DERECHO DE PETICION
by Valentina Guzman
1. NOMBRES DE LOS TIPOS DE PETICION
1.1. Quejas, reclamos, manifiestos, petición de información y consulta
1.1.1. .
2. ANTE QUIEN SE EJERCE EL DERECHO DE PETICION A TRAVES DE QUE?
2.1. Los particulares que presenten un servicio público o desarrollen funciones públicas
2.1.1. .
3. SE PUEDE DESISTIR DEL DERECHO DE PETICION
3.1. Si se puede desistir del derecho de petición en forma escrita
3.1.1. .
4. MI ROL COMO POLICIA
4.1. .
5. OBJETIVO Y MODALIDADES DEL DERECHO DE PETICIÓN (SOLICITUDES O PETICIONES QUE SE PUEDEN HACER)
5.1. El derecho de petición se puede utilizar para solicitar para distintos propósitos que señala el artículo 13 de la ley 1755 del 2015:
5.1.1. .
6. ACCIÓN DE TUTELA PARA PROTEGER EL DERECHO DE PETICIÓN
6.1. .
7. ¿HAY SANCIONES PARA LOS FUNCIONARIOS O AUTORIDADES QUE NO ATIENDEN UN DERECHO DE PETICIÓN?
7.1. .Si. No responder o no atender un derecho de petición constituye una falta disciplinaria, tal como lo advierte el artículo 31 de la ley 1437 de 2011
7.1.1. .
7.2. .
8. LEYES Y NORMAS QUE REGULAN EL DERECHO DE PETICIÓN
8.1. ARTICULO 23
8.1.1. ARTICULO 5
9. ¿QUE ES DERECHO DE PETICION?
9.1. Derecho constitucionalmente reconocido a todas las personas para formular solicitudes respetuosas ante entidades públicas o privadas y obtener de ellas respuesta en los términos establecidos.
9.1.1. .
10. ¿QUIENES PUEDEN PRESENTAR UN DERECHO DE PETICIÓN
10.1. Toda persona individual o jurídica, grupo, organización o asociación puede ejercer tal derecho ante las autoridades competentes.
10.1.1. .
11. ¿QUE DEBE CONTENER UN DERECHO DE PETICION?
11.1. Autoridad a la que se dirige: nombres y apellidos del solicitante, cedula, dirección. Objeto de la petición; Razones en que se apoya; Documentos que se acompañan; Firma del peticionario.
11.1.1. .
12. VULNERACION DE DERECHO DE PETICION
12.1. La persona afectada puede ejercer la acción de tutela para solicitar a un juez la protección inmediata del derecho.
12.1.1. .
13. SE REQUIERE ABOGADO O APODERADO PARA PRESENTAR UN DERECHO DE PETICION
13.1. No. La ley claramente manifiesta que el derecho de petición es gratuito, de manera que ninguna entidad puede exigir pago alguno por recibir el derecho de petición.
13.1.1. .
13.2. No se requiera de un abogado para presentar un derecho de petición.
13.2.1. .