Derecho en salud

Derecho en Salud

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Derecho en salud by Mind Map: Derecho en salud

1. Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos

1.1. Cap. I de los derechos humanos y sus garantías

1.1.1. Artículo 4

1.1.1.1. - Toda persona tiene derecho a la protección de la salud, sin embargo la ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia. Conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución.

1.1.1.1.1. - Se desarrolló una escala de Incidente conformada por seis fases para estandarizar los criterios y la aplicación de las líneas de acción que integran la respuesta organizada durante un evento de esta naturaleza. Las fases no son necesariamente secuenciales.

1.1.1.2. - Niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral.

1.1.1.3. -Derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua en forma suficiente. El Estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo.

1.1.1.4. Artículo 5

1.1.1.4.1. - A ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos. La ley determinará son las profesiones que necesitan título para su ejercicio.

1.1.1.4.2. - Nadie podrá ser obligado a prestar trabajos personales sin la justa, salvo el trabajo impuesto como pena por la autoridad judicial, el cual se ajustará en base a las fracciones I y II del artículo 123.

1.1.2. Artículo 26

1.1.2.1. A

1.1.2.1.1. - El Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad.

1.1.2.1.2. - La ley recogerá las aspiraciones y demandas de la sociedad para incorporarlas al plan y los programas de desarrollo.

1.1.2.2. B

1.1.2.2.1. - El Estado contará con un Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica cuyos datos serán oficiales.

1.1.2.2.2. - La ley establecerá las bases de organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, de acuerdo con los principios de accesibilidad a la información, transparencia, objetividad e independencia.

1.1.2.3. C. Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social

1.1.2.3.1. - El Estado contará con un Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, que será un órgano autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio.

1.1.2.3.2. - Estará integrado por un Presidente y seis Consejeros que deberán ser ciudadanos mexicanos de reconocido prestigio en los sectores privado y social, así como en el ámbito académico y profesional.

1.2. Sección III de las facultades del congreso

1.2.1. Artículo 73

1.2.1.1. XVI

1.2.1.1.1. - Dictar leyes sobre nacionalidad, condición jurídica de los extranjeros, ciudadanía, naturalización, colonización, emigración e inmigración y salubridad general de la República.

1.2.1.2. 1a

1.2.1.2.1. - El Consejo de Salubridad General depende directamente del Presidente de la República y sus disposiciones generales serán obligatorias en el país.

1.2.1.3. 2a

1.2.1.3.1. - En caso de epidemias de carácter grave o peligro de invasión en el país, la Secretaría de Salud tiene la obligación de dictar inmediatamente medidas preventivas indispensables.

1.2.1.4. 3a

1.2.1.4.1. Las disposiciones de la autoridad sanitaria serán obedecidas por las autoridades administrativas del País.

1.2.1.5. 4a

1.2.1.5.1. Las medidas que el Consejo haya puesto en vigor en la Campaña contra el alcoholismo y la venta de sustancias que envenenan al individuo degeneran la especie humana y combatan la contaminación ambiental, serán revisadas por el Congreso de la Unión en los casos que le competan.

1.3. Título sexto del trabajo y la previsión social

1.3.1. Artículo 123

1.3.1.1. - Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil.

1.3.1.2. A

1.3.1.2.1. I.

1.3.1.2.2. II.

1.3.1.2.3. III.

1.3.1.2.4. IV.

1.3.1.2.5. V. Durante el embarazo;

1.3.1.2.6. XXIX.

1.3.1.3. B. Entre los poderes de la unión y sus trabajadores:

1.3.1.3.1. XI. Organización de la seguridad social:

2. Ley General De Salud

2.1. Artículo 1

2.1.1. Salud:

2.1.1.1. Estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades.

2.1.2. - Esta ley reglamenta el derecho a la protección de la salud que tiene toda persona en los términos del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Es de aplicación en toda la República.

2.2. Artículo 2

2.2.1. Finalidades del derecho a la protección de la salud:

2.2.1.1. - Bienestar físico y mental de la persona, para contribuir al ejercicio pleno de sus capacidades.

2.2.1.2. - Prolongación y mejoramiento de la calidad de la vida.

2.2.1.3. - Protección y acrecentamiento de valores que coadyuven principalmente al disfrute de condiciones de salud que contribuyan al desarrollo social.

2.2.1.4. Uso ilegítimo o la amenaza de uso de microorganismos o toxinas obtenidas de organismos vivos, para provocar enfermedades o muerte en humanos, animales o plantas, con el objetivo de intimidar a gobiernos o sociedades para alcanzar objetivos ideológicos, religiosos o políticos.

2.2.1.5. - Actitudes solidarias y responsables de la población en la preservación, conservación, mejoramiento y restauración de la salud.

2.2.1.6. - Disfrute de servicios de salud y asistencia social que satisfagan oportunamente las necesidades de la población.

2.2.1.7. - Adecuado aprovechamiento y utilización de los servicios de salud.

2.3. Artículo 3

2.3.1. Es materia de salubridad general:

2.3.1.1. - Organización, control y vigilancia de prestación de servicios y establecimientos de salud a los que se refiere el artículo 34, fracciones I, III y IV, de esta Ley.

2.3.1.2. - Atención médica, preferentemente en beneficio de grupos vulnerables; protección social en salud.

2.3.1.3. - Atención materno-infantil.

2.3.1.4. - Actividades profesionales, técnicas y auxiliares para la salud.

