, el informe de insuficiencia de medios en el caso de contratos de servicios, la justificación del procedimiento utilizado para su adjudicación cuando se utilice un procedimiento distinto del abierto o del restringido, el pliego de cláusulas administrativas particulares y el de prescripciones técnicas que hayan de regir el contrato o documentos equivalentes, en su caso, y el documento de aprobación del expediente.

3.1.2. El objeto detallado del contrato, su duración, el presupuesto base de licitación y el importe de adjudicación, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.

3.1.3. Los anuncios de información previa, de convocatoria de las licitaciones, de adjudicación y de formalización de los contratos, los anuncios de modificación y su justificación, los anuncios de concursos de proyectos y de resultados de concursos de proyectos, con las excepciones establecidas en las normas de los negociados sin publicidad.

3.1.4. El número e identidad de los licitadores participantes en el procedimiento, así como todas las actas de la mesa de contratación relativas al procedimiento de adjudicación o, en el caso de no actuar la mesa, las resoluciones del servicio u órgano de contratación correspondiente, el informe de valoración de los criterios de adjudicación cuantificables mediante un juicio de valor de cada una de las ofertas, en su caso, los informes sobre las ofertas incursas en presunción de anormalidad a que se refiere el artículo 149.4 y, en todo caso, la resolución de adjudicación del contrato.

3.1.5. La decisión de no adjudicar o celebrar el contrato, el desistimiento del procedimiento de adjudicación, la declaración de desierto, así como la interposición de recursos y la eventual suspensión de los contratos con motivo de la interposición de recursos.

3.2. Contratos menores

3.2.1. Trimestralmente. La información a publicar para este tipo de contratos será, al menos, su objeto, duración, el importe de adjudicación, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, y la identidad del adjudicatario, ordenándose los contratos por la identidad del adjudicatario. Quedan exceptuados de la publicación a la que se refiere el párrafo anterior a aquellos contratos cuyo valor estimado fuera inferior a cinco mil euros, siempre que el sistema de pago utilizado por los poderes adjudicadores fuera el de anticipo de caja fija u otro sistema similar para realizar pagos menores.

3.2.2. Los procedimientos anulados, la composición de las mesas de contratación que asistan a los órganos de contratación, así como la designación de los miembros del comité de expertos o de los organismos técnicos especializados para la aplicación de criterios de adjudicación que dependan de un juicio de valor en los procedimientos en los que sean necesarios.

3.2.3. El cargo de los miembros de las mesas de contratación y de los comités de expertos, no permitiéndose alusiones genéricas o indeterminadas o que se refieran únicamente a la Administración, organismo o entidad a la que representen o en la que prestasen sus servicios.

3.2.4. La formalización de los encargos a medios propios cuyo importe fuera superior a 50.000 euros, IVA excluido, serán objeto, asimismo, de publicación en el perfil de contratante.

3.2.5. La información relativa a los encargos de importe superior a 5.000 euros deberá publicarse al menos trimestralmente.