DERECHOS DE AUTOR
by Rene Bizarro Almaguer Zamora
1. Las ideas en sí mismas, las fórmulas, soluciones, conceptos, métodos, sistemas, principios, descubrimientos, procesos e invenciones de cualquier tipo; II. El aprovechamiento industrial o comercial de las ideas contenidas en las obras; III. Los esquemas, planes o reglas para realizar actos mentales, juegos o negocios; IV. Las letras, los dígitos o los colores aislados, a menos que su estilización sea tal que las conviertan en dibujos originales; V. Los nombres y títulos o frases aislados; VI. Los simples formatos o formularios en blanco para ser llenados con cualquier tipo de información, así como sus instructivos; VII. Las reproducciones o imitaciones, sin autorización, de escudos, banderas o emblemas de cualquier país, estado, municipio o división política equivalente, ni las denominaciones, siglas, símbolos o emblemas de organizaciones internacionales gubernamentales, no gubernamentales, o de cualquier otra organización reconocida oficialmente, así como la designación verbal de los mismos; VIII. Los textos legislativos, reglamentarios, administrativos o judiciales, así como sus traducciones oficiales. En caso de ser publicados, deberán apegarse al texto oficial y no conferirán derecho exclusivo de edición; Sin embargo, serán objeto de protección las concordancias, interpretaciones, estudios comparativos, anotaciones, comentarios y demás trabajos similares que entrañen, por parte de su autor, la creación de una obra original,
2. Los titulares de los derechos morales podrán en todo tiempo: I. Determinar si su obra ha de ser divulgada y en qué forma, o la de mantenerla inédita; II. Exigir el reconocimiento de su calidad de autor respecto de la obra por él creada y la de disponer que su divulgación se efectúe como obra anónima o seudónima; III. Exigir respeto a la obra, oponiéndose a cualquier deformación, mutilación u otra modificación de ella, así como a toda acción o atentado a la misma que cause demérito de ella o perjuicio a la reputación de su autor; IV. Modificar su obra; V. Retirar su obra del comercio, y VI. Oponerse a que se le atribuya al autor una obra que no es de su creación. Cualquier persona a quien se pretenda atribuir una obra que no sea de su creación podrá ejercer la facultad a que se refiere esta fracción.
3. Las obras objeto de protección pueden ser
3.1. Segun su autor, su comunicacion, su origen y segun creadores que intervienen.
3.1.1. SU AUTOR: conocido, anonimo o pseudonimo.
3.2. SEGUN CREADORES QUE INTERVIENEN: Iindividuales, colaboracion y colectivas.
3.3. SU ORIGEN: primigenias y derivadas.
3.3.1. SU COMUNICACION: divulgadas, ineditas y publicadas.
4. Los derechos de autor a que se refiere esta Ley se reconocen respecto de las obras de las siguientes ramas
4.1. literaria,musical (con/sin letra), dramatica, danza, pictorica o de dibujo, escultorica, caricatura e historieta, arquitectonica, cinematografica, programas de radio y television,programas de computo, fotografica, obras de arte aplicado que incluyen el diseño grafico o textil y de compilacion integradas por enciclopedias, colecciones de obras, antologias y siempre que constituyan una creacion intelectual
4.2. Los titulares de los derechos morales podrán en todo tiempo
4.2.1. - Determinar si su obra ha de ser divulgada y en qué forma - Exigir el reconocimiento de su calidad de autor respecto a la obra y si la desea como obra anónima o seudónima; - Exigir respeto a la obra, oponiéndose a cualquier modificación de - Ella que cause perjuicio a la reputación de su autor; - Modificar su obra; - Retirar su obra del comercio - Oponerse a que se le atribuya al autor una obra que no es de su creación.