Tipos de patrimonio y efectos jurídicos.

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Tipos de patrimonio y efectos jurídicos. by Mind Map: Tipos de patrimonio y efectos jurídicos.

1. Patrimonios de carácter interino

1.1. En algunos casos, una masa patrimonial es objeto de independización ante la incertidumbre respecto de su titular.

1.1.1. Efecto jurídico

1.1.1.1. En los supuestos en que la declaración de ausencia legal respecto de una persona provoca el bloqueo de su patrimonio hasta que se despeje la incógnita acerca de su existencia o se realice la declaración de fallecimiento. El ausente puede tener otro patrimonio en el lugar en que se encuentra, éste sería su verdadero "patrimonio personal", pasando su anterior patrimonio a ser uno separado e interino.

2. Patrimonios colectivos

2.1. Son las masas patrimoniales pertenecientes a dos o más personas (naturales o jurídicas) que, en cuanto componentes de un determinado grupo carente de personalidad jurídica, tendrían acceso a tales bienes.

2.1.1. Efecto jurídico

2.1.1.1. Para la situación de comunidad hereditaria requiere que exista una pluralidad de herederos que hayan aceptado la herencia, pero que, sin embargo, aún no han llevado a cabo la partición o distribución de los bienes hereditarios entre ellos. Éstos tendrán una cuota ideal sobre el conjunto de la masa de la herencia, pero no podrán realizar acto de disposición alguno sobre ellos, debiéndose limitar a administrarlos.

3. Patrimonio de derecho común

3.1. Conjunto de bienes estables que conforman el activo.

3.1.1. La permanencia y conservación de sus elementos.

4. Patrimonios separados

4.1. Se entiende como una masa patrimonial que pertenece a un patrimonio personal, pero del que se halla independizada por estar igualmente destinada a un fin específico, pues la creación de patrimonios separados está fuera del poder de la autonomía de la voluntad.

4.1.1. Efecto jurídico

4.1.1.1. La masa del concurso constituye el grueso del patrimonio personal del concursado, que pasa a ser un patrimonio en liquidación gestionado por los administradores concursales.

5. Patrimonios de destino

5.1. Aquél que se encuentra adscrito a un fin determinado y que se caracteriza por naturaleza temporal como ocurre con la herencia yacente.

5.1.1. Efecto jurídico

5.1.1.1. La misma naturaleza debe atribuirse a los patrimonios de suscripción, procedentes de colectas o cuestaciones públicas organizadas para conseguir fondos para cualquier finalidad. Con lo recaudado se forma un patrimonio destinado a un fin, cuyos órganos de gestión y distribución son los organizadores. Los bienes que lo componen no pertenecen a ellos en propiedad.

6. Efectos del Patrimonio

6.1. Responsabilidad patrimonial del deudor con todos sus bienes, excepto los que son inalienables o inembargables.