DERECHOS DE LOS NIÑOS
by Natalia Jaramillo
1. NO SER TRASLADADO NI RETENIDO ILÍCITAMENTE
2. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a que los Estados hagan acuerdos para evitar que sean trasladados o retenidos ilegalmente en cualquier país
3. OPINIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
4. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a opinar y a que esa opinión sea tenida en cuenta cuando las personas adultas vayan a tomar una decisión que les afecte.
4.1. Los Estados deben garantizar los mecanismos para escucharlos, de acuerdo con su edad y madurez
5. LIBERTAD DE EXPRESIÓN
6. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a expresar libremente sus opiniones, a recibir y difundir información e ideas de todo tipo.
7. LIBERTAD DE CONCIENCIA, RELIGIÓN Y PENSAMIENTO
8. Las autoridades deben respetar el derecho de los niños, niñas y adolescentes a tener sus propios pensamientos, creencias y religión. Sus padres tienen derecho a orientarlos en este sentido.
9. LIBERTAD DE ASOCIACIÓN
10. Los niños, niñas y adolescentes pueden asociarse libremente, y reunirse pacíficamente con otros niños, niñas y adolescentes, siempre que estas actividades no vayan en contra de los derechos de otras personas.
11. PROTECCIÓN DE LA INTIMIDAD
12. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a una vida privada, a que se respete la vida privada de su familia y a la intimidad de su casa.
13. ACCESO A UNA INFORMACIÓN ADECUADA
14. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a recibir información en su propia lengua de diferentes culturas y países, a través de libros, periódicos, radio, televisión e Internet
15. RESPONSABILIDADES DE LOS PADRES
16. Los padres y madres de los niños, niñas y adolescentes tienen obligaciones comunes en su crianza y desarrollo, y deben actuar pensando en sus intereses.
16.1. Las autoridades tienen la obligación de apoyarlos en este rol y en el ejercicio de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes
17. PROTECCIÓN CONTRA LOS MALOS TRATOS
18. Las autoridades deberán proteger a los niños, niñas y adolescentes de la violencia, malos tratos, abusos y explotación por parte de cualquier persona, incluidos sus padres y quienes tengan el deber de cuidarlos
19. PROTECCIÓN DE LOS NIÑOS SIN FAMILIA
20. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la protección y a tener ayudas especiales, en caso de que no tengan padres o que no estén con ellos.
21. EL OCIO Y LA CULTURA
22. Los Estados deben proporcionarle a los niños, niñas y adolescentes oportunidades apropiadas para que puedan acceder al descanso y a las actividades recreativas y culturales.
23. NO AL TRABAJO INFANTIL
24. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a estar protegidos contra la explotación económica por parte de otra persona, cualquier trabajo que pueda ser peligroso, afectar su salud mental, física y emocional o entorpecer su educación.
24.1. No pueden trabajar hasta que cumplan una edad mínima
25. PROTECCIÓN CONTRA LAS DROGAS ILEGALES
26. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a estar protegidos del consumo de drogas ilegales y de ser utilizados en el tráfico de drogas.
27. PROTECCIÓN FRENTE A LA EXPLOTACIÓN SEXUAL
28. Las autoridades deben proteger a los niños, niñas y adolescentes de la explotación sexual y de la participación en espectáculos o materiales pornográficos.
28.1. prácticas sexuales que implique un posible beneficio económico para ellos u otras personas.
29. PROTECCIÓN CONTRA LA VENTA Y EL SECUESTRO DE NIÑOS
30. Los Gobiernos deben tomar todas las medidas que sean necesarias para impedir la venta, la trata y el secuestro de los niños, niñas y adolescentes.
31. PROTECCIÓN CONTRA OTRAS FORMAS DE EXPLOTACIÓN
32. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a estar protegidos contra las demás formas de explotación que sean perjudiciales para su bienestar
33. PROTECCIÓN CONTRA TORTURAS Y PENAS CRUELES
34. El Estado debe garantizar que los niños, niñas y adolescentes nunca sean sometidos a torturas ni a penas crueles.
34.1. A ningún menor de 18 años que sea acusado de cometer delitos, se le impondrá la pena de muerte ni la prisión perpetua.
35. NO INVOLUCRAMIENTO EN CONFLICTOS ARMADOS
36. En tiempos de guerra los niños, niñas y adolescentes no podrán ser reclutados como soldados ni participar en los combates, ni ser utilizados de ninguna forma en el conflicto.
37. RECUPERACIÓN Y REINSERCIÓN SOCIAL
38. Si un niño, niña o adolescente ha sufrido malos tratos, explotación, abandono o ha estado en la guerra, tiene derecho a que el Estado se ocupe de ellos para recuperarlos física, social y psicológicamente.
39. JUSTICIA
40. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a tener una defensa con todas las garantías cuando hayan sido acusados de haber cometido un delito
41. LA LEY MÁS FAVORABLE
42. Si hay leyes distintas a la Convención, que se puedan aplicar en algún caso que afecten a los niños, niñas y adolescentes, siempre se aplicará la que sea más favorable para ellos.