2.3.1.5. - Información relativa a las condiciones, recursos y servicios de salud en el país.

2.3.1.6. - La educación para la salud.

2.3.1.7. - Prevención y el control de enfermedades transmisibles y no transmisibles.

2.3.1.8. - Promoción de la formación de recursos humanos para la salud.

2.3.1.9. - La sanidad internacional.

2.4. Artículo 4

2.4.1. Autoridades sanitarias:

2.4.1.1. - Presidente de la república.

2.4.1.2. - Consejo de salubridad general.

2.4.1.3. - Secretaria de salud.

2.4.1.4. - Gobiernos de las entidades federativas, incluido el gobierno del distrito federal.

2.5. Artículo 5

2.5.1. Las personas físicas o morales de los sectores sociales y privados, que presten servicios de salud, tienen por objeto dar cumplimiento al derecho a la protección de la salud.

2.6. Artículo 6

2.6.1. Objetivos del sistema nacional de salud:

2.6.1.1. Proporcionar servicios de salud a toda la población y mejorar la calidad de los mismos, con especial interés en la promoción, prevención, acorde edad, sexo y factores de riesgos para las personas.

2.6.1.2. Colaborar al bienestar social de la población mediante servicios de asistencia social.

2.6.1.3. Mejoramiento de las condiciones sanitarias del medio ambiente.

2.6.1.4. patrones culturales que determinen hábitos, costumbres y actitudes relacionados con la salud para su protección.

2.6.1.5. Ampliar la cobertura y mejorar la calidad de atención a la salud.

2.7. Artículo 7

2.7.1. La coordinación del SNS estará a cargo de la Secretaría de Salud, correspondiéndole a ésta:

2.7.1.1. - Promover e impulsar programas cuyo objeto consista en brindar atención médica integrada de carácter preventivo.

2.7.1.2. - Promover, coordinar y realizar la evaluación de programas y servicios de salud.

2.7.1.3. Establecer y conducir la política nacional en materia de salud.

2.7.1.4. - Impulsar las actividades científicas y tecnológicas en el campo de la salud.

2.7.1.5. - Impulsar la actualización permanente de las disposiciones legales en materia de salud.

3. Plan Nacional de Protección de la Salud Ante el Riesgo de Bioterrorismo

3.1. Bioterrorismo:

3.2. Objetivos

3.3. Establecer y unificar los mecanismos y criterios para detectar y atender de manera oportuna y adecuada los daños a la salud de la población, ocasionados por la liberación intencionada de agentes químicos y biológicos.

3.3.1. En septiembre de 2001 en Estados Unidos de Norteamérica se presentó la liberación intencionada de un agente biológico (ántrax), haciéndose evidente que ningún país en el mundo está totalmente protegido contra estos actos.

3.4. Principios básicos del plan

3.5. Escala incidente

3.5.1. Fase 1

3.5.1.1. Plan de protección de la salud ante el riesgo de bioterrorismo:

3.5.1.1.1. Sin alerta de actos terroristas en el extranjero.

3.5.2. Fase 2

3.5.2.1. Plan de protección de la salud ante el riesgo de bioterrorismo:

3.5.3. Incremento de la alerta de actos terroristas en el extranjero.

3.5.4. Fase 3

3.5.4.1. Plan de protección de la salud ante el riesgo de bioterrorismo:

3.5.4.1.1. Acto terrorista no biológico ocurrido en el extranjero.

3.5.5. Fase 4

3.5.5.1. Plan de protección de la salud ante el riesgo de bioterrorismo:

3.5.5.1.1. Acto de bioterrorismo ocurrido en el extranjero.

3.5.6. Fase 5

3.5.6.1. Plan de protección de la salud ante el riesgo de bioterrorismo:

3.5.6.1.1. Acto terrorista no biológico en México.

3.5.7. Fase 6

3.5.7.1. Plan de protección de la salud ante el riesgo de bioterrorismo:

3.5.7.1.1. Acto de bioterrorismo en México.

3.6. Líneas de acción

3.6.1. 1. Vigilancia epidemiológica

3.6.1.1. Objetivo

3.6.2. 2. Confirmación diagnóstica

3.6.2.1. Objetivo

3.6.2.1.1. - Detección e identificación de agentes de bioterrorismo, para confirmar o descartar los casos y tomar decisiones de respuesta oportunas.

3.6.2.2. - Detección de daños a la salud ocasionados por la liberación intencionada de agentes biológicos para asegurar una pronta respuesta. Esta es llevada a cabo por el SINAVE.

3.6.3. 3. Atención a la población

3.6.3.1. Objetivo

3.6.3.2. - Limitar el daño en los casos confirmados y evitar la diseminación de la enfermedad entre la población sana mediante estrategias.

3.6.4. 4. Reserva estratégica de medicamentos, insumos y vacunas en todo momento.

3.6.4.1. Objetivo

3.6.4.1.1. - Brindar atención oportuna y adecuada durante un evento de bioterrorismo.

3.6.5. 5. Coordinación

3.6.5.1. Objetivo

3.6.5.1.1. - Mediante distintas instituciones para que la respuesta ante un evento bioterrorista sea efectiva e integral.

3.6.6. 6. Difusión e información

3.6.6.1. Objetivo

4. - Con el fin de orientar, informar y tranquilizar tanto al personal de salud como a la población sobre padecimientos, su tratamiento y medidas de prevención individual y poblacional.