43. DEFINICIÓN DE NIÑO
44. NO DISCRIMINACIÓN
45. La Convención se aplica a todas las personas menores de 18 años de edad.
46. No importa de dónde sean, ni su sexo o color de piel, ni qué lengua hablen, ni la situación económica de su familia, ni sus creencias o las de sus padres, ni que padezcan alguna condición de discapacidad.
47. EL INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO
48. Cuando las autoridades o las personas adultas adopten decisiones que tengan que ver con los niños, niñas y adolescentes, deberán hacer aquello que sea mejor para su desarrollo y bienestar.
49. APLICACIÓN DE LOS DERECHOS
50. Los gobernantes y demás autoridades del Estado tienen la responsabilidad de cumplir y vigilar que no se vulneren los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes.
51. ORIENTACIÓN DE LOS PADRES Y MADRES
52. El Estado debe ayudar a las familias de los niños, niñas y adolescentes de forma respetuosa para que puedan acompañarlos y protegerlos en el ejercicio de sus derechos.
53. SUPERVIVENCIA Y DESARROLLO
54. Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la vida. Los Gobiernos deben hacer todo lo posible para asegurar no solo su derecho a la vida, también, su crecimiento y desarrollo en un ambiente de bienestar.
55. NOMBRE Y NACIONALIDAD
56. Derecho a una nacionalidad, a recibir un nombre y a tener un registro civil lo más pronto posible.
56.1. Esto no es solo un papel, es un documento que hace que cuenten como ciudadanos y facilite su acceso a todos los servicios del Estado (salud, educación, recreación, etc).
57. IDENTIDAD
58. Las autoridades tienen la obligación de proteger la identidad, nombre, nacionalidad y relaciones familiares de los niños, niñas y adolescentes.
59. NO SER SEPARADO DE LOS PADRES
60. Ningún niño, niña o adolescente debe ser separado de sus padres, a menos que sea absolutamente necesario para su bienestar.
60.1. En caso de que su padre y su madre estén separados, tiene derecho a mantener contacto con ambos fácilmente.
61. REUNIÓN DE LA FAMILIA
62. Si algún niño, niña o adolescente vive en un país y sus padres en otro, tiene derecho a que los Estados faciliten su entrada o la de sus padres al país en el que esté para reunirse con ellos.
63. ADOPCIÓN
64. La adopción siempre debe ser aprobada por autoridades especiales, que aseguren que es absolutamente necesaria y que no se esté vulnerando el derecho de los niños a permanecer con su familia de origen
65. PROTECCIÓN A NIÑOS REFUGIADOS
66. Los niños, niñas y adolescentes refugiados (que hayan sido obligados a abandonar su país por una guerra u otras circunstancias) serán objeto de protección y asistencia especial.
67. LOS NIÑOS Y NIÑAS CON ALGUNA DISCAPACIDAD
68. Si un niño, niña o adolescente sufre alguna condición de discapacidad física o mental el Estado debe garantizar su derecho a cuidados y atenciones especiales que garanticen su inclusión en todas las actividades de la vida social
69. LA SALUD Y LOS SERVICIOS SANITARIOS
70. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a disfrutar del nivel más alto posible de salud (que incluye agua potable, buena higiene y alimentación) y a recibir atención médica cuando estén enfermos.
71. DERECHOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES EN INTERNAMIENTO
72. Si un niño, niña o adolescente está internado o internada en un establecimiento para protegerle o para curarle de una enfermedad física o mental, se debe revisar periódicamente su situación para comprobar que el tratamiento y su situación en general no se prolongue más de lo necesario.
73. LA SEGURIDAD SOCIAL
74. Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la seguridad social.
74.1. El Estado debe garantizarlo teniendo en cuenta los recursos y situaciones de ellos y sus cuidadores
75. EL NIVEL DE VIDA
76. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a un nivel de vida adecuado para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social.
76.1. Sus padres son responsables, dentro de sus posibilidades y medios económicos, de que tengan lo necesario para su adecuado desarrollo.
77. LA EDUCACIÓN
78. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la educación. La educación debe ser obligatoria y gratuita, y ellos deben tener facilidades para poder acceder a la educación secundaria e ir a la universidad.
79. OBJETIVOS DE LA EDUCACIÓN
80. La educación de los niños, niñas y adolescentes deberá estar encaminada a desarrollar su personalidad, aptitudes y capacidades mentales y físicas hasta el máximo de sus posibilidades.
81. MINORÍAS ÉTNICAS O RELIGIOSAS
82. Si un niño, niña o adolescente pertenece a una minoría étnica o religiosa, se debe respetar su derecho a vivir según su cultura, a practicar su religión y a hablar su propia lengua.
83. DIFUSIÓN DE LA CONVENCIÓN
84. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a conocer los derechos contenidos en esta Convención.
84.1. Los Gobiernos tienen el deber de difundirla entre niños, niñas, adolescentes, jóvenes y adultos.